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La Audiencia de Palma de Mallorca ha confirmado la sentencia de un juzgado mallorquín que concedió una indemnización global de 180.722 de euros (30 millones de pesetas) a los padres del joven vallisoletano Oscar M.S, fallecido en octubre de 1996 en la localidad de Andraitx al sufrir un accidente laboral cuando trabajaba en la construcción de un edificio.

En su fallo, al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, la Sección 2 de lo Penal de dicho tribunal confirma las indemnizaciones establecidas en primera instancia, consistentes en la concesión de 150.300 euros para la madre del joven y otros 30.000 euros para el padre, pero modifica la pena impuesta a los cuatro responsables del accidente ya que califica su conducta de falta de homicidio por imprudencia, en lugar de delito.

Por ello, las penas de 1 año de cárcel que impuso el Juzgado de lo Penal 5 de Palma a los cuatro condenados, Jaime V.C, Hipólito M.L, Mateo M.B. y Rafael G.R, se han visto reducidas ahora a multas de entre 2.400 y 720 euros.

Llama la atención el hecho de que la sentencia haya sido dictada pocos días después de que el abogado de la madre del fallecido, Ignacio Vegas, denunciara públicamente la presentación de una denuncia contra los tres magistrados de la Sección 2 de lo Penal de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca por el retraso de un año producido a la hora de resolver el asunto.

La denuncia contra los magistrados denunciados, el presidente de dicha sección, Juan C.M, junto con Francisco Javier M.F. y Eduardo C.S, este último en calidad de magistrado ponente, ha sido presentada ante la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, que ha confirmado la apertura del expediente y trámite de información oportunos para conocer las causas de dicho retraso.

Los hechos sentenciados ahora por la Audiencia mallorquina hacen referencia a la muerte de Oscar M.S, un joven vallisoletano de 24 años que en 1996 viajó hasta la isla y sufrió un accidente laboral el 7 de octubre durante los trabajos que realizaba en una obra.

La víctima, con la categoría de peón, se encontraba en un edificio en la calle Fábrica de la localidad de Andraitx y cayó de un segundo piso, desprovisto de vallas de seguridad y de red, tras tropezar mientras transportaba una carretilla cargada de material. Murió como consecuencia del traumatismo craneoencefálico sufrido.

El trágico accidente se tradujo en un juicio que se celebró en el Juzgado de lo Penal número 5 de Palma de Mallorca, cuyo titular, el 15 de mayo de 2001, condenó a cuatro personas, dos arquitectos, un constructor y un encargado, por delito de homicidio imprudente y les impuso penas de un año de cárcel e inhabilitación de tres años para el ejercicio de la profesión, junto con el pago solidario de una indemnización de 180.722 euros a la madre del joven fallecido.

Sin embargo, dicho fallo fue recurrido por las partes y llevó a la Audiencia Provincial a anularlo y a devolver los autos al Juzgado para que éste dictara nueva sentencia en la que se incluyera la indemnización que correspondía al padre del trabajador muerto, algo sorprendente, según la acusación particular, dado que el progenitor de la víctima no se había personado en el proceso, llevaba más de 20 años separado de su mujer y no tenía relación alguna con el fallecido.

El Juzgado de lo Penal 5 de Palma dictó el 16 de julio de 2002 una segunda sentencia que mantuvo las condenas impuestas a los responsables del accidente pero rebajó la indemnización otorgada a la madre de 180.722 a 150.300 euros. La cantidad reducida, 30.000 euros, fue concedida a su marido.

Esta última resolución fue nuevamente recurrida en apelación por las partes y es la que la Sección II de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca acaba de fallar, un año después de que los tres magistrados competentes se reunieran hace ya casi un año para estudiar el caso.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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