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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a una empresa de transportes a readmitir a una trabajadora despedida por las constantes faltas de asistencia al trabajo a causa de la migraña que padecía. La Sala de lo Social del TSJC ha ratificado la sentencia de 9 de octubre de 2001 del Juzgado de lo Social número 26 de Barcelona, que declaraba nulo el despido y condenaba a la empresa a readmitir a la empleada y a pagar los salarios de tramitación.

La afectada, Y.C.A., que desde noviembre de 2000 trabajaba como auxiliar administrativa para la empresa Altrans Transportes Labatut, dedicada al transporte de mercancías, sufría fuertes ataques de migraña que la obligaban a faltar ocasionalmente al trabajo y que fueron motivo de baja laboral de la trabajadora entre febrero y abril de 2001. Aunque sucesivos partes médicos diagnosticaron que la trabajadora padecía migraña, la empresa la despidió mediante una carta con fecha de 9 de abril de 2001 –cuando la mujer, además de estar de baja, acababa de dar a luz–, acogiéndose a motivos de despido disciplinario por el absentismo derivado de su dolencia.

La empleada impugnó el despido y la empresa acabó reconociendo que la había echado “de forma improcedente” y se comprometió a indemnizarla con 532.000 pesetas (3.197,38 euros), una oferta que la afectada rechazó. La trabajadora llevó el asunto a los tribunales, que le dieron la razón tanto en prmera instancia como ahora el TSJC. El Alto Tribunal catalán ha rechazado el recurso presentado por la empresa y ha ratificado la nulidad del despido, al considerar que hay “indicios suficientes” para creer que el empresario actuó con “un móvil contrario a los derechos fundamentales”.

El TSJC avala esta presunción en el hecho objetivo de que la trabjadora fue despedida cuando se encontraba en situación de baja por enfermedad. La sentencia señala que, con el despido, la empresa “escondía una represalia contra la trabajadora por el ejercicio legítimo de su derecho a causar situación de incapacidad temporal por enfermedad”.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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