Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: recuros preventivo-trabajador ETT #432978 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Pues entiendo que tienes toda la razón, puesto que no se pueden poner a disposición trabajadores que vayan a estar expuestos a riesgos especiales en obras de construcción, trabajos para los cuales es preceptiva la presencia del recurso preventivo.

    en respuesta a: Uso de mascarilla FFP3 en el embarazo #432916 Agradecimientos: 2
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Yo me preocuparía más que por la mascarilla por las bacterias, ya que las dos que mencionas son del grupo 2 (RD 664/97).

    No obstante, y más aún siendo trabajadora especialmente sensible, lo que hay que hacer es evaluar los riesgos del puesto de trabajo, si es que no se ha hecho ya, y consultar al Medicina del Trabajo y Vigilancia de la Salud de tu Servicio de Prevención. Lo que diga la matrona está muy bien, pero quien debe hablar es el Servicio de Prevención.

    en respuesta a: número de copias del pss #432894 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Entrégaselo en digital.

    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @ventamina wrote:

    @MAMBO JAMBO wrote:

    @Raymond10 wrote:

    Así que el problema es simplemente de actitud, de ganas y puede que de formación, tanto por parte de quienes debemos aplicar la legislación de PRL, como por parte de quienes deben fiscalizar su cumplimiento, y es en esa dirección en la que se debe avanzar, cada uno en el ámbito de actuación que tengamos.

    Permítame que me ria… ¿que un técnico DEBE APLICAR LA legislación?…. efectivamente esto no va nada bien, si desde la adminastricón pública dejamos que los téncico, que SON SOLO TRABAJADORES, se ganen la vida, y luego éstos se crean que les hemos entregado una ”’plaquita de sherifff””. Una verdadera lástima lo que está ocurriendo. de se run aprofesión preciosa, que podía ayudar a mucha mucha gente… se ha convertido en un paseillo de ””técnicos”” que creen ser el Fisacal General del Estado. Lo qu ehay que hacer es fulminar de una vez este NEGOCIAZO de los mástercitos de prevención y dejar de presumir lo qu eno somos: un país vanguardista. EN NINGUNA PARTE DE EUROPA pasa lo que pasa aquí con tanot SPA y tanta tonteria de ”’técnicos”’ que se creen lo sSUPERINGENIEROS del mundo. Si la fiscalia palicara a rajatabla la legislación, la otnteria se iba a acbar pronot…pero no lo hace y pasa lo que pasa. empresarios que creen contratar un ””seguro”’, ”’téncicos”” que NO SON MAS CURRANTES de una empresa, mal pagaos, desmotivados y sin ganas ni medios por realizar una profesión QUE NO ES TAL, porque la propia legislación lo impide… Por mucho y bien que se hagan desde algunas administrración y desde algunos servicios….o cambian la legislaci´n o esto sigue siendo un cancer que solo llevará a un trágico final… espero equivocarme… pero así no se puede seguir. Entre unos que se creen lo más y otros que no saben ‘lo mínimo’… hay un vacio que nos está comiendo a todos. Una lástima.

    Ventamina,

    Por quienes debemos aplicar la legislación en PRL me refería a las empresas en un sentido amplio, no sólo a la modalidad preventiva o al TPRL.

    Veo muy bien que te desahogues en el foro, pero cansa bastante cuando intervienes para no aportar nada y lo único que haces es intentar insultar, ofender y desprestigiar la profesión. Por otro lado se agradece cuando entras y borras tus mensajes cuando son este sentido.

    Un saludo,

    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @Raymond10 wrote:

    Buenas.

    Estoy de acuerdo contigo en ambos puntos, pero respecto del primero, ¿en cuantas obras en las que existe ese coordinador en fase de proyecto ejerce realmente su labor y en cuantas es designado simplemente desde un punto de vista formal? ¿en cuantas obras el proyectista le va a dejar hacer aportaciones en cuanto a la mejora de la seguridad, modificando el proyectista su proyecto? De momento por desgracia es ciencia ficción, pero poco a poco. Sigo pensando que es cuestión de establecer responsabilidades administrativas al promotor por no haber integrado la PRL en el proyecto (art. 8), y, porqué no, posibles responsabilidades civiles y penales en futuros accidentes en procesos de mantenimiento y reparación. Solo así los señores proyectistas cambiarán su actitud y forma d pensar.

    Efectivamente, vamos muy poco a poco, ya que aún no hemos sido capaces desde el 97 de aplicar o desarrollar por completo el RD 1627. Como dices falta la pata de la elaboración de los proyectos y todo lo que conlleva (ESS y CSSFP, mantenimientos futuros, procesos constructivos, elección de materiales…. en definitiva integración).

    ¿Por qué? Pienso que no es algo endémico del sector de la construcción ni de la actividad preventiva: Conforme se sube en la cadena de mando/funciones las responsabilidades se diluyen y cuesta más trabajo demostrarlas simplemente porque siempre hay un punto en donde las cosas, además de proyectarse y/o planificarse, se ejecutan, por lo que resulta mucho menos complicado depurar responsabilidades, del tipo que sean, en ese punto de la cadena, en el que además de los fallos o problemas propios de los ejecutantes se ponen de manifiesto fallos o problemas que vienen de la raiz, del momento en el que se diseñaba y planificaba. Esto lo vemos todos los días en las noticias, no solo en las obras.

    También estoy de acuerdo contigo en que es cuestión de establecer responsabilidades, del tipo que sean, al promotor por no haber integrado la PRL en el proyecto. A medio plazo puede ser la mejor manera de hacerles conscientes de sus responsabilidades a fin de que le exijan el cumplimiento a los proyectistas y direcciones de obra que contraten. Pero no creo que haya que inventar cosas nuevas, tan sólo aplicar lo que ya está legislado. En el caso que planteas, para procesos de mantenimientos futuros, respecto de responsabilidades administrativas, se podría aplicar perfectamente el RDL 5/2000, concretamente el art 12.16b, que considera como infracción grave “Las que supongan incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, siempre que dicho incumplimiento cree un riesgo grave para la integridad física o la salud de los trabajadores afectados y especialmente en materia de: Diseño, elección, instalación, disposición, utilización y mantenimiento de los lugares de trabajo, herramientas, maquinaria y equipos.

    Así que el problema es simplemente de actitud, de ganas y puede que de formación, tanto por parte de quienes debemos aplicar la legislación de PRL, como por parte de quienes deben fiscalizar su cumplimiento, y es en esa dirección en la que se debe avanzar, cada uno en el ámbito de actuación que tengamos.

    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Dos aportes:

    1 ) Si el ESS es redactado por una persona distinta al proyectista se consigue que sea necesaria la designación de un Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto. Si esta figura ejerce correctamente sus funciones se pueden mejorar los aspectos preventivos del propio proyecto de ejecución, por ejemplo al tener en cuenta trabajos futuros de mantenimiento, así como mejorar el contenido del ESS de forma que esté completamente relacionado e integrado en el proyecto del que es parte integrante. Así que si, me parece mejor solución la de que el ESS sea redactado por personas distintas, más aún si el redactor del ESS tiene formación y EXPERIENCIA en prevención.

    2) De las dos opciones que planteabas en tu libro siempre me he inclinado por la primera. El ESS debe ser un marco dentro del cual el contratista especifique, desarrolle, complete, ajuste a sus métodos constructivos…. De hecho pienso que el espíritu del legislador al elegir la opción de diferenciar entre ESS y PSS es precisamente ese, así que lo único que habría hacer sería avanzar en esa dirección, estableciendo de forma más clara y más detallada los objetivos de uno y de otro y por tanto sus contenidos mínimos obligatorios.

    en respuesta a: Empresario como recurso preventivo? #430748 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    La LPRL dice lo siguiente:

    “Se consideran recursos preventivos, a los que el empresario podrá asignar la presencia, los siguientes:
    Uno o varios trabajadores designados de la empresa.
    Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa.
    Uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa. Cuando la presencia sea realizada por diferentes recursos preventivos éstos deberán colaborar entre sí.”

    El caso que planteas no está entre los que contempla la ley, por lo que por muy empresario que sea no creo que pueda ser recurso preventivo independientemente de la formación que tenga, incluso en el caso de que asumiera personalmente la actividad preventiva.

    Sin embargo, sea RP o no, el empresario es el que tiene la obligación de velar por el que los trabajos se desarrollen de forma segura, así que… saca tus propias conclusiones:

    Art. 14.2 LPRL:
    “El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo.”

    en respuesta a: Recurso Preventivo Urgente Criterio Tecnico 83 #430314 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    El problema será que la persona que hayan designado como recurso preventivo será un encargado/jefe de obra/jefe de producción… que tendrá probablemente el nivel básico de prevención pero que no es parte del servicio de prevención mancomunado de la empresa. Si no tiene dedicación exclusiva a temas preventivos no puede ser parte del servicio de prevención, así que….

    en respuesta a: puntos de anclaje para línea de vida #430201 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Toda la información de la que estáis hablando te la debe facilitar el fabricante de la línea de vida en su manual de instrucciones, que es el que la ha diseñado, calculado y ensayado. Lo demás son elucubraciones. En el manual encontraréis la resistencia que tienen que tener los anclajes extremos (incluso que tienen que cumplir con UNE 795 ), la flecha de la línea, la resistencia… incluso te dirá las normas UNE que deben cumplir el resto de componentes del sistema anticaídas como conectores, arnés….

    Como ejemplo pongo esta ficha técnica, que aunque está en francés creo que se entiende bien:

    Puesto que hay una norma UNE para dispositivos de anclaje y que además comercialmente hay infinidad de soluciones para casi toda la casuística que se puede dar, me parece inadecuado usar otros no certificados por mucho cálculo o ensayo que le realice.

    Para la pregunta que iniciaba el post, vete a un anclaje certificado UNE 795 cuyo fabricante indique una resitencia mayor que la que te pide el fabricante de tu línea de anclaje, por ejemplo este:

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    en respuesta a: Un muerto y dos heridos al caerle un andamio #429988 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Es más, antes de darle al play al video, dentro del cuerpo de la noticia, a la izquierda del edificio se puede ver un contrandamio formado por cuatro plantas de puntales, que además de dos forjados en voladizo a partir de la 4ª planta soportan unas pantallas, así que el peso que soportan no es poco.

    Así que en esa obra el uso de este sistema de apeo ha sido algo extendido y por las consecuencias, parece que no ha sido calculado ni justificado porque a la vista está que uno de ellos se ha caído. Me asalta la duda de si este sistema de apeo esta recogido en el PSS.

    El uso de una cimbra formada por material tubular proyectada para las cargas propias del voladizo que tenía que soportar quizá hubiera evitado el accidente. Las razones por las que no se ha puesto me las imagino, las consecuencias del accidente ya las dice la noticia.

    en respuesta a: Un muerto y dos heridos al caerle un andamio #429987 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Si paráis el video en segundo 56 y miráis bien, veréis que lo que ha ocurrido es que se ha venido abajo un doble apuntalmiento, y además con los puntales inclinados.

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    en respuesta a: VIGENCIA DEL PLAN DE SEGURIDAD #429965 Agradecimientos: 2
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    El PSS se redacta en base a un ESS que es parte integrante de un proyecto. Cuando la obra se recepciona la construcción definida en el proyecto ha finalizado, lo que se refleja con el acta de recepción de obra firmada por todas las partes y que todos aceptan.

    Los trabajos en periodo de garantía son pequeñas reparaciones o trabajos de mantenimiento que se deben tratar como cualquier otro trabajo, es decir, sus riesgos tienen que estar Evaluados y las medidas que haya que implantar estar contenidas en una Planificación de la Actividad Preventiva. Los trabajos de este tipo que haga cada subcontrata deberá estar contenidas en su ER y PAP. Lo mismo para los trabajos del contratista, cuya función será la de realizar una correcta coordinación de actividades. Es más, estas reparaciones o trabajos en periodo de garantía no se contienen en ninguna partida del proyecto de ejecución, por lo que tampoco están contenidos en el ESS ni en el PSS, por lo que al final volveríamos a lo mismo, hace falta una ER y una PAP.

    en respuesta a: formación gerente – trabajador de obra #429943 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Si no es trabajador por cuenta ajena, como trabajador por cuenta propia (otra cosa sería como empresario) no le es de aplicación la LPRL y por lo tanto tampoco el art. 19 y mucho menos ningún convenio colectivo, así que legalemente eso es lo que hay. Otra cosa sería que el contratista, por temas de coordinación o de procedimiento, les pida alguna formación.

    Si fuera trabajador por cuenta ajena lo que te dice carlosgonzalez es correcto.

    en respuesta a: Muerte por caída a distinto nivel #429911 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Una muestra de la falta de profesionalidad que ha habido en el sector de la construcción durante los años del boom. Aún sigue habiendo, pero la crisis por lo menos ha hecho que el sector se profesionalice porque ha salido mucha gente. La proporción de especialistas ha aumentado, antes había de todo.

    Viendo las fotos, el estado de la obra, la falta de orden y limpieza, los materiales empleados, lo que la investigación dice… parece que en esa obra ninguno de los implicados sabía lo que hacía ni como se hacía, y si alguien lo sabía miró hacia otro lado y no hizo su trabajo. Mi opinión es que si ese trabajador no se hubiera caído por el hueco de la escalera, cualquier otro accidente grave o mortal habría pasado antes o después. En esa obra ni en ninguna en la que hubieran participado ese equipo de obra se había hecho nunca nada en materia de prevención, así que ese hueco no es que no lo viera nunca nadie, sino que era la forma habitual de trabajar, así que antes o despues es normal que estas cosas pasen.

    en respuesta a: Linea de vida si o no #429832 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Con sólo tres metros de altura que tiene la cubierta quizá sea casi imposible usar una línea de vida por aquello de la altura libre necesaria por debajo de la línea. Consulta el manual de la línea de vida a ver que te dice al respecto porque probablemente, si la longitud de la línea es elevada, tengas una deflexión que sumada a la altura del trabajador y la longitud del cabo de anclaje haga que la altura libre que necesites sea mayor que esos tres metros que tiene tu cubierta, incluso si la instalas sobre postes o similar y ganas algo más de altura.

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