Son como una especie de guardianes en la sombra, de notarios sobre ruedas. Conectados a la caja de cambio del vehículo en el que están instalados, registran los kilómetros recorridos por éste, la velocidad máxima a la que circula y el tiempo que su conductor pasa al volante.

Se trata de los tacógrafos y, aunque también evitan la competencia desleal entre las empresas de transporte, son «por su naturaleza delatora» una herramienta básica para la seguridad vial.

En nuestro país, son obligatorios desde hace 15 años, tras la adaptación de los reglamentos europeos sobre tiempos de trabajo y descanso de los conductores de vehículos de transporte. Dichas normas imponen este dispositivo de control en todos los de mercancías que tengan más de 3.500 kilos de Peso Máximo Autorizado (PMA) y en los de viajeros con capacidad para 10 o más personas, incluido el conductor. No obstante, entre estos últimos se excluyen los que cubran servicios regulares que no superen los 50 kilómetros.

Para evitar fraudes, el tacógrafo debe estar homologado y sus elementos de control precintados. De su instalación y reparación sólo pueden encargarse técnicos autorizados, que también deben revisarlos cada dos años.

De hecho, la tarea del conductor se limita a insertar la correspondiente hoja de registro (o disco), en la que el aparato irá copiando todos los datos referentes al viaje. Lógicamente, estas hojas son personales no se corresponden con el vehículo y sirven para un día.

Descanso

Si el profesional ha sido escrupuloso con las normas no puede haber conducido más de cuatro horas y media seguidas, con un descanso posterior de 45 minutos como norma general. En todo el día, no se admiten más de nueve horas al volante, si bien se permite que dos veces a la semana se llegue hasta las 10 horas.Además, en cada jornada de 24 horas debe haber 11 de descanso continuado.

En cuanto a la velocidad máxima, un autocar no puede rebasar, en el mejor de los casos, los 100 kilómetros por hora en autopista o autovía. En el tramo donde ocurrió el accidente del miércoles, esa limitación está fijada en 80 kilómetros por hora.

Precisamente la manipulación del tacógrafo para que registre una velocidad inferior es uno de los engaños más comunes que se cometen. En función de su gravedad, las infracciones cometidas en lo referente al tacógrafo -en 1999 se impusieron casi 50.000 denuncias- pueden acarrear desde una advertencia hasta multas de 1.382 euros (230.000 pesetas) e incluso la inmovilización del vehículo. Y si la infracción es cometida por el conductor, hasta responsabilidades penales.

En un intento por limitar los fraudes, a partir de 2003 entrará en vigor un nuevo tacógrafo digital, más seguro que el analógico actual. Al contar con un soporte informático, resulta más dificil de manipular. Además, está en discusión una nueva directiva europea sobre los tiempos de trabajo y descanso.

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El Mundo – Felix Cerezo

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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