Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Redactor EBSS, PSS y CSS misma persona #437866 Agradecimientos: 0
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    febrero 2002


    Experto

    Hola “Oskar 76”. El caso es que si yo soy Arquitecto y tengo una pequeña constructora. Puedo opromover la rehabilitación para luego negociar con su venta. Y en este caso:
    Yo Promotor.
    Designo a Un Arquitecto (yo mismo).
    Para hacer la rehabilitación de una vivienda que si necesita de Proyecto, pero que lo puede hacer igual un Arquitecto que un Arquitecto Técnico. Y lo hago yo Arquitecto.
    Hago el Proyecto y a la vez el EBSS.
    Yo mismo hago con mi empresa la rehabilitación con lo que antes de empezarla me hago el PSS.
    Pido mis permisos municipales. Y desempeño la función de CSS en Ejecución de Obra. Y la de Dirección Facultativa.

    No creo que la ITSS me diga algo, bueno me puede decir pero cumplo perfectamente con la ley. . . 😉

    en respuesta a: Redactor EBSS, PSS y CSS misma persona #437864 Agradecimientos: 0
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    Experto

    @Weduard Wedu wrote:

    Saludos a tod@s,
    he leído y releído temas del foro como este y no consigo aclararme, siempre respecto a leyes, sin suposiciones.
    Trabajo en una empresa de ingeniería que también es contratista. Un promotor nos ha encargado un proyecto para una obra industrial con el correspondiente EBSS. Posteriormente nos ha contratado para realizar la obra y también a un coordinador. Pues claro, la misma persona ha redactado el proyecto y el EBSS, ha elaborado el PSS y hará de CSS. Entiendo que ley en mano es totalmente correcto, cada uno se preocupará y se responsabilizará de sus labores velando por la seguridad y buen funcionamiento de la obra en general. ¿Como lo veis?

    La única forma legal que yo conozco para que se dé todo eso a la vez es la siguiente:
    Que el Promotor y Contratista sean la misma persona física y/o jurídica, ya que:
    1.-) El Promotor nombra al Proyectista (por ejemplo, una Contratista-Ingeniería).
    2.-) El Promotor nombra al CSS en fase de Proyecto (si es el caso) y en fase de Ejecución de Obra. Ese o esos CSS pueden estar en plantilla de la empresa Contratista-Ingeniería. Realizando el EBSS durante la fase de Proyecto.
    3.-) El Proyectista es nombrado por el Promotor (que pudiera serlo esa Contratista-Ingeniería). Para colmo ese mismo Proyectista puede ser el mismo que formalice el EBSS en fase de Proyecto y el PSS antes de comenzar la obra.
    4.-) Por si fuese poco dado el tipo de obra en particular la Dirección Facultativa que es nombrada también por el Promotor, podría ser el mismo técnico que redactase el Proyecto, el EBSS y el PSS. 😉

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    febrero 2002


    Experto

    En principio no parece que una estera sea el suelo más apropiado para una zona de frío que se supone será para algo que debe conservarse además de frío lo más aséptico posible.
    Hay miles de sueles 7 sobre todo de diseño de suelos que los hagan antideslizantes, cualquier técnico en Construcción-Edificación le puede resolver el problema. . . 😉

    en respuesta a: arnes con absorbedor #437622 Agradecimientos: 0
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    febrero 2002


    Experto

    @Yanou wrote:

    @Andros9 wrote:

    Situación obligatoria: Desplazamientos, peligro de pisar algun obstaculo, meter la rueda en un agujero….

    Molaría saber de qué te serviría el arnés en este caso… 😯
    El riesgo de pisar obstáculos o meter la rueda en un agujero se soluciona realizando el trayecto previamente a pie y señalizando con conos todo el camino seguro, evitando (y con cierto márgen de seguridad) todos los posibles obstáculos que se puedan pisar, o romper. Especial incapié en evitar los terrenos que no sean firmes y estables.

    .

    Ya era hora que alguien lo dijera. ¡Enhorabuena Yanou!. . . 😉

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    Me adhiero a la contestación de “Tiver LPA”. . . 😉

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    febrero 2002


    Experto

    No cabe duda que lo que dice “Oskar76” es la pura verdad y realidad. Pero dado el pequeño lapso de tiempo (una semana) que le ofrece la empresa para desempeñar el puesto de trabajo adecuado a su estado. Yo no movería más y le diría que esperara esa semana que le va a venir muy bien. . . 😉

    en respuesta a: Poliza de responsabilidad civil #437721 Agradecimientos: 1
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    febrero 2002


    Experto

    Estoy de acuerdo con “Oskar76” y concretando o matizando aún más la parte que se refiere a lo que figure en contrato, cualquier aspecto que figurase en un contrato “comercial” es válido siempre que no se pacte contra ley o norma objetiva o en fraude de ley. . . Así que yo diría que es perfectamente exigible por el Contratante exigirle esa cuantía en el seguro de RC, y usted también es libre de aceptarlo o no, bien que si no lo acepta es posible que se quede sin el contrato. . . 😉

    en respuesta a: SUBCONTRATA SIN APTO MEDICO #437697 Agradecimientos: 0
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    febrero 2002


    Experto

    Depende de:
    1º.- Los trabajos que vayan a desempeñar, dado que hay algunos de ellos en los que el trabajador debe someterse a dicho reconocimiento médico, sí o sí, por ejemplo, aquellos que impliquen o puedan implicar un grave riesgo para la salud de él mismo o de sus compañeros.
    2º.- Si tiene usted constancia o no, por escrito, de que se les ha ofrecido dicho reconocimiento médico y lo han desechado.

    Y alguna cosa más habrá. Pero lo triste es andar siempre con los mínimos obligados, en lugar de hacerse por verdadero convencimiento. . . 😉

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    @xirgu wrote:

    8. Para conducir vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h, y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg, se requerirá permiso de la clase B. Si excede de cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de conducción que corresponda a su masa máxima autorizada.
    Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
    Creo que está muy claro pero es la primera vez que oigo que hayan sancionado por ello. Se ha abierto la veda recaudatoria.
    Por otro lado mezclas cosas. Movimiento de tierras en una obra sin acceso a viales públicos, se aplica convenio y todo el tema de prevención, incluso puedes no tener carné de nada. Si además sale a vías públicas o circula por éstas, lo anterior más toda la legislación de tráfico.

    Bienvenido “XIRGU”, hacía siglos que no sabía nada de ti 😉 . . .

    en respuesta a: identificacion de riesgos laborales #437471 Agradecimientos: 0
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    😯 😯 😯 😆 😆 😆 😉 😉 😉

    en respuesta a: REA autónomo con administrativo #437448 Agradecimientos: 0
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    Experto

    No está muy clara la cosa. Como le dicen lo mejor es que vaya al organismo competente (el que no le inscribe o autoriza para una obra) y le pregunte qué debe hacer. . . 😉

    en respuesta a: Duda Recurso Preventivo (AGAIN!!) #437439 Agradecimientos: 0
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    febrero 2002


    Experto

    De acuerdo con “De locos” y “Oskar 76”, que dicen lo mismo. Así de claro está el tema. . . 😉

    en respuesta a: PRL en taller mecanico #437426 Agradecimientos: 1
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    febrero 2002


    Experto

    Yo lo he puesto en el proyecto de una nave que es distribución de automóviles. Entonces incluí unas canalizaciones subterráneas con unas tomas para cada puesto de trabajo con extracción forzada. Eso mismo se puede hacer suspendido en lugar de encastrado en la solera. . . Funciona muy bien y no estorba a nada. Sólo le exige tener un tanto de orden en el taller. Por cierto dice usted que “le han derivado hacia lo de Prevención. . .” ¿Ya tiene la formación necesaria y suficiente? Espero haberle ayudado. . . 😉

    en respuesta a: Firma de recepción de EPIS (sin recibirlos) #437401 Agradecimientos: 0
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    febrero 2002


    Experto

    No me he debido de explicar en mi anterior respuesta. Quiero decir que:
    01.) Si no puede negarse a firmar por un miedo flagrante a ser despedido. Pues fírmelo e inmediatamente ponga este hecho en conocimiento de su sindicato si hay alguno en la empresa, pero si no acuda a la Inspección de trabajo exponiendo toda la situación.
    02.) Piense que si firma y ocurre un accidente en el que se le pueda imputar a usted responsabilidad directa, puede exigírsele responsabilidad PENAL. Es evidente que la administrativa o la civil recaerían en el empresario.
    03.) Reduzca o lleve la situación al absurdo. Suponga que le obligan a firmar un documento en el que usted afirma no a ver visto al Sr.XXX cometer un asesinato, cuando la verdad es que sí lo ha visto. ¿No cree que se le podría exigir responsabilidad como cómplice?
    😉 😉 😉

    en respuesta a: Soy chofer y diabetico #437417 Agradecimientos: 0
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    febrero 2002


    Experto

    Lo siento. Pero con todo respeto en mi opinión creo que debe de ir a un Médico que le asesorará debidamente, pues cada persona es distinta y es necesario que le vea. Suerte y ánimo. . . 😉

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