Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 20)
  • Autor
    Entradas
  • #63919 Agradecimientos: 0
    SafetyManager
    Participante
    2
    0
    septiembre 2001

    Iniciado

    Mi pregunta es la siguiente: Sabiendo que el Convenio de la Construcción está vigente, ¿donde dice exactamente que la formación de 8 horas primer ciclo es obligatoria desde ya?

    La pregunta puede parecer absurda, pero en el convenio no se recoge que esa formaciónhaya que darla a partir de una fecha en concreto, salvo la que relaciona con la TPC en 31 de diciembre de 2011.

    Saludos.

    #365706 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Pues PRECISAMENTE por eso. Si no dice nada (por ejemplo, en las típicas Disp. Transitorias), es porque lógicamente se sobreentiende que lo que pone el convenio se aplica desde que entra en vigor.
    ¿A qué nadie hace la misma pregunta del apartado retribuciones, vacaciones, etc.?

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #365707 Agradecimientos: 0
    SafetyManager
    Participante
    2
    0
    septiembre 2001

    Iniciado

    En vacaciones o horas extras se dice que para el año 2010 …. Pero en formación no ciene contemplado, tu lo has dicho, se presupone, se sobreentiende, se deduce; pero juridicamente no se especifica cuando es obligatorio esa formación.

    A ver si alguien me saca de dudas.

    #365708 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Es muy sencillo. En el momento de su publicación en el BOE, todo lo que pone en el convenio es de obligado cumplimiento.
    Otra cosa es que debido al colapso de la FLC la inspección de trabajo haya dejado un margen de tiempo para exigirlo.

    #365709 Agradecimientos: 0
    SafetyManager
    Participante
    2
    0
    septiembre 2001

    Iniciado

    Vuelvo a lo mismo, de acuerdo que está en vigor el convenio, pero si atendemos a lo que se dice referente a la formación, se indica que será de primer ciclo, etc. Se presupone que es obligatorio, pero no se dcie que a partir de tal fecha deberá ser requisito para poder acceder a obra.

    #365710 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    La formación del Convenio de la Construcción es legalmente exigible desde su publicación en el BOE.

    #365711 Agradecimientos: 0
    carlos mar
    Participante
    0
    febrero 2006


    Safety, dentro del poco (aunque cada vez más) conocimiento jurídico que tenemos los técnicos está el conocer que una norma (y el convenio lo es) entra en vigor EN SU TOTALIDAD (salvo apartados específicos que recojen otras fechas de forma EXPRESA) cuando lo indique la propia norma:

    ARTÍCULO 7.- ÁMBITO TEMPORAL.
    1. Dada su vocación de permanencia y estabilidad normativa, el presente Convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011. Su entrada en vigor se producirá a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

    Y a lo que iba con la de la prueba del nueve: ya existe una sanción de ITSS a una de las “grandes” por no disponer de formación de 1º ciclo.

    Así que nos toca espabilar a todos.

    Un saludo.

    #365712 Agradecimientos: 0
    JAI73
    Participante
    0
    enero 2010


    como bien te dicen otros compañeros, la formación es exigible desde la fecha de entrada en vigor del convenio.. Y no hay que confundir con la fecha de la TPC, aunque sea necesaria la formación para la obtención de la TPC.

    Cualquier empresa te puede solicitar esa formación para entrar en obra…

    #365713 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    A ver, hago dos matices sucintos en base a lo que se está comentando sobre este tema y lo que se ha entendido que he dicho, porque creo que hay algo de confusión:

    1) Un convenio colectivo (CC) NO entra en vigor cuando se publica n el BOE, sino cuando el propio CC lo indica. Su publicidad en el Boletín Oficial es un requisito legal que tiene más que ver con su difusión e información que con su funcionamiento.
    Sólo faltaba que en un acuerdo entre partes (empresario y representantes de los trabajadores) fuera el Estado quien decida cuando entra en vigor o va a durar (art. 86 y 90 del ET). El CC entró en vigor 20 DÍAS después de su publicación en el BOE. (art. 7 del CCGSC).

    2) Cuando digo que se “presupone” que el requisito de la formación es exigible desde ya aunque no diga nada, no es porque lo “presuponga” yo, sino porque el CC no dice nada al respecto. Y si no dice nada, la única fecha que queda es la de entrada en vigor. Sólo faltaba que el convenio tenga que indicar un plazo de funcionamiento para cada uno 241 artículos. No, no, no, el plazo GENERAL es el de entrada en vigor, y si hay algo que matizar respecto al tiempo de ejecución de alguna medida acordada, se matiza (en una disposición transitoria, como ocurre con la TPC). Como no hay nada, pues nada, toca quedarse con la fecha de entrada en vigor del CC. Aplicación por defecto, pura y dura.

    Un saludo.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #365714 Agradecimientos: 0
    67613
    Participante
    4
    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Sería interesante leerese antes el Estatuto de los Trabajadores…

    … y si queda alguna duda, fácilmente puede ir uno a Inspección de Trabajo y preguntar allí, por si uno no se fía de lo que escribe en un foro (que es lo sensato), ya que tiene también la función de asesoramiento ante la duda.

    En cuanto a la pregunta que hace: pues que es sancionable desde la entrada en vigor del IVCCC, o sea, desde el 2007… otra cuestión es que IT haga la “vista gorda” ante la imposibilidad de poner en práctica el acuerdo por la falta de medios de la FLC…

    Hasta luego!

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    #365715 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    En cierto modo safetymanager tiene razón. El convenio solo establece el contenido de la formación, pero no dice ni qué trabajadores tienen que realizar esa formación ni cuando.
    S
    in embargo si establece que es obligatorio tener la TPC a partir de diciembre de 2011, cuales son los trabajadores beneficiarios de la misma y qué formación mínima tienen que tener.

    Por lo tanto cabe pensar que la formación es obligatoria cuando sea obligatoria la TPC.

    Yo pienso que la obligatoriedad de la formación del convenio viene impuesta por la LEY de Subcontratación y concretamente por el artículo 12 del RD 1109/2007:
    “De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, las empresas deberán velar por que todos los trabajadores que presten servicios en las obras tengan la formación necesaria y adecuada a su puesto de trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales, de forma que conozcan los riesgos y las medidas para prevenirlos.
    2. Sin perjuicio de la obligación legal del empresario de garantizar la formación a que se refiere el apartado anterior (Se refiere al articulo 19 de la LPR), los convenios colectivos sectoriales de ámbito estatal podrán establecer programas formativos y contenidos específicos para los trabajos de cada especialidad, incluidos los referidos al personal que ejerce funciones de
    dirección”

    Es por ello que la formación del convenio, no slo de la construcción, sino del metal o de la madera es de obligado cumplimiento en base al RD 1109/2007.

    Un saludo.

    #365716 Agradecimientos: 0
    juliosaiz123
    Participante
    0
    marzo 2010


    En el articulo 134 del IV CGSC (obligatorio desde el momento de su publicación) aparece que la formacion de primer ciclo es la mínima en materia de PRL y es aquella que nos permite solicitar la TPC, aparte de otras condiciones.
    He visto que se hace referencia a la falta de medios de la FLC, para impartir la formación de la que habla el convenio. Les recuerdo que existen los SPP y SPAj, que una vez homologados están autorizados para impartir dicha formación.
    La FLC da formación sin coste para las empresas (aparte de la cuota que estas pagan) y los trabajadores.

    #365717 Agradecimientos: 0
    67613
    Participante
    4
    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Pues podrás pensar que tiene razón… pero en la última obra que estuve nos hiceiron mandar un requerimiento a todas las empresas subcontratista que teniamos en obra para que los trabajadores tuviesen la formación PRL del IVCCC con un plazo de 6 meses a partir de la fecha de la visita… A nosotros como contratistas nos indicaron que no podía entrar a obra ningún trabajador nuevo que no tuviese la formación RPL del IVCCC realizada… Vosotros mismos.

    Hasta luego!

    #365718 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Vale,¿pero en base a qué? ¿A lo establecido en el Convenio Colectivo? o al mencionado art. del RD 1109/97?

    #365719 Agradecimientos: 0
    Eskorbuto
    Participante
    0
    marzo 2008


    Esto de la formación del convenio me recuerda cuando se aprobo la LPRL, que únicamente acrditaba a las Mutuas como SPA, eso si TODAS las empresas del Pais debían tener una Evaluación de Riesgos (sin saber exactamente de que debía constar) a la fecha de entrada en vigor de la Ley.

    Ay que tiempos más bonitos aquellos en los que todo el mundo quería tener su ER…..sin saber muy bien para qué o por qué, pero bueno lo decía una Ley…..Ay reuerdo las asesorías, a la Inspección, al empresario todos diciendo “pero niño hazme la ER”.
    Pues esto es lo mismo por que unos GILIPOLLAS como la FLC y los SINDICATOS que también firmaron el convenio se les haya pasado el “insignificante” detalles que a 2 MILLONES de trabajadores no se les forma con una varita mágica, yo no pienso pagar las consecuencias, nadie me puede obligar a que mis trabajadores reciban la formación con “cualquier” entidad homologada……yo he presantado la solcitud a 3 de ellas y me han dado lista de espera hasta despues del verano……pues espero.
    Eso si coincido con todos los que han dicho que es obligatoria desde la firma del convenio, pero cojones vaya “expertos” en prevención firmas uno de los convenios que mas nos afectan

    Un saludo

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 20)
  • El debate ‘ Formación 8 horas inicial’ está cerrado y no admite más respuestas.