Uno de los principios preventivos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es el de “Evitarlos riesgos”, lo que implica que si hasta la fecha este principio se hubiera aplicado con rigor, todos los accidentes de trabajo acaecidos desde su entrada en vigor se podrían haber evitado.

Sin embargo, y mal que nos pese a todos, los accidentes laborales se siguen produciendo y hasta el momento no hay manera alguna de eliminarlos.Cuando se produce un accidente de trabajo son muchas y muy diversas las gestiones que hay que llevar a cabo una vez producido, y a este tipo de acciones se las conoce como Gestión Integral de los Accidentes de Trabajo, e incluyen:

1º Asistencia al trabajador accidentado:

En este punto las actuaciones a seguir van a depender mucho de la gravedad del accidente:

– Si el accidente es de carácter leve, el empresario debe disponer del material de primeros auxilios necesario para hacer una pequeña cura.De igual manera, y cuando la situación así lo requiera, el trabajador debe acudir al centro médico de la Mutua concertada por la empresa, informando previamente de ello a su responsable directo.

En caso de ser necesaria la baja laboral, el facultativo de la Mutua emitirá el correspondiente parte, que el trabajador deberá entregar en la empresa.

– Por otra parte, si el accidente reviste especial gravedad, lo primero que se debe hacer es llamar al teléfono de emergencias 112, prestando una primera atención en primeros auxilios hasta que lleguen los servicios de emergencia. El traslado del accidentado será al centro de urgencias más cercano al lugar del accidente. Una vez que el trabajador ha sido atendido se le proporcionará un parte de asistencia e informe de urgencias que posteriormente será remitido y notificado a la Mutua para que ésta se haga cargo del resto del las gestiones: curación, rehabilitación, prestación económica de la incapacidad temporal, etc.

2º Tratamiento documental del accidente:

Otra de las obligaciones que tiene que asumir el empresario tras un accidente laboral es su notificación y registro. Dependiendo de si el accidente causa baja laboral o no, su notificación se llevará a cabo de diferentes maneras:

– Si el trabajador está al menos un día de baja como consecuencia del accidente de trabajo, sin computarel día del accidente, el empresario está obligado acumplimentar el Parte de Accidente de Trabajo.

– Si por el contrario el trabajador como consecuencia del accidente de trabajo no causa baja, tendrá que cumplimentar la Relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica.

El encargado responsable de su cumplimentación será el propio empresario, a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo(Sistema Delt@), accesible desde la dirección electrónica: www.delta.mtas.es. La información que introduce el empresario, es validada por la Mutua.

El plazo de notificación del accidente es de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se éste se produjo.

En caso de accidentes de trabajo graves, muy graves, mortales o leves que afecten a más de 4 trabajadores (pertenezcan o no a la plantilla de la em-presa), el plazo de notificación se acorta hasta las 24 horas.

Una vez que el empresario ha comunicado el Accidente de Trabajo a través del sistema DELTA, se harán llegar copias del parte a la Mutua responsable, a la Dirección General de Informática y Estadística del Ministerio de Trabajo, a la Autoridad laboral y al trabajador/a accidentado/a.

El registro y notificación de los accidentes proporciona un buen tratamiento estadístico, el cual nos ayuda a saber cuáles son los factores de riesgo predominantes en las empresas y de que manera se ponen de manifiesto.

3º Investigación de lo ocurrido.

La Ley de prevención también establece la obligación del empresario de investigar todos aquellos accidentes de trabajo que hayan dado lugar a lesiones. Por tanto, a partir del momento en que ocurre el accidente, se deben averiguar las causas que lo produjeron e identificar las situaciones de riesgo para implantar las medidas correctoras que resulten necesarias para evitar accidentes similares. Las reglas básicas para realizar la investigación son:

– Llevarla a cabo a la mayor brevedad posible.

– Limitarse a contemplar únicamente los hechos reales, y objetivos, evitando hacer juicios de valor.

– Recoger la máxima cantidad de información posible preguntando a testigos y mandos directos.

– Intentar reconstruir el accidente in situ mediante la disposición de los lugares y la organización del espacio de trabajo.

– Recabar información acerca de los materiales, métodos de trabajo, proceso productivo, capacidad profesional de trabajador, y formación.

– Evitar la búsqueda de responsabilidades: se buscan causas, no culpables.

En definitiva, cuando se produce un accidente de trabajo la empresa debe recoger la mayor cantidad posible de información, la cual deberá ponerse en conocimiento de los delegados de prevención y del Comité de Seguridad y Salud laboral, así como del servicio de prevención. Es importante que se dé este tratamiento unificado a todos los accidentes (incluidos los leves) e incidentes (accidentes sin que se haya producido lesión alguna), ya que conocer las causas de todos ellos permitirá adoptar las medidas necesarias para evitar que ocurran otros accidentes similares, porque tal y como dijo George Orwell “Quien controla el pasado controla el futuro”.

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Secretaría de Salud Laboral de Castilla y León – Boletín BOICCOOT nº 56

Fuente

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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