Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Legionella #312762 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    A nuestra fábrica (Industrias del Vestido, S.A.) se lo hizo la empresa Servicios Comunitarios, S.A. La dirección es Valle de Tobalina nº 42 – Nave 16. 28001 Madrid. El teléfono es 917230111y el fax es

    917230116.

    Un saludo

    Javier

    en respuesta a: Mantenimiento de los equipos de aire acondicionado #312927 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Tienes el RD 909/2001, de 27 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Si trabajas en la Comunidad de Madrid, tienes la Orden 1187/1998 de 11 de Junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Prueba a consultarlos en la página del BOE, tienes un enlace desde la del INSHT

    Un saludo

    Javier

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    en respuesta a: Duda acerca de la ecuación del NIOSH #312723 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Es una errata, como bien dices. Tienes la fuente americana en .

    Un saludo

    Javier

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    en respuesta a: Identificar riesgos relacionados a la carga física #312740 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Yo uso el método NIOSH, puedes bajarlo en

    Es una revisión del método, con comentarios y valoración de los resultados.

    Un saludo

    Javier

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    en respuesta a: Ergonomía #312781 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    en respuesta a: EVALUACIÓN DE LA COMUNICACIÓN #312924 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Tienes la Nota Técnica de Prevención 438-1997 qPrevención del estrés: intervención sobre la organización. La puedes bajar desde la dirección Habla en el punto 5 de los sistemas de información y comunicación, espero q te sea útil

    Un saludo

    Javier

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    en respuesta a: reconocimientos iniciales #313169 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


    Iniciado

    El RD 374/2001 art. 6 establece que la Vigilancia de la Salud es obligatoria y ha de ir acompañada del pertinente control biológico cuando se trate de sustancias químicas incluidas en este RD.

    En mi opinión son obligatorios, con la amenaza de recibir un NO APTO si se niegan, los reconocimientos médicos de menores de edad, embarazadas y retornos al trabajo tras ILT prolongada (no se en que condiciones vienen). Entiendo que deben serlo en puestos en los que la evaluación de riesgos establece riesgos altos de lesiones. Presionaré para que lo sean, consciente de que es más difícil, los puestos de la empresa en los que existe una declaración de enfermedad profesional, poniéndolo en la evaluación de riesgos para que conste, como una de las medidas tomadas en respuesta a dicha declaración. Si van a sancionar a la empresa, es justo que me den instrumentos para prevenir la lesiones y el reconocimiento es la única forma posible de identificar trabajadores especialmente sensibles o predispuestos a sufrir lesiones en un puesto bien diseñado.

    Nadie lleva un coche a pasar la ITV si sabe que se lo van a echar para atrás.

    Un saludo

    Javier Peña Mateos

    en respuesta a: evalaución #313004 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Valora la pantalla de visualización de datos y otros aspectos del centro de trabajo y también si hacen viajes. No creo que la formación suponga un estrés significativo, semejante a lo que sucede con profesores.

    Un saludo

    Javier Peña Mateos

    en respuesta a: reconocimientos iniciales #313168 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    En mi opinión, el reconocimiento previo es obligatorio, de hecho los Inspectores no tiene dudas al respecto. En principio, yo hago un genérico y doy un apto temporal, que completo con el estudio de riesgos del técnico en la mano, cuando el trabajador tiene asignado un puesto de trabajo. En este momento hago el resto de las pruebas y completo el reconocimiento. Hay novedades legislativas sobre el tema, que podre contarte en un par de días, pero te adelanto que apuntan hacia la obligatoriedad. Qué sentido tiene meter a una empresa de Anexo I la Vigilancia de la Salud obligatoria, si un trabajador que prevee un NO APTO puede negarse a hacerse el reconocimiento médico.

    Un saludo y hasta pronto

    Javier Peña Mateos

    en respuesta a: elevadas lexiones en los almaceneros #313284 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Lo primero es evaluar el trabajo mediante algún método ergonómico, a mi me gusta NIOSH. Sobre todo penalizan los giros de columna y elevar los brazos x encima de los hombros, yo empezaría por aquí.

    Un saludo y buena suerte

    Javier Peña Mateos

    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Yo tengo trabajadores que usan per, como disolvente de manchas de ropa

    CAS 127-18-4. Con este dato lo puedes ver en

    Concentración > 95 %

    Puede aparecer depresión del SNC, lesión hepatorenal, alteraciones de la memoria, confusión, cefalea vértigos, somnolencia, irritación ORL y dermatitis. Según NIOSH es un cancerígeno potencial.

    El puesto de trabajo es conveniente que esté dotado de aspiración para evitar la inhalación de vapores tóxicos por parte de los operarios, pero esta situación nunca debe ser de campana. Hay que situarla enfrente del operario, a ras de la superficie de trabajo o por debajo de la superficie de la mesa (que será de rejilla o agujereada para permitir el paso del aire). El colocar una campana encima del lugar de trabajo, lo que hace es elevar los vapores tóxicos y facilitar su llegada a la nariz y boca del trabajador, facilitando su aspiración. Es mejor nada que una campana aspiradora (Martí Mercadal y Desoille; Medicina del Trabajo; 2ª Edición)

    El TLV es de 50 ppm o 335 mgr/m3 en aire ambiente

    El BEIs que puedes usar como criterios de exposición es la presencia de la substancia en sangre, tomando la muestra de sangre al final de la jornada laboral.

    Un saludo

    Javier Peña Mateos

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    en respuesta a: tiempo de dedicación y relacion laboral #313422 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    La unidad básica de salud exige un Médico especialista en Medicina del Trabajo y un ATS diplomado en Empresa a jornada completa para mil trabajadores, en lo que se refiere al control vigilancia de la salud. Estos trabajadores no pueden compatibilizar este trabajo con el de la gestión de incapacidad laboral temporal, que hará una mutua o empresa concertada. Tanto el médico como el ATS es lo ideal que pertenezcan a la empresa, pero yo he estado en plantilla de empresas con las que la empresa grande subcontrataba el sevicio. Servicios de prevención propios (como NEXGRUP) pueden actuar como intermediarias y ser el sanitario trabajador de ellos, en vez de la empresa contratante.

    Un saludo

    Javier Peña Mateos

    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    En mi opinión, los trabajadores que hacen la vigilancia a través de estos sistemas reunirán con facilidad los criterios de usuarios de pantallas de visualización de datos, en la medida que no pueden prescindir de las mismas para realizar su trabajo y con facilidad superarán las 4 horas diarias. Yo les harían un buen reconocimiento oftalmológico, además de estudiar factores de estrés laboral.

    Un saludo

    Javier Peña Mateos

    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


    Iniciado

    En mi opinión, los trabajadores que hacen la vigilancia a través de estos sistemas reunirán con facilidad los criterios de usuarios de pantallas de visualización de datos, en la medida que no pueden prescindir de las mismas para realizar su trabajo y con facilidad superarán las 4 horas diarias. Yo les harían un buen reconocimiento oftalmológico, además de estudiar factores de estrés laboral.

    Un saludo

    Javier Peña

    en respuesta a: FICHAS DE SEGURIDAD #313765 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    febrero 2003


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    Llamar a la casa y les pones un FAX en cuanto cuelgues el teléfono. Cuanto te identifiques y les des tu FAX se encargarán de enviarte la información que necesitas, por miedo a que des un informe desfavorable y cambien el producto x otro. Pero la obligación de hacer esto es del empresario, no tuya, él debería darte la información. Si te cae una inspección igual te comes un marrón así que, al final, si quieres que algo se haga bien, tendrás que hacerlo tú misma.

    Animo y buena suerte

    Javier Peña

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