Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Interesante respuesta de la Inspección de Trabajo #429579 Agradecimientos: 2
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Es que antes de que algo se normalice, debe existir necesidad de normalización. Es decir, para que un sistema de protección determinado se pueda (o deba) normalizar primero se tiene que desarrollar, implantar y extender.

    ¿Acaso primero se redacto la UNE 1263 y luego se fabricaron las redes?
    ¿Acaso primero se redacto la UNE 13374 y luego se colocaron barandillas en las obras?

    Para casos fuera de norma, como los que se exponen en el link que puso De Locos (), la justificación de la efectividad de la protección mediante cálculo o mediante ensayo debería bastar. De lo contrario, sí una buena justificación técnica de la efectivad de una protección no fuera suficiente, la falsa creencia o mito de que las protecciones no normalizadas son inseguras y/o ilegales lo único que hará será que los sistemas constructivos avancen, los equipos de trabajo avancen, los medios auxiliares avancen…. pero la prevención en las obras no. El fundamentalismo sobre la normalización de las protecciones ahogará la ya de por si poca capacidad de innovación que tenemos respecto a las medidas preventivas en las obras.

    Dicho lo anterior, si hay productos o sistemas normalizados, mejor que mejor y no cabe otra que usarlos. Pero es que no todas las situaciones pueden resolverse de la mejor manera con estos sistemas, así que como he dicho anteriormente, en estos casos, la justificación técnica debería servir.

    P.D. ¿Llegará el momento en que alguien empiece a decir que los sistemas de gestión en PRL no normalizados son inseguros, ilegales o ineficaces?

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    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Mira el punto 3:

    Te dice que un SPM tiene que tener los mismos recuros humanos y materiales que un SPA.

    Mira los recursos que se exigen a los SPA:

    Por lo tanto, según planteas, tu SPM no tiene los recursos necesarios para realizar la actividad preventiva de las empresas que lo componen, así que entiendo que si, que te han asesorado bien.

    El RD39/97 sólo te deja, a mi mode de ver, una opción respecto de concertar actividades preventivas con otros y es que textualmente se dice que los SP tienen que tener los medios necesarios para realizar las “evaluaciones habituales en la práctica de las especialidades citadas, así como para el desarrollo de las actividades formativas y divulgativas básicas”. Así, se podría justificar el “sacar fuera” evaluaciones o actividades muy específicas que requieran de medios y conocimientos muy especializados, como por ejemplo algunas evaluaciones higiénicas o ergonómicas o formación especializada, como pudiera ser por ejemplo la del convenio de la construcción.

    Para todo lo demás, el SPM deberá contar con los medios necesarios para realizarlo. Si la empresa tiene bastante dispersión territorial, pues el SPM deberá estar adaptado para poder realizar las actividades preventivas en todos los centros.

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    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Yo no conozco ningún caso porque es dificil de justificar con criterios objetivos. Además, el que finalmente se diga que progresivamente hay que mejorar los concocimientos preexistentes mediante la realización de un curso de nivel básico hace que esa opción quede bastante limitada, más aún 17 años despues de la publicación del RD 39/97. Quizás en el momento de su publicación si que hubiera personas desempeñando previamente funciones parecidas y que se pudieran acoger a lo dispuesto en estos puntos hasta que la formación de nivel básico se generalizara y la pudieran cursar.

    Así que ante la duda y la indefinición, lo correcto sería formación de nivel básico y cualificación profesional para los trabajos en los que realiza las funciones de nivel básico.

    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @De locos wrote:

    ¿Y la formación en PRL incluida en los módulos de FP? No tiene convalidación con título de nivel básico ¿No?

    No, lo único que hay que pudiera ser parecido es esto:

    Punto 2, apartados b y c

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    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @xirgu wrote:

    En primer lugar, GRACIAS por el documento.
    Y en segundo lugar, desde un punto de vista preventivo me parece una medida cojon…… y aplicar los principios de la acción preventiva por real decreto. Ahora bien, desde un punto de vista industrial/comercial/…….. SE HAN METIDO EN UN JARDÍN de la pera limonera ya que con ese criterio TODAS las máquinas que pululan por estos mundos de Dios, carretillas, telescópicas, dúmper de obra, retros, camiones articulados (lagartos), extraviales e incluso las PEMP deberían disponer de cabina FOPS.
    Ya veremos como acaba pero los que nos dedicamos a esto ya tenemos un argumento más.

    Efectivamente, ¿y algo tan común como esto, qué?:

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    en respuesta a: Interesante respuesta de la Inspección de Trabajo #429567 Agradecimientos: 2
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Una prueba de que no todo vale para todo y de que hay que calcular, ensayar, justificar…:

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    en respuesta a: Interesante respuesta de la Inspección de Trabajo #429562 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Pongo índice real de un manual de instrucciones de redes de seguridad de cierre vertical que, evidentemente, no están fabricadas bajo ninguna norma:

    1. INTRODUCCIÓN
    2. DEFINICIONES
    2.1. Red
    2.2. Red de seguridad de cierre vertical.
    2.3. Malla
    3. DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA RED DE SEGURIDAD DE
    CIERRE VERTICAL Y ELEMENTOS AUXILIARES
    3.1. Componentes principales:
    3.1.1. Red
    3.1.2. Cuerda perimetral
    3.1.3. Zócalo o Rodapié
    3.2. Componentes auxiliares:
    3.2.1. Anclajes metálicos
    3.2.2. Cuerda de unión
    4. INSTALACIÓN, MONTAJE Y DESMONTAJE
    4.1. Montaje de redes de seguridad de cierre vertical.
    4.2. Desmontaje de redes de seguridad de cierre vertical.
    5. ALMACENAJE, INSPECCIÓN Y SUSTITUCIÓN.
    5.1. Almacenaje de redes de seguridad de cierre vertical.
    5.2. Inspección de redes de seguridad de cierre vertical.
    5.3. Sustitución de redes de seguridad de cierre vertical.

    Sin embargo, la descripción de los componentes del sistema es muy escasa, por ejemplo:

    “3.1. Componentes principales.
    3.1.1. Red de seguridad
    La red tiene un ancho de 3 metros de ancho por la longitud deseada, y son de fácil colocación.
    La red tiene una malla de 100 mm y sus trencillas están fabricadas con fibras de polipropileno alta tenacidad con tratamiento antisolar contra los rayos ultravioleta.”

    Punto, no hay más. No se las características mecánicas de la red ni si está ensayada y bajo que criterios….

    El fabricante sólo me dice que:

    “1.- INTRODUCCIÓN.
    Las redes de seguridad de cierre vertical están diseñadas para impedir la caída de personas al vacío.
    Su función es el cerramiento perimetral de las estructuras en edificación.
    Además de proteger los huecos del forjado, también sirve para impedir la caída de personas en huecos de ventana y de escalera.”

    ¿Suficiente, no? ¿Como asegura el fabricante la efectividad de la red para el propio fin que él le da? ¿Se le debe exigir la justificación de dicha efectividad? ¿puedo esperar a corto plazo respuestas por parte de los fabricantes?

    Me respondo:

    1ª pregunta: Al menos es un intento, pero creo que no.

    2ª pregunta: Debería ensayarlas. Si no hay método de ensayo pues habrá que crearlo. No se hasta que punto ha llegado el grupo de trabajo AEN/CTN 81/SC 2/GT 7, que está desarrollando una norma para especificar los requisitos técnicos que deben cumplir estas redes, pero aunque no haya norma su trabajo podría servir como base

    3ª pregunta: si no tengo dicha justificación no sé si las protecciones que se usan son efectivas o no.

    4ª pregunta: por mucho que presione o exija a mis fabricantes, no creo que ninguno de los habituales se salga del guión y justifique nada por su cuenta sin que haya Norma de por medio.

    Por cierto, de redes horizontales para cubrir huecos horizontales de pequeño tamaño no conozco ningún manual. Solución adoptada, fabricación según UNE 1263-1 e instalación y puntos de anclaje según UNE 1263-2

    en respuesta a: Interesante respuesta de la Inspección de Trabajo #429560 Agradecimientos: 1
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    junio 2013


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    Antes de entrar al debate, que espero que se produzca, primero un inciso respecto a un punto en concreto de la respuesta dada por inspección:

    El que considere que la ley 21/92 de industria sea aplicable a la comercialización y puesta a disposición de las redes de seguridad me parece, cuanto menos, un poco aventurado:

    Ámbito de aplicación:

    Objeto de la seguridad industrial:

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    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    También se ha borrado el hilo en el que discutíamos sobre la adhesión al PSS y que empezó con alguien preguntando por un chaleco de alta visibilidad para un cerrajero.

    Supongo que se habrá borrado porque se incluyeron actas y documentación real de los SGPRL de algunas empresas.

    en respuesta a: Fotos de riesgos: ¿Permitiríais esta carga? #429355 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Transportar manualmente cargas por una escalera casi siempre supone un riesgo de caída por el mero hecho de no poder usar el pasamanos.

    en respuesta a: Plataforma elevadora autopropulsada tipo tijera #124398 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @caragola wrote:

    Es que el trabajo de poner ladrillos en la fachada de un edificio se realiza mejor desde dentro…

    Esto no va con el tema de la PEMP, pero me ha llamado al atención, y es que eso de que el cerramiento de fachada se realiza mejor y más seguro desde dentro…. es cuanto menos muy discutible.

    en respuesta a: Andamio de cremallera o sobre mástil #429172 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Por ejemplo, en la imagen del link se puede ver un caso en donde pueden ser necesarios los cálculos, ensayos y justificaciones de las que hablo.

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    en respuesta a: Andamio de cremallera o sobre mástil #429171 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @caragola wrote:

    Pero yo mantengo una cuestión que es la siguiente, se trata de una maquina específica y por lo tanto, se subcontrata el aporte y montaje de la misma, cuestión que no tengo porque saber cómo se hace. Solo tengo que contratar a un profesional para ello…

    El resto se resume a que te pasen un acta de montaje, cumplimentado y frmado, con las obligaciones que como usuario debes realizar y lo que no debes realizar.

    Si lo va a usar otra empresa, pues hay que darle la formación, certificados, etc.

    Respecto a lo otro, es todo lo que se le debe pedir a cualquier subcontrata: documentación juridico-laboral, etc. que debes conocer ya.

    Cuando contratas el trabajo de una grúa de gran tonelaje solo pides la documentación de la maquina y la formación del conductor, no empiezas a pedirle los ensayos, modificaciones, cálculos, etc. etc. ¿o si?
    Un saludo

    Vamos a ver, una PTDM se monta y se desmonta para cada utilización, además de que su configuración puede ser variable debido a posibilidad de un mástil o dos mástiles, diferentes longitudes, anchuras, extensibles…. Si la configuración no está recogida en el manual de instrucciones o bien si considero que la información que se aporta no es suficiente, los cálculos, ensayos… para ampliar información están más que justificados. No hay que olvidar que el director de montaje debe ser un técncio competente que, junto con el fabricante, puede realizar estos cálculos.

    Por ejemplo, uno de los puntos más importantes para asegurar que estas máquinas sean seguras son los anclajes a una estructura fija. Respecto a esto último, los manuales de instrucciones no suelen dar mucha información. Los hay que te dicen marca y modelo del anclaje y los hay que no te dicen nada de nada acerca de qué resistencia se requiere para el anclaje. Pues bien, en este caso necesito saber que resistencia necesitan mis anclajes para que la PTDM no se desplome y pido que el instalador me justifique qué anclajes va a usar.

    Es más, la investigación de un accidente real en que se desplomó un PTDM en una obra de rehabilitación determinó que la causa del accidente era el uso de anclajes inadecuados porque el hormigón era antiguo, estaba degradado y no era de buena calidad y se fracuturó sacando los anclajes… si se hubieran calculado y justificado los anclajes se habría detectado el riesgo con anterioridad, actuando en consecuencia.

    Más. Casi todos los datos referentes a anclajes a estructura fija se refieren a anclajes a hormigón. ¿Es que no se puede fijar este equipo de trabajo a una estructura metálica, por ejemplo? Pues claro que sí, fijando mediante tornillería o mediante soldadura, pero el instalador o el fabricante lo tendrán que justificar y determinar qué anclaje es el adecuado. En caso de soldadura también se requirirían ensayos de la misma, digo yo.

    Respecto de las pruebas de carga, los PSS que redactamos incluyen la realización de una prueba de carga documentada del 110% de la CMU una vez que se instala el primer anclaje del mástil. ¿Exagerado, no es legalmente exigible, hay fabricantes que no dicen nada al respecto…? Quizá, pero como medida de comprobación me parece de lo más acertado porque la estabilidad del PTDM depende de lo adecuado de los anclajes.

    Es decir, el tema de cálculos, ensayos o comprobaciones dependerá de las características específicas del montaje que vayas a realizar, cuya necesidad la tendrás que evaluar con anterioridad e incluir en tu PSS.

    en respuesta a: Andamio de cremallera o sobre mástil #429167 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    Además de lo que te indicaban que tiene que tener las PTDM por ser máquinas (declaración CE de conformidad, marcado CE, manual de instrucciones….), respecto del montaje del equipo, es necesario tener lo siguiente:

    – Dirección del montaje por una persona competente.
    – Formación de los montadores sobre los riesgos, medidas preventivas y normas de seguridad a aplicar para el montaje.
    – Formación específica sobre el montaje del PTDM, a ser posible sobre el modelo en concreto que se va a instalar, en base al manual de instrucciones del fabricante.
    – Nota de cálculo para configuraciones no recogidas en el manual de instrucciones del fabricante.
    – En caso de que el manual del fabricante no defina el tipo o resistencia de los anclajes del mástil a una estructura fija, cálculo y/o definición de los mismos.
    – Plan de montaje, utilización y desmontaje para configuraciones no recogidas en el manual de instrucciones del fabricante.
    – Revisiones realizadas al PTDM antes del montaje.
    – Prueba de carga una vez montado y antes de utilizarlo.
    – Certificado de montaje firmado por el director del montaje.
    – Formación sobre el manejo del PTDM impartida por el director del montaje a los trabajadores usuarios.

    En el certificado de montaje se debe recoger los siguiente:
    – Datos del instalador
    – Datos del usuaria
    – Nombre director del montaje.
    – Nº de serie del PTDM
    – Configuración de montaje
    – Capacidad máxima de carga
    – Resultados de la prueba de carga
    – Listado de comprobaciones a realizar por los usuarios
    – Croquis o plano con la ubicación del equipo
    – Fecha de puesta en servicio

    Importante también la realización de revisiones periódicas por parte del instalador una vez que se haya instalado, por ejemplo mensuales.

    en respuesta a: Evaluacion de riesgos de ruido #132350 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
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    junio 2013


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    @caragola wrote:

    @gonsso wrote:

    Hola, soy un estudiante que esta cursando el master de prevención en la especialidad de higiene industrial y tengo que realizar un trabajo fin de master.
    Me gustaria disponer de algun ejemplo de como realizar dicho trabajo o ejemplo practico.

    Haber si alguien pudiera ayudarme, muchas gracias.

    Si necesitas aglo en concreto dilo.

    Un saludo

    Joder, desde agosto de 2007 creo que ya habrá acabado su master.

    No entiendo la utilidad de responder y subir post de hace 6 o 7 años, en fin…

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