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3 octubre, 2008 a las 18:21:57 en respuesta a: Firma del Plan de Seguridad y Salud #83534 Agradecimientos: 0
yo como CSS pido que sea redactado por TSPRL, si observamos la redacción del acta de aprobación de mi colegio profesional, estipula en una de sus clausulas o condicionantes el nombre del autor del plan y competencia para redactarlo (TSPRL), quizas no debiera ser obligatorio, pero no tengo otra manera de comprobar a priori que ha sido realizado por una persona que entiende de prevención y que se va a manejar en mis mismos terminos cuando surja una duda o modificación al respecto. Trato de evitar me envien el mismo plan que la obra anterior sin que este detras una persona con una cierta formación que bien es cierto algunos les habra costado mas que a otros incluso alguno casi medio regalada.
28 septiembre, 2008 a las 19:19:00 en respuesta a: Asunción total del PSS de otro contratista #84465 Agradecimientos: 0buenas Vald
el plan debe ser redactado por la empresa z, no vale asumir el de la empresa y.
si hay un accidente en obra y llaman a declarar al tecnico/a redactor del plan a quien van a llamar? el coordinador va a asumir esta situacion?la red tiene mas de 4 puntos de atado, lo unico que solo estan en dos de los 4 lados que tiene la red, salvo que esta sujeta en los 4 vertices evidentemente
podria subcontratar siempre que se cumpla lo que marca el “famoso punto f”.
aparte deberia estar inscrita en el REAtambien destacar que el requerir que la empresa subcontratada tenga un recurso preventivo no exime a la empresa contratista de tenerlo y que ejerza sus funciones en obra ( ojo a eso), lo mismo que no es obligatorio tener ISO 9001 y si no lo tienes no trabajas para “grandes empresas” el obligar a las empresas a disponer de recursos preventivos tiene la ventaja que te aseguras la presencia en obra de gente con mejor formacion en seguridad ( en teoria)
el recurso es abligatorio que los ponga el contratista como lo marca la normativa, indica que minimo debe ser uno pero no dice que no pueda haber mas.
si hay un accidente en un trabajo donde debiera haber un recurso preventivo, la empresa contratista debera justificar por que no estaba presente, por que si es necesario la empresa contratista debe poner mas de uno.
otro tema interesante sera justificar que la persona que desarrolla las funciones de recurso es adecuada a tal funcion.24 julio, 2008 a las 10:31:07 en respuesta a: ley de subcontratacion. Vigilancia de la contratacion indefinida a subcontratistas. #91851 Agradecimientos: 0quisiera apuntarte Ziredna , que hay una pequeña diferencia legal entre mentir(declaracion jurada) y falsificar
mira a ver si teneis convenio
3 julio, 2008 a las 15:32:54 en respuesta a: existe la figura de contratista principal? #94007 Agradecimientos: 0ojo, no hay un libro de subcontratacion por obra, sino un libro de subcontratacion por cada CONTRATISTA que subcontrate trabajos, si no subcontrata no tiene que haber ese libro
estoy de acuerdo con pilar, pero me gustaria aclarra que este tema no es de higiene, no trata un riesgo biologico(ver RD que lo desrrolla) sino un problema dentro del ambito de la seguridad, riesgo de accidente por seres vivos (se puede originar una lesion(corte, amputacion, raspadura, punzamiento…)
el CSS deberia ser imparcial, segun jurisprudencia no podria ser contratado por contratista, ni trabajar para el puesto se romperia este principio de imparcialidad salvo con el promotor al cual representa y aporta sus conocimientos tecnicos, el caso de empresa promotora-constructora es diferente
tendra que haber un estudio que ira con el proyecto a la hora de ser visado de encargarlo se encargara el promotor(A, y debera haber un plan de seguridad independiente que hara o mandara hacer el contratista(Ayto)
aunque legalmente no sea exigible los puntos de la ley, no debemos olvidar que un contrato bien sea de prestacion de servicios, proveedor… puede requerir la presencia o tenencia de los mismos.por ejemplo:
si quieres vender a renault un componente deberas tener certificacion ISO 9000,(que no es exigible legalmente tampoco)
por tanto en una obra el promotor o el contratista podrian exigirtelo,no asi el inspector de trabajoestas empresas seran consideradas como autonomos y por tanto no estaran inscritas porque no pueden subcontratar.
BUENAS GEMMA:
ANALIZANDOLO CON MIS COMPAÑEROS HEMOS LLEGADO A LA CONCLUSION QUE SI SE CONSIDERASE QUE ESTAIS HACIENDO MANTENIMIENTO NO HARIA FALTA, EN CASO QUE TUVIERA OTRA ENTIDAD COMO OBRA ,SI QUE HARIA FALTA TODOS LOS TRAMITES.
POR CIERTO, NO SERA EL TRINQUETE DE IRUN? -
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