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25 mayo, 2012 a las 13:45:14 en respuesta a: ¿PUEDE DAR UN MÉDICO DE FAMILIA BAJA POR ACCTE. TRABAJO? #418560 Agradecimientos: 0
Lo que debe hacer el trabajador vía medico de atención primaria esabrir un proceso de “determinación de contingencia” mediante inspector médico. A partir de este momento se inicia la determinación de la contingencia y la determinación final si la baja laboral mencionada corresponde a contingencia común o laboral
15 mayo, 2012 a las 08:47:14 en respuesta a: Vigilancia de la salud y drogas #416431 Agradecimientos: 0Hay empresas en las cuales previo consentimiento del comité de empresa se realiza la detección de drogas. Además algunas de estas empresas tiene establecido el protocolo de actuación tanto para la toma de muestras como de actuación con el trabajador. Ejemplo de empresas: RENFE; Metro Bilbao, Unión Explosivos etc, etc.
Desde luego que por iniciativa de la UBS y sin el apoyo y consentimiento del comité de empresa y del trabajador poco o nada se puede hacer.
Por otra parte tan solo recordar que los métodos de detección de drogas lo que suele detectar habitualmente son metabolitos de las misma tras unas horas posteriores al consumo. Es decir, que la información que obtenemos es la de que el trabajador ha consumido algún tipo de droga pero no necesariamente esta bajo los efectos de la misma.3 enero, 2012 a las 09:07:00 en respuesta a: DIFERENCIA MEDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA DEL TRABAJO Y MEDICO DIPLOMADO EN MEDICINA DE EMPRESA #412087 Agradecimientos: 0Hola:
Los Colegios Médicos tiene su poder la relación de médicos colegiados con la especialidad correspondiente
Un saludo3 octubre, 2011 a las 10:08:00 en respuesta a: Aneurisma cerebral accidente trabajo #407381 Agradecimientos: 0Considero que será el juez quién distamine la contingencia. Personalmente como médico considero que la tendencia actual es la de catalogar como ACCIDENTE LABORAL toda patología tenga o no su causa en el trabajo
3 marzo, 2011 a las 13:01:00 en respuesta a: OBLIGATORIEDAD EVALUACION RIESGOS PSICOSOCIALES #396294 Agradecimientos: 0Si, es una obligación legal.
Los riesgos psicosociales dentro de la especialidad de ergonomía y psicosociología están sijetos por ley a detección, evaluación y si corresponde debe tener su plan de prevención como cualquier otro riesgo de otra disciplina.26 octubre, 2010 a las 10:46:00 en respuesta a: Guía de valoración de incapacidad laboral #383550 Agradecimientos: 0Gracias
¿Son legales los controles de alcoholemia realizados por tráfico?
La misma reflexión se puede trasladar al ámbito de la empresa.
¿En qué responsabilidad incurriría el empresario, en caso de un accidente originado por un trabajador en estado de embriaguez?
Hay empresas en las cuales se realizan controles de consumo de drogas, alcohol incluido en los puestos de trabajo, sirva como ejemplo Metro, Renfe, Compañias de aviación etc.
Recomiendo contactar con los servicio de prevención de alguna de stas empresas. Personalmente me ha sido de gran utilidad la experiencia del Metro de Bilbao¿Son legales los controles de alcoholemia realizados por tráfico?
La misma reflexión se puede trasladar al ámbito de la empresa.
¿en q25 mayo, 2010 a las 10:35:00 en respuesta a: MAPFRE SERVICIO DE PREVENCIÓN #367228 Agradecimientos: 0Tras realizar algunas indagaciones rectifico. Efectivamente existe MAPFRE SERVICIO DE PREVENCION independientemente de FREMAP Servicio de prevención. Conozco de cerca el Servicio de Prevención de FREMAP y me merece confianza. MAPFRE SERVICIO DE PREVENCION efectivamente es un SPA de dimensiones reducidas y en “retirada” dentro del mercado de los servicios de prevención.
15 mayo, 2010 a las 08:54:00 en respuesta a: MAPFRE SERVICIO DE PREVENCIÓN #367221 Agradecimientos: 0Supongo que hablaréis de Fremap servicio de prevención. En Guipuzcoa (que forma parte de la comunidad autónoma del País Vasco) no han cerrado ninguna delegación. Es más, recientemente hará cosa de dos años han abierto el servicio de prevención correspondiente a la comarca del Alto Deba.
Considero que cualquier actuación en este tema deberíua estar procedimentado y validado por todos los estamentos de la empresa (ejecutivo, prevención, comité de empresa) tal y como lo realizan en algunas empresas /Iberia, metro, RENFE, explosivos etc): Básicamente se trata de elaborar unas pautas de actuación consensuadas por las partes y aprobadas por el comité de empresa y el comité de seguridad y salud en el cual se especifique la actuación de cada uno en estas situaciones.
Se trata de dos prestaciones incompatibles en el tiempo. El acreedor de uan invalidez lo es para la actividad laboral hasta la edad d ela jubilación. Una vez llegada la edad de la jubilación finaliza invalidez y el interesado pasa a jubilación quedando la opción de elegir en tre la cuantia económica de la jubilacion o la invalidez, pero lo que es respecto a las prestaciones sanitarias correspondientes a la mutua considero que estas finalizan con la edad reglamentaria de jubilacion
14 enero, 2010 a las 15:51:00 en respuesta a: Consulta sobre como demostrar a la mutua que la enfermedad es profesional #356338 Agradecimientos: 0El médico de cabecera extiende la baja si considera procedente y a la vez abre procedimiento para valoración de contigencia (definir si es común o laboral).
Mientras este abierta la baja extendida por el medico de cabecera el trabajdor no acude al trabajo, otro aspecto es la definición de la ocntingencia.14 enero, 2010 a las 15:47:00 en respuesta a: PERIORICIDAD DE EXAMENES MEDICOS #356402 Agradecimientos: 0Debe establecerlos el médico en función de la valoración del riesgo y del reconocimiento inicial realizado al trabajador. La frecuencia anual puede ser un punto de partida para establecer criterio mas especifico en función de lo señalado
18 noviembre, 2009 a las 13:14:00 en respuesta a: Vacunación OBLIGATORIA gripe A a personal sanitario. #351527 Agradecimientos: 0No olvidemos que se trata de un agripe, sin más. Bueno tal vez con “más”. Con mucha carga mediática.Yo procuro en mi quehacer diario evitar contaminarme de toda esa carga extra profesional.
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