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1 agosto, 2013 a las 21:03:46 en respuesta a: OBLIGACIONES RECURSOS PREVENTIVOS DE SUBCONTRATAS #425994 Agradecimientos: 0
una cosa que me sorprende es que la propia IT pide la presencia de recursos preventivos a las subcontratas. ¿cuando? pues por ejemplo al aprobar un plan de desamiantado, donde las funciones de RP se las asignan a la subcontrata (siempre que no actue como contratista) incluso en las visistas que hacen ni siquiera piden la presencia del RP de la contrata, mira que piden cosas y eso como que … no
y un equipo que da una presion manometrica de 0,6 bares (volumen aun desconocido ya que es un tubo de presurizacion de cable con un compresor) le aplicaria el Rd de equipos a presion o por ser de categoria I le valdria con lo dispuesto en la directiva de maquinas del compresor o bien habria que considerar el grupo compresor con su pequeño deposito por un lado y el tubo de presurizacion de cable como tuberia aparte.
21 diciembre, 2010 a las 18:33:00 en respuesta a: Plan de prevención y autónomos #389548 Agradecimientos: 0de donde ha salido el principito este, nominado y fuera del foro
19 noviembre, 2010 a las 13:38:00 en respuesta a: preparado toxico para la reproduccion #387574 Agradecimientos: 0buenas Javier:
el producto es una pintura, dentro de las sustancias que la componen esta el dibutiloxido de estaño (entre 0,1 y 1 % en peso)se pinta en cabina automatica con extraccion de aire, las mediciones higienicas en los alrededores de la cabina dan por debajo del VLA ED de los compuestos organicos de estaño, sin embargo hay dudas de los operarios(y delegados) sobre el preparado puesto que contiene dicha sustancia que esta clasificada TR2, si el propio fabricante del preparado(pintura) no indica que el mismo tiene ese peligro, significa que yo como tecnico tampoco?18 noviembre, 2010 a las 10:30:00 en respuesta a: preparado toxico para la reproduccion #387569 Agradecimientos: 0en concreto en su composicion dispone de una sustancia TR2, aun cuando reglamentariamente no se considere la necesidad de indicar su toxicidad TR,como lo gestionariais (como toxico para la reproduccion o no) es decir si no se supera el VLDA no habria problemas o puede haberlos, se gestionan como los cancerigenos que hay que intentar cambiarlos o no(estamos hablando de un producto que se usa en baños), la exposicion esta controlada se hacen mediciones periodicas, pero los trabajadores notan el producto y puede haber una rechazo respecto al uso del preparado. yo como tecnico podria afirmar que el producto no es peligroso por el simple hecho de que el fabricante no tenga obligacion de indicarlo en punto 15 de la FDS, en cuanto a utilizar un metodo simplificado que frases R son las que meterias las del preparado(apartado 15) o bien las de las sustancias que lo componen (apartado 3) si metiese las del apartado 15 (o sea ninguna) el riesgo seria muy bajo o nulo.
30 junio, 2010 a las 18:21:00 en respuesta a: Tratamiento Antixilófagos en estructuras… ¿REA? #375827 Agradecimientos: 0¿y si el contrato de mantenimiento consistiria en pintar un edificio de ocho plantas utilizando andamio en fachada tampoco lo considerarias obra?
lo que me ha quedado como conclusion es que una UTE sin trabajadores hace un unico plan y cada una de las empresas adquiere obligaciones conforme a la ley 32/2006, pero puesto que se elabora un unico PSS por ser la UTE el contratista a efectos del RD 1627 ¿quien y como pone el o los recursos preventivos en obnra si hiciese falta ponerlos?
17 junio, 2010 a las 14:50:00 en respuesta a: Aplicación del RD 1627 en obras con o sin proyecto #374203 Agradecimientos: 0en una obra con proyecto la informacion que debe dar en titular del centro de trabajo(promotor),se entiende dada al proporcionar el E(B)SS, pero ¿y en caso de no haber proyecto, no sigue teniendo el titular la obligacion de informar?
2 junio, 2010 a las 09:25:00 en respuesta a: carnet de conducir palas si salir a carretera #372138 Agradecimientos: 0buenas de locos, me he leido la directiva traducida del POST anteriormente referida y no encuentro el punto en el que indica que si una maquina tiene marcado CE se supone que cumple el la directiva (nueva) de uso de equipos de trabajo. a mi entender sigue diciendo lo mismo, el empresario es responsable de verificar que la maquinaria puesta a disposicion de los trabajadores cumple los requisitos minimos de seguridad del anexo I.
cuando un empresario disponga de una nueva maquina para uso de los trabajadores debera informar a la persona responsable de su modalidad preventiva para su evaluacion y verificacion de cumplimiento del documento normativo que transponga la nueva directiva (igual que ahora deberia hacerse)22 abril, 2010 a las 18:32:00 en respuesta a: Obra menor-Reformas en Comunidades de Vecinos #368275 Agradecimientos: 0pues igual deberia hacerlo la comunidad, me explico.
si hay proyecto hay un documento E(B)SS que marac criterios preventivos para desarrollar luego el PSS
si no hay proyecto quizas la comunidad si deberia elaborar esa evaluacion de riesgos como titular del centro de trabajo, ¿pero valdria una para todos?habria que hacer una por empresa? o cada cual la suya?19 abril, 2010 a las 18:25:00 en respuesta a: grupos electrógenos en obra #367814 Agradecimientos: 0un dia tuve inspeccion , y el inspector indico que estan incluidos en el REBT, que no era necesario proyecto pero si memoria y boletin inscribiendolo en industria (¡te cagas!)el tema de la pica a tierra te va a costar conseguir, te pueden decir cosas como tipo de proteccion de seguridad del circuito TN,…
algunos estan aislados pero el inspector te puede decir que lo llevas en una PEMP y que puede haber derivaciones,…19 abril, 2010 a las 08:12:00 en respuesta a: Duda Ley 32/2006 (paciencia, creo que merece la pena leerlo) #367630 Agradecimientos: 0pues yo si que los consideraria incluidos dentro del ambito de la ley de subcontratacion, de hecho me consta que IT ha sancionado a alguna empresa instaladora de andamios en obra por infraccion de dicha ley
¿Porque consideras necesario el uso de linea de vida en el uso de andamio de mastil?
no creo que sea del todo cierto, la FMF aclaro que el tema de obligatoriedad de la formacion iniciasl era a partir de 2012, pero que toda formacion que se diera a partir de enero 2010 deberia ser conforme al lo estipulado por el acuerdo estatal y FMF, pero que ello no implica la obligatoriedad de tenerla, si alguno tiene dudas de lo que digo , puede consultarlo en la propia pagina de la fundacion del metal o a traves de confemetal
la formacion que se imparta a partir del 01/01/2010 debe estar sujeta a lo que marca el acuerdo estatal , pero no que los trabajadores que ya tenian formacion “anterior y adecuada” se les considere que no tienen formacion o que tengan que hacer inmediatamente de nuevo la formacion, esos si, para evitar problemas recomiendo a las empresas que lo vayan planificando. muchos SPA convocan cursos de formacion conforme al convenio de construccion y acuerdo estatal y las empresas no apuntan trabajadores, no me creo eso de falta de medios, quizas falta dinero puesto que la formacion es dinero tanto coste economico como horas.
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