® Muchos ejecutivos fruncen el ceño cuando alguien se atreve a señalar algunas de las deficiencias en el gerenciamiento de las empresas en materia de SSO. Lo hacemos con respeto y loable propósito de ayudar en el mejoramiento de la productividad y la rentabilidad.
En Chile hay un elevado número de accidentes con diversos resultados, por lo que debemos atender toda insinuación, propuesta o consejo, con miras al mejoramiento de la producción.
Creemos que existen ciertas deficiencias en el gerenciamiento de la prevención de riesgos en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas (PYMES). En efecto, si bien es cierto, estas empresas se caracterizan por sus niveles de extraordinaria exigencia en cumplimiento de proyectos, faenas y tareas encomendadas, y también porque sus dueños, jefes y supervisores son propietarios de gran experiencia y conocimiento de las formas de producción, sin embargo, carecen de conceptos de administración importante s, que incide en los fines y objetivos de las entidades, en relación a maximizar las utilidades en el periodo.
¿Cuál serían? Veamos:
- Desconocimiento de las materias básicas relacionadas con los derechos de los trabajadores en materia laboral y de seguridad, que se han reconocido para el resguardo de la vida e integridad de ellos.
Esta situación se encuentra agravada en el hecho que tampoco los empresarios y funcionarios de la empresa, conocen o aplican los derechos que esta tiene y, consecuencialmente, en el gerenciamiento de la salud y seguridad en la faena.
Las facultades legales, su conocimiento aplicación, son indispensables para que en el interior de la empresa, se exprese en términos categóricos los fines y objetivos de sus dueños o administradores. Un ejemplo de ello es lo que denominado “paternalismo empresarial negativo”, que se traduce en permitir faltas, errores y omisiones en los trabajadores las que no son sancionadas, por ignorancia o desidia patronal.
De ese modo, no solo se crea un mal hábito, sin, que el contingente de trabajadores a nivel nacional no van a adquirir nunca la disciplina laboral que el aís necesita ara su desarrollo, amén, de permitir acciones u omisiones que podrían acarrear siniestros.
El Código del Trabajo y la Ley 16.744, entregan al empleador facultades de vigilancia, fiscalización, control y de sanción. Las sanciones son legales y simples: Amonestación verbal, amonestación escrita, con o sin informe a la Dirección del Trabajo, y multa de hasta un cuarto de salario diario, cifra inferior a los cuatro dólares. Respetando, en todo caso, los derechos fundamentales. - Impresiona también, en los ejecutivos de las empresas chilenas, la falta de un liderazgo real y efectivo en materia de prevención de riesgos laborales.
Lo anterior implica reconocer que a nivel organizacional, aún, cuando la Teoría de la Administración Empresarial, ha determinado la importancia del capital humano en la empresa y cuando, los teóricos y estudiosos del tema, propugnan la rentabilidad del trabajador como parte importante del patrimonio de esta, no se toman las medidas y providencias para establecer los Principios de una Cultura Preventiva, idónea y suficiente, con evolución hacia el perfeccionamiento permanente de la higiene y seguridad internas.
Si los administradores no demuestran ante su gente de la necesidad de ello, si no son los líderes en este proyecto, nunca va a surgir el concepto de prevención conectado a los fines corporativos, esto es, maximizar utilidades. Tampoco vamos a tener el contingente de trabajadores preparados y experimentados que Chile necesita. - Otra percepción errada en la administración de nuestras empresas, es la que separa y divide la labor del Supervisor entre producción y prevención, dejando esta última actividad a otros profesionales, que no son los que dirigen las operaciones productivas. Olvidando, de esta manera, que el sistema productivo es uno solo y que, necesariamente, en toda labor o gestión destinada a crear bienes y servicios paralela y hermanadamente, se debe manifestar una acción de prevención de riesgos que esa actividad conlleva.
- Debemos hacer presente una cuarta deficiencia empresaria. Esta se refiere a la despersonalización de la labor productiva. Hecho que se traduce en que el gerente, administrador o el jefe, carece de todo conocimiento sobre la persona del trabajador. Aún más, le ignora y éste pasa a ser un individuo invisible, que tal vez, saldrá a la luz en caso de un accidente. No son pocos los trabajos que expertos en sicología laboral han desarrollado para demostrar que la calidad y aumento de la producción, tiene relación directa con el compromiso que el trabajador tenga con la entidad productiva. Este compromiso, se adquiere cuando hay un sentido de pertenencia, que corresponde a la parte ejecutiva estudiar y desarrollar en el colectivo de trabajadores.
Ciertamente, estas deficiencias no son todas. Pero, creo que la solución de las advertidas, daría a las empresas un plus que redundaría notablemente en calidad y producción, con aumento de las utilidades.
Manuel Segundo Muñoz Astudillo
Nacionalidad chileno, autor de obras relacionadas con la SSO, comentarista y conferencista. Profesor Universitario, Universidad Técnica Federico Santa María sede Concepción, también en Universidad de Concepción invitado. Abogado de profesión y juez civil. Docente en el ramo de Legislación Laboral en SSO. Escribo en www.sso.bligoo.cl página al servicio de los interesados y administra el Grupo Facebook: PREVENCIONISTAS UNIDOS, de más de 32.000 participantes.
Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.