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    Patrik
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    mayo 2004


    Experto

    @ICM75 wrote:

    Porque la figura del recurso preventivo, es una figura cuya formación está regulada legalmente (independientemente de que la necesidad de su presencia se establezca por obligación o voulntariamente).

    Pretender “eximir” de la formación necesaria a los recursos preventivos cuando su presencia se determine necesaria voluntariamente, es como pretender “eximir” de la formación necesaria a los trabajadores designados, tecnicos de spp o técnicos de spm (por cierto, recursos preventivos) cuando se opte por esta modalidad aún cuando no se esté obligado (porque sea posible la alternativa del spa).

    Con todos los respetos, ICM75, sin quitarte la rázón en tu criterio, creo que no es lo mismo.

    Uno puede aumentar el número de TPRL que sean obligados, pero si su tarea es algo que está regulado, tiene que cumplir sus criterios. Y porque la ley dice que para ciertas tareas se requiere cierto nivel formativo. Puede ser que la obra no requiera de proyecto o de ESS, pero si decide hacerse, éste no lo puede hacer cualquiera.

    Y podrias decirme que lo mismo para el RP. Pero en este caso no estamos diciendo exactamente que cumpla una tarea que está regulada, sino una función (o así lo veo yo), que puede ser parecida, similar o hasta identica a otra que está regulada, pero no la misma, y que no excluye, aun siendo voluntaria, la del RP.

    Como dice Cap morgan, los mandos intermedios, de toda la vida han tenido una labor de vigilancia y control sobre la ejecución de un trabajo, sin necesidad de llamarles RP y darles formación determinada, pero porque tampoco hacian ese trabajo exactamente.

    #425972 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    Me refiero a TU parrafada (no lo digo yo, lo has dicho tú y en modo alguno como nada personal sino a modo de corrección)

    Disculpa, pero lo de “Por tanto lo que indicas ahí es FALSO, rigurosamente FALSO..”, lo has dicho tú, no yo.

    #425974 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    77
    193
    junio 2004


    Experto

    Ventamina, puedes poner las letras aún más grandes, pero no por aumentar el tamaño se ve que me hayas corregido de ningún error ni tampoco que hayas propuesto ninguna mejora a mi texto. Solo he visto eso de: “Por tanto lo que indicas ahí es FALSO, rigurosamente FALSO..”, … y muy poquito más, pues no has justificado tu respuesta, solo afirmas (o niegas, según se mire), sin más. He mantenido en todo momento que mi intención era la presencia de responsables de prevención en obra de las subcontratas (sí, la PRESENCIA: tal y como has repetido varias veces, como si yo no me hubiera estado refiriendo a ella anteriormente),.. y para determinados supuestos, que si vuelves a leer el texto observarás que no son exactamente los mismos que el recurso preventivo de la obra, ni pretendo que se confundan ambas figuras, todo lo contrario.

    Pero si lo que quieres es que agradezca TU INTERVENCIÓN, pues queda agradecida y me la puedes pedir a tamaño “enorme” (el máximo que se permite) si quieres. Pero mi agradecimiento no incluye que esté de acuerdo contigo, menos aún si de forma injustificada calificas mi opinión como rigurosamente falsa.

    Saludos y gracias.

    #425975 Agradecimientos: 1
    Jorgegon
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    junio 2013

    Iniciado

    @Vintces C C wrote:

    @xirgu wrote:

    Con los criterios escritos de la IT, NO existe la figura del recurso preventivo, en construcción, para las empresas subcontratistas.
    Lo podremos llamar de mil maneras pero NO recurso preventivo.
    Y lo de reflejarlo en el contrato, el PSS, el ……, muy bien. También podemos poner que la subcontrata aplauda con las orejas o circulen por la obra haciendo el pino´, siendo más que probable que un juez anule el contrato por abusivo, ……

    Hola Xirgu, el criterio de la I.T. (83/2010) NO prohíbe la existencia de los recursos preventivos en la construcción para las empresas subcontratistas.

    Como ya cité en mi segundo post, la I.T. dice (apartado Segundo.B.4):

    “No obstante lo anterior, en base al contrato mercantil suscrito entre ellas, un contratista puede exigir también a los subcontratistas que cuenten con recursos preventivos”

    Por tanto, podemos también llamarlos recursos preventivos porque, aunque la Ley sólo exija la presencia a la Contratista, no prohíbe una asignación expresa, por contrato o por el Plan, también a las subcontratas.

    Otra cosa es cómo indicarlo en el Plan de Seguridad, para evitar confusiones entre ambos y, también, algún error en la aplicación de la normativa (como ya dijo Icm75 “no puedo aplicar la parte que me interese de un determinado artículo”). Y he tenido en cuenta eso. Porque a mí lo que me interesa es que un responsable en materia de prevención en cada obra (se llame como se llame) esté presente durante SUS actividades de riesgo. En concreto: art.32 bis LPRL (y supuestos del Anexo II RD 1627/97) y art. 22 bis. RD 39/1997. No lo exijo para todas las actividades indicadas en el Plan, que puede indicar más, pues para eso ya tenemos a nuestro recurso preventivo en obra, Contratista). Y, con esto, ni se pretende ni se delegan las responsabilidades propias del Contratista, ni de su recurso preventivo … en nadie.

    Y “no me interesaba” (entrecomillo) que dispongan del Nivel Básico, no porque yo no lo prefiera, sino porque no todos tienen esa formación, y si incluyo tal obligación, lo que me puedo encontrar son incumplimientos en obra justo por tal exigencia (bien por ausencia de dicha formación o por la ausencia de su presencia precisamente por no disponer de ella). Y lo que quiero es que vigilen SUS trabajos y a sus trabajadores en los supuestos mencionados.

    Por lo dicho, y como no quiero exigir dicho nivel básico, cambiaré en los Pliegos el nombre, para las subcontratas, por el de “Responsable de prevención en la obra” o “Representante de seguridad en la obra” (sin pedir el nivel básico en PRL). Y dichos responsables deberán estar presentes durante la realización de sus trabajos (entre los comprendidos en el art. 32. Bis y 22 bis….). Espero que, de esta forma (no son pocas las subcontratas que vienen diciendo que no están obligados a tal y tal nombramiento… y no sólo como recursos preventivos) les quede claro que, incluso hasta ellos: también son responsables de sus propios trabajos y no parezca que el art. 29 LPRL no va con ellos y su misión preventiva en la obra es “oir” al de prevención en una reunión de seguridad.

    Aprovecho para indicaros literalmente la parrafada que anotaré en los Pliegos de los Planes, y agradecería me corrigieseis de cualquier error de redacción o mejoras que propongáis:

    “En relación con las empresas subcontratistas, estarán exentas de nombrar recursos preventivos al recaer la obligación legal única y exclusivamente sobre el empresario contratista (o contratistas en el caso de ser varios), en coherencia con lo previsto en la letra c) de la Disposición adicional decimocuarta de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales “Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción”.

    Sin embargo, aunque a las empresas subcontratistas no se les exija el nombramiento de dichos recursos preventivos, para esta obra deberán designar de forma expresa a un responsable de prevención en la obra (o representante de seguridad en la obra) que deberá estar presente en la misma con el objeto de vigilar el desarrollo de los trabajos realizados por sus empresas, cuando éstos sean peligrosos o tengan la consideración de trabajos con riesgos especiales (tal y como se definen en el R.D. 1627/1997) y también en los supuestos señalados en el artículo 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el artículo 22 bis del Reglamento de los Servicios de Prevención. La designación de dichos responsables de prevención en la obra por parte de las empresas subcontratistas no exonera al contratista de contar con su recurso preventivo propio.”

    Gracias.

    Buenos días Vintces. C C.

    Realmente a estas alturas del debate, creo que se han mezclado varios conceptos.
    Quiero entender que tus dudas surgen cuando se trata de actuaciones realizadas al amparo del R.D. 1627/1997.

    Como ya se ha comentado El contratista o contratistas tienen la obligación legal de designar cada uno de ellos un Recurso Preventivo.

    El problema puede surgir cuando en el desarrollo de los trabajos se debe realiza un actividad peligrosa y que exige un gran experiencia ( excavación de una pequeña galería con técnicas mineras). No es fácil que una empresa de construcción tenga en su personal especialistas en este tipo de obras, por lo que tendrá que subcontratar este trabajo. Aunque un buen técnico en prevención de riesgos laborales si puede hacer una evaluación de los riesgos y definir las medidas preventivas a tomar, lo cual quedará reflejado en el correspondiente Plan de Seguridad y Salud.

    ¿Que ocurre al realizar la obra?. Si cumplimos la ley al pié de la letra exigiremos al contratista, que durante la ejecución de la galería, esté presente el recurso preventivo y si tiene una buena formación podrá detectar incumplimientos de las medidas preventivas reflejadas en el Plan de Seguridad y Salud. El problema se presenta cuando el riesgo de hundimiento se agrava por las condiciones puntuales del terreno, en mi opinión, lo que necesito en ese momento es una persona que conozca las técnicas mineras y tenga formación en prevención de riesgos laborales, normalmente esta persona suele ser el encargado de la subcontrata. El Recurso Preventivo del contratista quedaría en un segundo plano.

    En mi modesta opinión y sin ánimo de polemizar, hay casos en que está plenamente justificada la presencia de un Recurso Preventivo de la subcontrata, En el caso de no disponer la empresa subcontratista de trabajadores designados o servicio prevención propio, creo que no está cualificada para hacer este tipo de trabajo. En conclusión yo también exigiría un Recurso Preventivo al subcontratista .

    Espero que mi reflexión te aporte algo positivo.

    Un saludo

    #425979 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    Pues muy bien, pero hay una cosa que se llama lucro cesante, que seguro que no te gustará tanto si esa empresa subcontratista le empizan a tocar las narces con obligaciones legales que no tiene.

    Desconozco lo que es el lucro cesante, por lo menos para el caso que estamos hablando, pero conozco el criterio de la IT sobre que, por contrato, se puede exigir la presencia de recursos preventivos a las subcontratas. Y, como el PSS es un documento contractual, no veo por qué voy a tener problemas sobre eso, más aún:

    – Si en realidad yo no voy a exigir la presencia de recursos preventivos, sino de trabajadores de las subcontratas que ejerzan funciones de vigilancia de sus trabajos cuando estos tengan la consideración de peligrosos, a los que he llamado responsables de prevención en obra.

    – Si, de forma justificada se exije dicha presencia. Entiendo que si la normativa que ya se ha mencionado exije, bajo los supuestos conocidos, la presencia del Recurso Preventivo a la contratista, no veo por qué no se justificaría también la presencia de un responsable de prevención de la misma empresa que realiza esos trabajos. Ni siquiera exijo que esté en posesión de un Nivel Básico (que podrían no tener) … sino que estén presentes y vigilen aquellos trabajos que la propia normativa considera reglamentariamente como peligrosos. ¿No es suficiente justificación?.

    Nota: las subcontratas también deberían tocar las narices al CSS, pues será quien me apruebe al Plan y quien esté de acuerdo también con su contenido.

    #425981 Agradecimientos: 1
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    Por favor, indícanos en qué parte del criterio ITSS se indica que por contrato ¿??? se puede exigir la presencia de recursos preventivos a las ”’subcontratas”’

    Gracias.


    CRITERIO TÉCNICO Nº. 83/2010

    APARTADO SEGUNDO: EMPRESAS QUE DEBEN ASIGNAR O ASIGNAR LA PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS

    B) SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

    4.”…. en base al CONTRATO MERCANTIL suscrito entre ellas, un contratista puede exigir también a los subcontratistas que cuenten con sus recursos preventivos, …”

    Más adelante se indican unas observaciones que hay que tener en cuenta, pero que no impiden que, por contrato, se exija la presencia de recurso preventivos también para las subcontratas.

    #425977 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
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    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    … gracias, ¿has leído las observaciones? Porque para pode rexigir ”’algo”’ por contrato mercantil DEBE hacer una ”’causa”’ que justifique ese ”’algo”’. ¿en base a qué se puede exisigir la presencia de un recurso preventivo en una obra de parte de una empresa subcontratista? Dicho de otro modo, en caso de que esa empresa subcontratista NO CUMPLA con esa caúsula del contrato mercanteil, ¿en base a qué concepto legal se va a apoyar el contratista para, por ejemplo, retenerle el pago de los trabajo o, por ejemplo, no permirtile trabajar en el tajo esa jornada (lucro cesante)? ¿en base a un criterio que YA DICE que no tiene validez reglamentario NI LEGA ?

    Hola de nuevo ventamina,

    En mi anterior post ya dije (puedes volver a leerlo):

    “Más adelante se indican unas observaciones que hay que tener en cuenta, pero que no impiden que, por contrato, se exija la presencia de recurso preventivos también para las subcontratas.

    Y lo quise decir precisamente para demostrar que después también habían una serie de observaciones a tener en cuenta, quedando así claro que no tenía pensado ocultar ningún texto.

    Concretamente hay dos observaciones, pero como también dije: ninguna de ellas prohíbe que, por contrato, se pueda exigir a los subcontratistas que cuenten con recursos preventivos propios (por supuesto sin eximir al contratista de la obligación de designar al suyo: esta es la segunda observación).

    Y respecto a la primera observación, eres tú quien debe volver a leerlas, porque no es la primera vez que leo intervenciones tuyas con términos del tipo “lucro cesante”, “fraude de ley”, etc.,, dando la impresión que te manejas en el lenguaje jurídico. Sin embargo de poco sirve si no sabes leer un texto tal cual está escrito.

    La primera observación NO DICE que esta exigencia NO TENGA VALIDEZ REGLAMENTARIA NI LEGAL, como tú afirmas

    Lo que dice es que:

    “…tal existencia no tiene apoyo legal o reglamentario, sino exclusivamente forma parte de las obligaciones que cada una de las partes asume en el contrato privado y que la otra introduce como clausula condicionante de la suscripción del mismo”.

    …que no es lo mismo que afirmar que no tiene validez legal.

    Yo aquí lo dejo. Interprétalo como mejor te parezca.

    Saludos.

    #425984 Agradecimientos: 0
    Tomperu
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    54
    noviembre 2011


    Experto

    @Vintces C C wrote:

    CRITERIO TÉCNICO Nº. 83/2010

    APARTADO SEGUNDO: EMPRESAS QUE DEBEN ASIGNAR O ASIGNAR LA PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS

    B) SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

    4.”…. en base al CONTRATO MERCANTIL suscrito entre ellas, un contratista puede exigir también a los subcontratistas que cuenten con sus recursos preventivos, …”

    Más adelante se indican unas observaciones que hay que tener en cuenta, pero que no impiden que, por contrato, se exija la presencia de recurso preventivos también para las subcontratas.

    Hola en mi opinión:
    Uno de los principios básicos del derecho actual es el de clausura, simplificando: “Todo lo que no esta prohibido esta jurídicamente permitido”.
    Entiendo que la IT da el criterio en base a este principo juridico.

    Un acuerdo entre partes que no viole ninguna legislación es valido, eso si el citado acuerdo no restaría las responsabilidades a la parte contratista en la PRL marcadas en la ley.

    #425986 Agradecimientos: 1
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    @ventamina wrote:

    Oye, yo aquí vengo a aprender y a compartir. Ni más ni menos. Te recomiendo que te leas la Ley 42/1997 sobre Inspección de trabajo, y si consideras que los criterios técnicos tiene validez legal, allá tú, pero bien claro que te lo he dicho.

    Yo vengo a lo mismo. Y no he considerado que los criterios técnicos sean siempre obligatorios, como ocurre con otros criterios de otros órganos que también conoces. Agradezco que intervengas, más aún si el tema lo he abierto yo, esté de acuerdo o no con tus comentarios. Pero entre nosotros este tema no se reabierto por la validez legal que tengan los criterios de la I.T. sino por el comentario que hiciste sobre:

    “..indícanos en qué parte del criterio ITSS se indica que por contrato ¿??? se puede exigir la presencia de recursos preventivos a las ”’subcontratas”’

    Si preguntas esto, entiendo que desconoces parte del criterio de la IT (no pasa nasa por ello). Yo me limité entonces a contestarte dónde figuraba, sin más. Continuaste después citando textos de dicho criterio que se parecían, pero no se correspondían con el mismo. Y por eso he contestado como lo he hecho. Siempre en base al contenido de dicho criterio de la IT, acertado o no por.

    Saludos.

    #425988 Agradecimientos: 0
    Tomperu
    Participante
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    54
    noviembre 2011


    Experto

    @Vintces C C wrote:

    Buenas tardes.

    Una vez leído el contenido de este enlace os agradecería que me dieseis vuestra opinión sobre los tres asuntos que os propongo (aclaro que en ningún momento me estoy refiriendo a los Recursos Preventivos del R.D. 171/2004):

    1) La “Disposición adicional decimocuarta.Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción” (LPRL) dice claramente que todo el contenido del art.32 bis de dicha Ley “es de aplicación” en las obras de construcción.

    … Pero no dice que dicho artículo sea EXCLUSIVO para obras de construcción. No hace una mención exclusiva a las obras sino a centros de trabajo en general,… y como la disposición adicional decimocuarta dice que el artículo 32 bis. “es de aplicación” … pero no dice que “será únicamente de aplicación”: ¿Puedo entender que aunque la disposición 14 se refiera a él en términos de aplicación en obras: ¿dicho art. 32 bis es de aplicación SOLO a las obras o a todos los centros de trabajo?

    2) ¿Y el art. 22 bis del RD 39/97?. Comienza con: “DE CONFORMIDAD con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995…”. Y si el 32 bis (LPRL) no es exclusivo de obras, éste tampoco debería serlo. Y menos aún si este artículo habla de evaluaciones de riesgos (iniciales y sucesivas) y planificaciones preventivas (si fuera exclusivo de obras entiendo que hablaría de Planes de Seguridad y anexos)

    Con el criterio de la I.T. (83/2010) parecía que los recursos preventivos solo podían ser nombrados por el Contratista pero leída así, literalmente la Ley, parece que no. Como dice el artículo, no están obligados, pero tampoco la Ley lo prohíbe.

    3) Luego entonces, entiendo que se puede exigir en los Planes de Seguridad y Salud también la presencia de los recursos preventivos (NO a los que se refiere el RD 171/2004, que ya sé que sí), … sino para los supuestos del art. 32 bis y 22 bis.

    Y, de ser esto último así, ¿se pueden exigir en los Planes dicha “presencia” de los Rec. Preventivos de las subcontratas … pero eliminando la obligación de la formación mínima del Nivel Básico? (teniendo en cuenta que no todos la tienen, sería un obstáculo este cumplimiento cuando lo que me interesa es que los recursos preventivos de las subcontratas estén presentes en las situaciones que marca el art.32 bis de la LPRL y 22 bis del RD 39/97, vigilando también la correcta realización de SUS trabajos, aparte del Rec. Preventivo del Contratista)

    Gracias.

    En mi opinión resumiendo:
    ¿La contratista puede exigir, contractualmente, que la subcontrata disponga de recursos preventivo adicionales a los mininos marcados en el ordenamiento? Si.
    ¿Se puede ser recurso preventivo o trabajador asignado sin el NB? No
    ¿La contratista puede exigir, contractualmente, que la subcontrata disponga de “vigilantes de seguridad laboral” Si.
    ¿Debe de incluirse en el PSS la figura del VSL? Pues tengo mis dudas al no estar incluida su figura dentro de la PRL. La veo mejor acomodo dentro del contrato mercantil del contratista y la subcontrata.

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    #425983 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    ¡Hola!

    Sí, ya se que me subo tarde al carro, qué le vamos a hacer, pero es que he tardado una eternidad en leerme tantos post… oh, bof, que mal me sale fingir, vale no me los he leído todos, ¡pero! no me resisto a dejar una opinión crepuscular.

    Básicamente, creo que hay un error de interpretación muy gordo y es el de dar al PSS un valor “contractual” (pongo “lo que quiero” que ata al receptor que lo asume), cuando de eso ya se encarga el contrato en sí; el PSS va por otro camino.

    El PSS debe su cumplimiento a un mandato legal (por un lado) motivado por concentrar las medidas de seguridad de la obra (por otro lado). Luego la propia norma regula qué es un PSS y lo que debe contener, y yo no puedo poner lo que me venga en gana fuera de ese marco (en este caso, que los subcontratistas posean un recurso preventivo en obra porque sí). Si no se justifica, es decir, si no aporta nada a la seguridad en la obra, no es el sitio para indicarlo.

    Con esto pasamos a la siguiente vuelta de tuerca, que es considerar que la aportación de RP por parte de los subcontratistas sí que eleva la seguridad de la obra (y por tanto, se puede “obligar” a ello en virtud de su inclusión en un PSS). ¿Seguro? Vamos a ver…

    Un RP es “el último cartucho” en materia preventiva. Igual que los EPI: los necesito porque no he podido limitar suficientemente el riesgo, y como no puedo, pues venga, a vigilar. Por tanto, si yo incluyo los RP-subcontratistas en un PSS, estoy cantando a los cuatro vientos que la obra tiene un montón de riesgos que no voy a poder controlar de ninguna otra forma (salvo de la manera más extrema, con RP a tutiplén, añadidos a/los del contratista), lo cual a MÍ ME DICE que: a) El PSS está poco mesurado y se me ha ido a lo “fácil”, que es controlar riesgos en vez de evitarlos; b) Que se han saltado los pasos preventivos básicos, que también hay que tener en cuenta en un PSS; c) que el contratista no va a aportar los RP necesarios para cumplir con la obligación que tiene por ley.

    Luego está lo de reclamar la presencia de los RP-subcontratistas vía “contrato mercantil”, que por poder puede incluirlo. Yo no entiendo que sea abusivo (allá cada uno con lo que pide/acepta, ahí entran motivaciones económicas que para el caso no interesan), sino simplemente intrascendente a efectos preventivos.

    Y no me os enfadéis, que ya sabéis que mis razonamientos a veces son un poco retorcidos.

    ¡Saludos!

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #425989 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    193
    junio 2004


    Experto

    @Sirgudlab wrote:

    Y no me os enfadéis,…… .

    Qué tal Sigurlab, te hago unos comentarios sobre algunas cosas que dices (y sin enfadarme):

    “Básicamente, creo que hay un error de interpretación muy gordo y es el de dar al PSS un valor “contractual” (pongo “lo que quiero” que ata al receptor que lo asume), cuando de eso ya se encarga el contrato en sí; el PSS va por otro camino.”

    Estoy de acuerdo en que en un PSS no se puede poner lo que uno quiera sin más. Pero es que en un contrato tampoco. En este sentido no van por distinto camino. De entrada, recordar que yo no me estoy refiriendo a los recursos preventivos de las subcontratas (eso ya lo dejé atrás, para no confundir nombramientos o “presencias”), sino a responsables de seguridad en las obras. Y si la I.T. permite que, por contrato, se exija la presencia de un recurso preventivo, pues entiendo que con mayor motivo también pueda estar permitido exigir la presencia de responsables de prevención en obra (que no recursos preventivos) para aquellos trabajos que las subcontratas realicen y sean considerados como peligrosos. Pero solo para SUS propios trabajos y sin necesidad de disponer del nivel básico (las diferencias con las obligaciones del recurso preventivo de la obra, como la presencia en las actividades del Plan que así lo requieran,… son evidentes). Yo no exijo esta presencia de responsables de las subcontratas para las actividades del PSS, sino para las que dicte el 32 bis, 22 bis, Anexo II, ya sabes … por ahí anda mi texto en color azul.

    No deja de ser curioso que, bajo la Ley de Subcontratación se exija el nombramiento de un Responsable de la Dirección de los Trabajos cuya presencia en obra servirá para “Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra” (así por lo menos interpreto yo la obligación del nombramiento en el Libro de Subcontratación …. y, en temas más específicos prevención, el nombramiento de responsables de prevención en SUS trabajos, sin embargo, esto pueda suponer un problema. Y, en el texto que cito en mi post, en azul, aclaro para que no haya dudas sobre mis intenciones hacia ellos: que esto no exonera del deber de nombramiento del recurso preventivo de la Contratista. Así no hay dudas.

    “la propia norma regula qué es un PSS y lo que debe contener, y yo no puedo poner lo que me venga en gana fuera de ese marco (en este caso, que los subcontratistas posean un recurso preventivo en obra porque sí). Si no se justifica, es decir, si no aporta nada a la seguridad en la obra, no es el sitio para indicarlo.”

    Parte de lo que dices ya lo he comentado antes. Pero de aquí me quedo con el tema de la “justificación”. Sigurlab, a modo de opinión personal: ¿crees que todo esto hay que justificarlo realmente?

    Después de abrir este hilo (ya tenía en mente este tema hace tiempo), al visitar una obra hace una semana, me encontré con que los trabajadores de una subcontrata (TODOS) ni estaban utilizando los medios auxiliares adecuadamente (ni algunos de estos tampoco venían adecuados) ni llevaban el casco puesto: ni tan siquiera su responsable en obra, al que solicité que llamaran para hablar con él. De hecho, su respuesta fue que él allí NO SE RESPONSABILIZABA DE NADA.

    Así no hay manera. Un matiz: aunque he mencionado a una subcontrata, los incumplimientos que vi en esa obra (bueno, y en otras) eran extensibles a la casi totalidad de las subcontratas (por cierto, casi todos los trabajos se pararon). No es de recibo que estas empresas vengan a una obra pensando que la seguridad es solo cosa del Contratista (responsable solidario, vale). Pero: ¿y sus responsabilidades?. No se trata de poner 10 recursos preventivos (al final, con tanto nombramiento y responsable, la casa por barrer), sino de que cada empresa vigile los trabajos que son reglamentariamente peligrosos (aquí yo no invento nada).. y a SUS trabajadores. Solo hace falta ver el interés y participación que LA MAYORÍA suelen poner en las reuniones de seguridad para comprobar el caso que harán después. Y eso que están informados, y formados y cualificados ….. pues yo lo que veo es que, en materia de prevención, ni están realmente informados … ni tal y tal. ¿Solución?. Algunos dicen que se encuentra en el bolsillo, otros que la solución está en la p… calle y yo creo firmemente que está sobre todo en la ya archiconocida CONCIENCIACIÓN. Pero como alguien dijo: “pensar que se puede tener un accidente no motiva” .. más aún si “en la obra y en sus empresas hay tantas figuras con responsabilidades preventivas que les puede hacer pensar que la seguridad es cosa de otros, cuando en primer lugar es cosa suya”. Por tanto, que sean conscientes de que Sí tienen responsabilidades. Y con el PSS encima de la mesa donde se celebre la reunión.

    Un RP es “el último cartucho” en materia preventiva. Igual que los EPI: los necesito porque no he podido limitar suficientemente el riesgo,

    Me sé de un caso, y quizás vosotros conozcáis más, en el que un trabajador pudo salvar su vida gracias a que llevaba el casco puesto … y gracias a que alguien (no fui yo) le insistía una y otra vez que se lo pusiera. Después del accidente (al trabajador no le pasó nada, al casco sí), el trabajador se dirigió a quien le aconsejó tantas veces y le dio las gracias por haberlo hecho. Mereció la pena gastar el último cartucho, aunque lo suyo hubiera sido no gastar tantos antes, por supuesto.

    Y todo esto sin mencionar los constantes incumplimientos que ponen en peligro sus vidas (incumplimiento del art.29 de la LPRL) y la de otros trabajadores, no usan sus equipos adecuadamente, quitan protecciones colectivas que luego no reponen … seguro que todo esto lo sabes bien ¿verdad?. Pues, por todo esto, en el PSS figurará este texto y, como en él se dice, existirá un nombramiento expreso de dicho responsable (que no recurso preventivo) y, en la práctica, se le responsabilizará a ÉL de SUS trabajos y sus trabajadores. Y quizá, en caso de incumplimientos, el que se vaya a la p…. calle sea él. Y no los trabajadores a su cargo.

    O yo, por pasarme.
    O por no llegar, que es lo que intento evitar.

    Saludos.

    #425991 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
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    193
    junio 2004


    Experto

    Que sea compartida, así de sencillo. ¿Acaso la prevención no es cosa de todos?

    #425993 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @ventamina wrote:

    Alguacil, métalos en el calabozo!!!

    O otra muesca mas en el revolver, que viene muy bien para la carrera profesional.

    #425994 Agradecimientos: 0
    nebuna
    Participante
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    mayo 2008

    Iniciado

    una cosa que me sorprende es que la propia IT pide la presencia de recursos preventivos a las subcontratas. ¿cuando? pues por ejemplo al aprobar un plan de desamiantado, donde las funciones de RP se las asignan a la subcontrata (siempre que no actue como contratista) incluso en las visistas que hacen ni siquiera piden la presencia del RP de la contrata, mira que piden cosas y eso como que … no

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  • El debate ‘ OBLIGACIONES RECURSOS PREVENTIVOS DE SUBCONTRATAS’ está cerrado y no admite más respuestas.