Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 15)
  • Autor
    Entradas
  • #72793 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Buenos días compañeros.

    He subido a mi blog, wwww.diagnosticoprlconstruccion.com 3 sentencias que considero de interés.

    La primera de ellas es una Sentencia de un Juzgado de Instrucción en el que se condena al autor de un Estudio de Seguridad a abonar el importe de un acta de infracción impuesto por la Inspección de Trabajo al promotor debido a la generalidad del Estudio de Seguridad y Salud. El promotor impuso demanda ante el juzgado, pidiendo que la cuantía de la sanción impuesta por la Inspección de Trabajo fuese abonada por el autor del Estudio, Técnico competente, que además era el autor del proyecto.

    La sentencia invita a la reflexión acerca de realizar estudios de seguridad genéricos, y más los que son realizados en muchos casos por los propios proyectistas, que en algunos casos son una mera copia del anexo del R.D. 1627/97. Es más, me gustaría conocer vuestra opinión acerca de que los proyectistas realicen los estudios de seguridad de las obras en las que elaboran el proyecto, pues por un lado son los que mejor conocen la obra a ejecutar, pero la experiencia nos dice que los estudios que realizan en la mayoría de los casos dejan mucho que desear.

    La segunda una sentencia es de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. En ella, se sanciona al autor del plan de seguridad y salud por no ser lo suficiente concreto a la obra. Este plan de seguridad concreta mucho más que el estudio de la anterior sentencia, pero aún así, la Inspección de Trabajo considera que no es suficiente

    La tercera sentencia, aunque es una sentencia de tipo mercantil, es de importancia en el tema de los contratos de obra entre contratistas y subcontratistas. Es una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, sección 3ª, en la que el TSJ desestima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa demandante contra la Sentencia del Juzgado de los Social nº 4 de Madrid, en reclamación sobre infracción en materia de prevención de riesgos laborales. En ella se imponía una infracción en el orden social muy grave: suscripción de pactos que tengan por objeto la elusión, en fraude de ley, de las responsabilidades empresariales: existencia de cláusula con el fin de eludir la responsabilidad solidaria de la empresa principal en supuestos de contratas y subcontratas; sanción procedente.

    Saludos.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #430888 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Muchísimas gracias, como siempre, Ramón.

    Ciertamente no me sorprenden estas sentencias y debo decir que hasta me agradan. La razón es que a diario me tengo que dar de cabezazos para intentar asesorar a empresas para que hagan las cosas bien. Empezando por esto de hacer un PSS como se tiene que hacer. Y en un gran porcentaje de ocasiones tengo el no como respuesta.

    Veo lógico reclamar al autor de un documento por las sanciones que se deriven de la mala praxis en su redacción, ya que para eso se contrata a un experto. El problema que nos traemos entre manos es un problema, creo, endémico en nuestra profesión: el cutrerío ahorra-cuartos y la persecución de muchos CSS para que los PSS sean copias calcadas de los ESS. Y a este último respecto… ¿qué PSS se derivó de ese ESS sancionado? Porque lo mismo se pueden matar dos pájaros de un tiro.

    Por otro lado, se entiende que hay que huir de lo genérico pero… seamos realistas con lo que ahora mismo se ve por ahí: ¿Se llega a la especificidad detallada en la sentencia, hasta el punto de marcar en qué estado está cada equipo que participará en la obra? ¿Se llega hasta el punto de señalar en qué nivelación está el terreno sobre el que se montarán andamios? ¿Se llega a visitar obra para verificar cómo se han montado andamios y certificar esto…? ¿Se verifica en qué estado están los EPIS que llevan los trabajadores, que en muchos casos son de otros tajos anteriores, pese a que en los pptos siempre se metan? No se, es que hacer todo esto puede llevar a que un ESS o PSS cueste lo que tiene que costar y por ello, encontrarte con que la empresa pase de pagarlo, aún a cuenta de que le hagan un verdadero churro.

    Creo que queda mucho por hacer y en ello las empresas promotoras, contratistas, la IT, y gabinetes provinciales tienen mucho que hacer y decir al exigir profesionalidad a las empresas.

    Reitero mis agradecimientos.

    Aitor

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #430889 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Raymond10 wrote:

    me gustaría conocer vuestra opinión acerca de que los proyectistas realicen los estudios de seguridad de las obras en las que elaboran el proyecto, pues por un lado son los que mejor conocen la obra a ejecutar, pero la experiencia nos dice que los estudios que realizan en la mayoría de los casos dejan mucho que desear.
    Saludos.

    Creo que el problema no es que hagan buenos o malos ESS o EBSS, sino que se les deje hacerlos. Me explico.
    Cuando uno sabe que lo haga bien o mal, no le va a pasar nada, entonces se descuida, y obviamente no gastas tiempo (dinero) en hacerlo mejor, salvo arrebato de profesionalidad. Allá cada uno.

    Los jueces, grandes ignorantes del asunto, y muy mal asesorados ya que quienes están cerca de ellos en simposiums y jornadas técnicas son precisamente contratistas y estudio de ingeniería y arquitectura, empresas de coordinación, etc.; no son capaces de entender la idiosincrasia de una obra, y por eso tienden a cargar tintas contra quien más claro lo tienen; el que se apellida “de seguridad”; y no contra quien en muchas ocasiones, ni siquiera aparece por la obra o raramente.
    ¿Por qué? Porque tienden a juzgar en base a los hechos reales de cada obra, y si alguien no pasa por ella ¿Cómo va a tener responsabilidad? La respuesta a esta pregunta se fácil si se sabe de ello; pero ellos no saben.

    Por eso, debería haber un esfuerzo didáctico importante de los colegios profesionales por hacer entender quién es quién en una obra.
    Pero …, claro, es que los arquitectos e ingenieros proyectistas pagan mucho más a los colegios profesionales, que otros pringaos que solo visan aprobaciones de PSS y poco más. Entonces, ¿A quién van a defender?

    En fin, como mucho de este país, se solucionaba con más educación, en este caso, de los jueces y fiscales; ya que a mí en principio no me parece mal que sean los proyectistas quienes elaboren el ESS (cuando no sea necesario CSS en fase de proyecto); primero porque lo dice la directiva, y segundo porque son ellos los que diseñan, luego ellos deberán esforzarse en diseñar para que pueda hacerse con seguridad.

    #430890 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Muchas gracias, Raimon10, por tus siempre magníficos aportes. Y respecto al debate que planteas:

    Los nuevos ingenieros/arquitectos/aparejadores y demás vienen con su formación en prevención de riesgos bajo al brazo porque, entre otras cosas, hay que concebir la prevención ya desde el diseño, en cuanto a construcción y ojo, también en el posterior mantenimiento. ¿Y eso cómo lo sé? Porque pertenezco a una familia de arquitectos, aparejadores e interioristas (so soy la oveja negra, jeje). Para los viejunos los colegios organizan cursos y charlas y tal, pero si no quieren actualizarse, pues no hay tu tía. Confieso que no me he podido mirar la sentencia (eso será ya durante el fin de semana, porque ahora es imposible… 🙄 ) pero es un empujoncito a todos aquellos que les da igual la normativa, que ellos hacen los que les sale de los coj… 😕

    Y respondiendo a Aitor: Pues la verdad yo tampoco creo que ese nivel de detalle (repito, no me he mirado la sentencia) corresponda al ESS, y además teniendo en cuenta que en el momento de la elaboración igual ni se sabe qué empresas van a participar ni tiene por qué saberse. És justo y necesario ( 😀 😀 ) que en el ESS se especifique qué condiciones se tienen que cumplir, por ejemplo, si hay un terreno con desnivel, qué tipo de elemento auxiliar puede usarse y que características mínimas se le pueden exigir, qué tipo de instalaciones eléctricas debe haber (o hay) en la obra y por tanto qué requisitos eléctricos tienen que tener las máquinas (doble aislamiento, toma de tierra…) y cosas por el estilo. Pero el ESS no tiene que especificar qué hay o que no hay en algo que igual ni siquiera existe.
    Ese nivel de detalle, en un país multicolor correspondería al PSS, y estamos en las mismas. El contratista especifica sus datos, de máquinas, trabajadores, productos químicos (esos que tienen todos los paletas en su base de datos en la tablet que llevan a todos lados 😆 😆 😆 ) y en cuanto a los subcontratistas, pienso que habría que especificar el nivel de exigencia. Si se cumple se corrobora en un acta (en las reuniones que se hacen diariamente antes de empezar el tajo 😆 😆 😆 😆 ) y ya se puede dar acceso al subcontratista a la obra (que cuando está todo esto hecho, ya es hora de irse pa casa 🙄 )

    De Locos, tienes razón: Falta mucha formación… 😕 Y no sólo los jueces y proyectistas, sino mucha parte del personal de la mismísima santa AL 😕 😕 😕 😕 😕 Y así nos va.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #430891 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    970
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Es verdad que “adivinar” qué es lo que puede pasar en la obra no es de arquitectos, sino de visionarios. Pero sí hay cuestiones -como las que proponía nuestro odiado arquitecto calatrava- que se podrían estudiar.

    #430892 Agradecimientos: 1
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Para continuar generando el debate, incluyo un extracto sobre el Estudio y el Plan de Seguridad que escribí en mi libro “Diagnostico del sector de la construcción en materia preventiva”.

    Yo no tengo tan claro lo que otros compañeros defienden, que es la eliminación del Plan de Seguridad y Salud (PSS), hecho que se deriva de la Directiva 92/57/CEE sobre Obras de Construcción. Propongo dos soluciones, para intentar aportar alguna idea nueva, que dejo a la reflexión:

    Convertir el Estudio de Seguridad exclusivamente en un pliego de condiciones, donde se indique a los contratistas los requisitos mínimos que deben cumplir en cuanto a organización preventiva; reparto por escrito de funciones y responsabilidades en materia preventiva de toda la línea jerárquica de contratistas y subcontratistas; reglas de control de acceso de las empresas; obligación de mantener reuniones de planificación preventiva; deber de vigilancia de las medidas preventivas previstas en el PSS de la empresa contratista en toda la obra y de las subcontratas respecto de sus empleados; protecciones certificadas e instaladas de acuerdo a los manuales de instrucciones de los fabricantes; equipos de trabajo; medios auxiliares certificados e instalados de acuerdo a sus manuales de instrucciones, etc. También se podrían incluir instrucciones para cuantificar y valorar los diferentes costos reales de las medidas preventivas y para las certificaciones de esas partidas económicas, hecho también mencionado en el antiguo R.D. 555/1986. En definitiva, se trataría de establecer las reglas del juego para las empresas que van a intervenir.

    Lo siguiente sería exigir que el PSS fuese realizado por la empresa contratista asumiéndolo el empresario, pero elaborado en realidad por un técnico superior en Prevención, que además tuviese conocimientos constructivos. Esto se solucionaría si el PSS lo elabora un técnico superior en PRL conjuntamente con el jefe de obra. No olvidemos que la autoría del PSS debe ser de quien tiene la obligación de cumplirlo, generalmente, el contratista, a través de su departamento de producción. Es un tema que se tratará más adelante.

    Esto plantea el inconveniente de que no exista un presupuesto medido y cuantificado de Seguridad y Salud. Pero la idea, con esta teoría, es que la SyS esté integrada en el sistema productivo, y que no lleve un presupuesto aparte, sino que en la oferta del contratista esté incluida en el propio sistema de ejecución (por ejemplo, en el precio del metro cuadrado de estructura estarán incluidos los medios auxiliares, materiales, redes bajo forjado, redes de seguridad tipo V y barandilla de protección en el forjado). Para evitar la picaresca, tan común en nuestro país, habría que establecer un presupuesto descompuesto para evitar bajas en este apartado.

    Si se adopta esta fórmula, el ESS debería poder realizarse en ocho o diez páginas, donde su autor estipulase como quiere que se ejecute la obra y algún plano aclaratorio (sobre todo el de implantación de la seguridad de la obra, el cual sí que debería estar trabajado y bien definido). Todo lo demás que es incluido en los ESS de la mayoría de las obras actuales es simple relleno, que realmente no aporta nada. Para aclarar lo dicho, intentaré poner un ejemplo. El autor del ESS debe indicar que durante la ejecución de una cubierta inclinada de teja, esta será protegida con un andamio perimetral certificado (UNE 12810, por ejemplo), o con otro sistema de protección colectiva certificado, pero no entrar en más detalles. Debería ser el contratista, quien en su Plan de Seguridad indicara qué tipo de andamio o qué tipo de protección colectiva va a instalar, incluyendo los datos de instalación, anclajes, etc., y los procedimientos seguros de montaje, lo que será aprobado por el CSSFE si cumple los requisitos exigidos. En definitiva, propongo que el ESS sea un documento donde se diga el QUÉ, y el PSS indique el DÓNDE Y CÓMO.
    Estimo que esta fórmula sería eficaz para obras de tamaño mediano y grande, donde las empresas adjudicatarias tengan una cierta infraestructura en PRL, pues nadie mejor que ellos conocen los medios que van a utilizar y podrán realizar un PSS adaptado a las condiciones reales del proyecto, con sus correspondientes anexos (los que fueran necesarios). Pero, para ello, el promotor deberá haber definido a priori y con claridad las “reglas del juego”.

    Eliminar el Plan de Seguridad y Salud, cuyo contenido sería recogido por el Estudio de Seguridad y Salud en un documento único. A este estudio se le irían aportando los propios procedimientos de trabajo de las empresas que fuesen incorporándose a la obra, sobre la base de sus propios medios, incluidos en su Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PPRL). Cuando hubiese mejoras del contratista, habría que incorporarlas como nuevos protocolos, procedimientos de trabajo o anexos al ESS, previa aprobación del CSSFE.
    Quizás esta fórmula fuese más adecuada para obras más pequeñas, donde el promotor contrata a diversos contratistas para ejecutar las diferentes partidas de obra. Podría haber un único documento de seguridad, con los PPRL de las diferentes empresas contratistas y subcontratistas ajustados a la obra. Es evidente que para aplicar esta fórmula, el nivel técnico-preventivo de los autores de los ESS debe incrementarse de manera notable.

    A ver que opináis al respecto.

    Saludos.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #430893 Agradecimientos: 1
    MAMBO JAMBO
    Participante
    33
    7
    junio 2013


    Iniciado

    Dos aportes:

    1 ) Si el ESS es redactado por una persona distinta al proyectista se consigue que sea necesaria la designación de un Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto. Si esta figura ejerce correctamente sus funciones se pueden mejorar los aspectos preventivos del propio proyecto de ejecución, por ejemplo al tener en cuenta trabajos futuros de mantenimiento, así como mejorar el contenido del ESS de forma que esté completamente relacionado e integrado en el proyecto del que es parte integrante. Así que si, me parece mejor solución la de que el ESS sea redactado por personas distintas, más aún si el redactor del ESS tiene formación y EXPERIENCIA en prevención.

    2) De las dos opciones que planteabas en tu libro siempre me he inclinado por la primera. El ESS debe ser un marco dentro del cual el contratista especifique, desarrolle, complete, ajuste a sus métodos constructivos…. De hecho pienso que el espíritu del legislador al elegir la opción de diferenciar entre ESS y PSS es precisamente ese, así que lo único que habría hacer sería avanzar en esa dirección, estableciendo de forma más clara y más detallada los objetivos de uno y de otro y por tanto sus contenidos mínimos obligatorios.

    #430894 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    @MAMBO JAMBO wrote:

    Dos aportes:

    1 ) Si el ESS es redactado por una persona distinta al proyectista se consigue que sea necesaria la designación de un Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto. Si esta figura ejerce correctamente sus funciones se pueden mejorar los aspectos preventivos del propio proyecto de ejecución, por ejemplo al tener en cuenta trabajos futuros de mantenimiento, así como mejorar el contenido del ESS de forma que esté completamente relacionado e integrado en el proyecto del que es parte integrante. Así que si, me parece mejor solución la de que el ESS sea redactado por personas distintas, más aún si el redactor del ESS tiene formación y EXPERIENCIA en prevención.

    2) De las dos opciones que planteabas en tu libro siempre me he inclinado por la primera. El ESS debe ser un marco dentro del cual el contratista especifique, desarrolle, complete, ajuste a sus métodos constructivos…. De hecho pienso que el espíritu del legislador al elegir la opción de diferenciar entre ESS y PSS es precisamente ese, así que lo único que habría hacer sería avanzar en esa dirección, estableciendo de forma más clara y más detallada los objetivos de uno y de otro y por tanto sus contenidos mínimos obligatorios.

    Buenas.

    Estoy de acuerdo contigo en ambos puntos, pero respecto del primero, ¿en cuantas obras en las que existe ese coordinador en fase de proyecto ejerce realmente su labor y en cuantas es designado simplemente desde un punto de vista formal? ¿en cuantas obras el proyectista le va a dejar hacer aportaciones en cuanto a la mejora de la seguridad, modificando el proyectista su proyecto? De momento por desgracia es ciencia ficción, pero poco a poco. Sigo pensando que es cuestión de establecer responsabilidades administrativas al promotor por no haber integrado la PRL en el proyecto (art. 8), y, porqué no, posibles responsabilidades civiles y penales en futuros accidentes en procesos de mantenimiento y reparación. Solo así los señores proyectistas cambiarán su actitud y forma d pensar.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #430895 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Muchísimas gracias, como siempre, Ramón.

    Ciertamente no me sorprenden estas sentencias y debo decir que hasta me agradan. La razón es que a diario me tengo que dar de cabezazos para intentar asesorar a empresas para que hagan las cosas bien. Empezando por esto de hacer un PSS como se tiene que hacer. Y en un gran porcentaje de ocasiones tengo el no como respuesta.

    Veo lógico reclamar al autor de un documento por las sanciones que se deriven de la mala praxis en su redacción, ya que para eso se contrata a un experto. El problema que nos traemos entre manos es un problema, creo, endémico en nuestra profesión: el cutrerío ahorra-cuartos y la persecución de muchos CSS para que los PSS sean copias calcadas de los ESS. Y a este último respecto… ¿qué PSS se derivó de ese ESS sancionado? Porque lo mismo se pueden matar dos pájaros de un tiro.

    Por otro lado, se entiende que hay que huir de lo genérico pero… seamos realistas con lo que ahora mismo se ve por ahí: ¿Se llega a la especificidad detallada en la sentencia, hasta el punto de marcar en qué estado está cada equipo que participará en la obra? ¿Se llega hasta el punto de señalar en qué nivelación está el terreno sobre el que se montarán andamios? ¿Se llega a visitar obra para verificar cómo se han montado andamios y certificar esto…? ¿Se verifica en qué estado están los EPIS que llevan los trabajadores, que en muchos casos son de otros tajos anteriores, pese a que en los pptos siempre se metan? No se, es que hacer todo esto puede llevar a que un ESS o PSS cueste lo que tiene que costar y por ello, encontrarte con que la empresa pase de pagarlo, aún a cuenta de que le hagan un verdadero churro.

    Creo que queda mucho por hacer y en ello las empresas promotoras, contratistas, la IT, y gabinetes provinciales tienen mucho que hacer y decir al exigir profesionalidad a las empresas.

    Reitero mis agradecimientos.

    Aitor

    Hola Aitor.

    En primer lugar, el plan de seguridad de ese estudio no era para tirar cohetes, pero evidentemente mucho mejor que el Estudio.

    Yo tampoco creo que se pueda, incluso se deba llegar al nivel de detalle que comentas. Creo que la virtud está en el término medio. De los planes y estudios genéricos existentes, copia-pegas y elaborados desde un punto de vista defensivo, no teniendo en cuenta procedimientos y métodos de trabajo, sino un listado de riesgos y medidas preventivas se debe llegar a un plan donde se establezcan procedimientos de trabajo operativos donde la PRL esté integrada en el proceso de ejecución. Y para ello no hay que volverse loco. Hay que sentarse a pensar como se realizan los trabajos e intentar documentarlos de manera preventiva. Y, después, habrá que ir haciendo las actualizaciones que sea necesarias, y no siempre tiene que ser con modificaciones al plan de seguridad. Debemos tener un poco de cordura para saber qué incluir como anexo al PSS y qué simplemente dejar documentado verbalmente, mediante una visita o mediante una instrucción al personal responsable de obra. Algunos CSS quieren que se documente todo mediante anexos al PSS, pero esto ni es operativo ni pienso sea lógico. Es interesante que veáis lo que opinamos respecto a esta cuestión en la Guía del PSS que realizamos en Murcia (en mi blog la podéis descargar).

    Pero una cosa está claro, y es algo que estamos denunciando muchos ya desde hace tiempo. La disciplina preventiva es compleja y requiere especialización, profesionalidad y TIEMPO. Y esto hay que pagarlo, por lo que no podemos ser nosotros los primeros que no quejemos de que hacer las cosas bien llevan tiempo y eso no se compensa. Tenemos que dignificar de una vez por todas nuestra labor.

    Saludos.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #430896 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
    Participante
    33
    7
    junio 2013


    Iniciado

    @Raymond10 wrote:

    Buenas.

    Estoy de acuerdo contigo en ambos puntos, pero respecto del primero, ¿en cuantas obras en las que existe ese coordinador en fase de proyecto ejerce realmente su labor y en cuantas es designado simplemente desde un punto de vista formal? ¿en cuantas obras el proyectista le va a dejar hacer aportaciones en cuanto a la mejora de la seguridad, modificando el proyectista su proyecto? De momento por desgracia es ciencia ficción, pero poco a poco. Sigo pensando que es cuestión de establecer responsabilidades administrativas al promotor por no haber integrado la PRL en el proyecto (art. 8), y, porqué no, posibles responsabilidades civiles y penales en futuros accidentes en procesos de mantenimiento y reparación. Solo así los señores proyectistas cambiarán su actitud y forma d pensar.

    Efectivamente, vamos muy poco a poco, ya que aún no hemos sido capaces desde el 97 de aplicar o desarrollar por completo el RD 1627. Como dices falta la pata de la elaboración de los proyectos y todo lo que conlleva (ESS y CSSFP, mantenimientos futuros, procesos constructivos, elección de materiales…. en definitiva integración).

    ¿Por qué? Pienso que no es algo endémico del sector de la construcción ni de la actividad preventiva: Conforme se sube en la cadena de mando/funciones las responsabilidades se diluyen y cuesta más trabajo demostrarlas simplemente porque siempre hay un punto en donde las cosas, además de proyectarse y/o planificarse, se ejecutan, por lo que resulta mucho menos complicado depurar responsabilidades, del tipo que sean, en ese punto de la cadena, en el que además de los fallos o problemas propios de los ejecutantes se ponen de manifiesto fallos o problemas que vienen de la raiz, del momento en el que se diseñaba y planificaba. Esto lo vemos todos los días en las noticias, no solo en las obras.

    También estoy de acuerdo contigo en que es cuestión de establecer responsabilidades, del tipo que sean, al promotor por no haber integrado la PRL en el proyecto. A medio plazo puede ser la mejor manera de hacerles conscientes de sus responsabilidades a fin de que le exijan el cumplimiento a los proyectistas y direcciones de obra que contraten. Pero no creo que haya que inventar cosas nuevas, tan sólo aplicar lo que ya está legislado. En el caso que planteas, para procesos de mantenimientos futuros, respecto de responsabilidades administrativas, se podría aplicar perfectamente el RDL 5/2000, concretamente el art 12.16b, que considera como infracción grave “Las que supongan incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, siempre que dicho incumplimiento cree un riesgo grave para la integridad física o la salud de los trabajadores afectados y especialmente en materia de: Diseño, elección, instalación, disposición, utilización y mantenimiento de los lugares de trabajo, herramientas, maquinaria y equipos.

    Así que el problema es simplemente de actitud, de ganas y puede que de formación, tanto por parte de quienes debemos aplicar la legislación de PRL, como por parte de quienes deben fiscalizar su cumplimiento, y es en esa dirección en la que se debe avanzar, cada uno en el ámbito de actuación que tengamos.

    #430900 Agradecimientos: 0
    MAMBO JAMBO
    Participante
    33
    7
    junio 2013


    Iniciado

    @ventamina wrote:

    @MAMBO JAMBO wrote:

    @Raymond10 wrote:

    Así que el problema es simplemente de actitud, de ganas y puede que de formación, tanto por parte de quienes debemos aplicar la legislación de PRL, como por parte de quienes deben fiscalizar su cumplimiento, y es en esa dirección en la que se debe avanzar, cada uno en el ámbito de actuación que tengamos.

    Permítame que me ria… ¿que un técnico DEBE APLICAR LA legislación?…. efectivamente esto no va nada bien, si desde la adminastricón pública dejamos que los téncico, que SON SOLO TRABAJADORES, se ganen la vida, y luego éstos se crean que les hemos entregado una ”’plaquita de sherifff””. Una verdadera lástima lo que está ocurriendo. de se run aprofesión preciosa, que podía ayudar a mucha mucha gente… se ha convertido en un paseillo de ””técnicos”” que creen ser el Fisacal General del Estado. Lo qu ehay que hacer es fulminar de una vez este NEGOCIAZO de los mástercitos de prevención y dejar de presumir lo qu eno somos: un país vanguardista. EN NINGUNA PARTE DE EUROPA pasa lo que pasa aquí con tanot SPA y tanta tonteria de ”’técnicos”’ que se creen lo sSUPERINGENIEROS del mundo. Si la fiscalia palicara a rajatabla la legislación, la otnteria se iba a acbar pronot…pero no lo hace y pasa lo que pasa. empresarios que creen contratar un ””seguro”’, ”’téncicos”” que NO SON MAS CURRANTES de una empresa, mal pagaos, desmotivados y sin ganas ni medios por realizar una profesión QUE NO ES TAL, porque la propia legislación lo impide… Por mucho y bien que se hagan desde algunas administrración y desde algunos servicios….o cambian la legislaci´n o esto sigue siendo un cancer que solo llevará a un trágico final… espero equivocarme… pero así no se puede seguir. Entre unos que se creen lo más y otros que no saben ‘lo mínimo’… hay un vacio que nos está comiendo a todos. Una lástima.

    Ventamina,

    Por quienes debemos aplicar la legislación en PRL me refería a las empresas en un sentido amplio, no sólo a la modalidad preventiva o al TPRL.

    Veo muy bien que te desahogues en el foro, pero cansa bastante cuando intervienes para no aportar nada y lo único que haces es intentar insultar, ofender y desprestigiar la profesión. Por otro lado se agradece cuando entras y borras tus mensajes cuando son este sentido.

    Un saludo,

    #430901 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Ventamina, tus últimas palabras recurren a tópicos, generalizaciones y exageraciones…. como muchas veces.

    Los técnicos deben “aplicar” lo que expone la ley cuando evalúan y determinan una medida preventiva, ayudando a la empresa a hacerlo. el concepto de “aplicar” es amplio, pero creo que debería entenderse.

    Tus excepcionales ideas aportan bastante al debate… sobre lo que no es PRL y sobre lo quemada que pareces estar.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #430899 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    En el fondo no te falta razón, Ventamina, sobre algunas cosas. Pero sobre esas cosas, con las que yo tampoco disfruto mucho en ocasiones, van a surgir siempre, por el simple hecho del “relevo y renovación del parque técnico”

    Ten en cuenta que a nosotros ahora muchas cosas nos parecen chupadas, pero alguna vez tuvimos que empezar desde cero y ahí es donde surgen muchas de esas dudas.

    Lo fácil es darles la respuesta, más complejo es aludir a que se intente buscar la solución, de acuerdo. Pero al menos en ciertos casos debemos tener un poco de “manga ancha” con el que pregunta algo que para nosotros parezca obvio, porque a lo mejor para esa persona no lo es.

    Es sólo por eso.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #430904 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Bien, me leí la primera yupppi!!!! 😆 😆 😆 Es que soy lentita leyendo 😆 😆 😆 😆 sobretodo textos jurídicos.

    Dice que el EBSS “se limita a realizar una reproducción tanto del texto articulado como de los anexos contenidos en el RD 1627” (como decía Raimon, deja mucho que desear, pero mucho mucho) es decir, que no era un simple copia y pega, era la mayor chapuza que hubiera podido hacerse como EBSS. Tengo el corazón partío: Por una parte, creo que es correcto que pague el tío, e incluso que devuelva a la empresa la pasta que cobró por hacerlo. Pero por otra, esto deja a la empresa sin sanción, y a ver, tampoco me parece correcto, porque uno no puede hacerse el tonto hasta cierto punto, y algo de culpa tienen. Tampoco me parece correcto. No sé.

    Además, está el temita que me pica también, que se ha tenido que llegar hasta un extremo irracional para que haya habido una sanción (¿Se hubiera podido demandar al tío si hubiera hecho un corta y pega de algún otro estudio de seguridad y salud algo más majo, de los que circulan por intennete y se usan habitualmente para este fin? mmmm no sé, no sé…)

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #430905 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    !Bieeeen ya me leí la segunda yuppi!!! Es que tenía la letrica más grande. Si hubiera tenido dibujitos la hubiera leído antes. ¿Por qué no pondrán dibujitos en las sentencias? Sería más entretenido 😆 😆 😆 😆 😆

    Bien, tonterías aparte, es una sentencia curiosa para “mezclar” con la otra. Yo he supuesto que lo que fue elaborado con anterioridad y visado por el colegio y que contenía una memoria y toda la pesca es blanco y en botella, por tanto no es el Plan de Seguridad y Salud, sino el Estudio de seguridad y Salud. Por tanto, volvemos a lo de antes. ¿Estaba mal el PSS porque el ESS estaba mal? Y si así era, ¿con no ser una mera copia del RD 1627 ya cuela como ESS? Solo se menciona la existencia del ESS… habría que verlo.

    Esta sentencia significa que cuando el ESS es una chufa patatera podemos ir a pie de obra y hacer el PSS de cero sin sufrir, porque lo que se mira en principio es que el PSS esté bien hecho y no que se reflejen los datos del ESS (miedo me daba a mí). De todas formas, aunque no fuera así, yo me sentiría más cómoda defendiendo ante un tribunal el hecho de que el PSS se parezca al ESS como una merla a un espartero (que no deja de ser un incumplimiento normativo) que defender que un trabajador ha tenido un percance porque en el PSS no estaban todos los riesgos porque no estaban todos en el ESS. Eso sí, una sanción por lo primero da mucha más rabia 👿

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 15)
  • El debate ‘ Sentencias de interés sobre Estudio de Seguridad y Plan’ está cerrado y no admite más respuestas.