Este Nivel Básico no será preciso que quede reflejado en documento acreditativo aparte, simplemente estará incorporado al título de Técnico o Técnico Superior que cumpla el requisito mínimo enunciado en su propia norma de establecimiento y desarrollo curricular, incluso en la certificación académica del Módulo de Formación y Orientación Laboral como asignatura individual.

No sabemos, con precisión, si el precitado nivel habrá de ser genérico o cualificado. Lo más razonable, salvo que normativamente se explicitara, sería atender al sector de actividad en el que se desenvolvería el titulado.

Este camino marca un nuevo hito, pues la sustitución preferida por el RSP de la acreditación laboral a la formación académica es sólo para el Nivel Intermedio y el Nivel Superior (ver Disposición Transitoria 3ª del RSP), pese a que ningún precepto señale lo contrario acerca del Nivel Básico. Es posible que el Nivel Básico pueda quedar subsumido en un título académico, aunque siempre quedará el sistema de credenciales laborales y el Anexo IV del RSP como directriz.

Por otro lado, tomando como referencia el limitado campo de actuación así como su corta duración (referido al Básico), sería descabellada la creación de un título académico oficial en el que se tratara con exclusividad el mismo, por ejemplo, haciendo un símil, a imagen y semejanza del Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, un título de la misma Familia Profesional –Mantenimiento y Servicios a la Producción– con un hipotético “Técnico en Prevención y Protección Laboral” de Grado Medio con 1.300 horas de duración para equipararse finalmente a un Nivel Básico Cualificado; sería, llanamente, surrealista. Este camino de incorporación accesoria nos parece correcto y adecuado, aunque nunca privativo de la acreditación laboral.

Sólo el tiempo nos dirá si la Formación Profesional Genérica que se imparte, por ejemplo, en el Bachillerato, se acabará equiparando también al Nivel Básico, como está sucediendo con la Formación Profesional Específica.

También queda en el tintero qué sucederá con las enseñanzas artísticas, referido a los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño (conducentes a los títulos de Técnico o Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño), o, las enseñanzas deportivas (que culminan con la obtención de los títulos de Técnico o Técnico Superior Deportivos). Las primeras enseñanzas sí cursan el Módulo de Formación y Orientación Laboral, por lo que es muy probable la equiparación, mas las segundas no, aunque tienen unas materias “cuasi-paralelas” como Primeros Auxilios e Higiene en el Deporte y Seguridad Deportiva.

Para culminar, del sistema a extinguir derivado de la LOGSE apreciamos cierta problemática en los títulos de la Familia de Edificación y Obra Civil. Haciendo cierta interpretación, sería posible equipararles al Nivel Básico Cualificado.

0 0 votos
Valoración

Daniel Rodríguez Afonso

Daniel Rodríguez Afonso – Técnico Superior en PRL. Licenciado en Ciencias del Trabajo. Artículo publicado en la Revista Prevention World Magazine nº 34

Fuente Prevention World Magazine nº 34

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Suscribirme
Notificar de
guest
:arrow: 
:D 
:? 
8-) 
:cry: 
:shock: 
:evil: 
:!: 
:geek: 
:idea: 
:lol: 
:x 
:mrgreen: 
:| 
:?: 
:P 
:oops: 
:roll: 
:( 
:) 
:o 
:twisted: 
:ugeek: 
;) 
 
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios