El proceso iniciado a partir de la Declaración de Bolonia nos encamina hacia la creación del Espacio Europeo de la Educación Superior (EEES), promoviendo la convergencia de los distintos sistemas con el fin de mejorar la transparencia y la compatibilidad de los estudios, títulos y diplomas. La convergencia propiciada por este proceso se basa en tres ejes principales: la asunción de un modelo de titulaciones con dos niveles (grado y postgrado); la adopción de un sistema de créditos que permita su acumulación y transferencia; y la promoción de la movilidad académica en Europa.

Dentro de estos tres ejes capitales, la Declaración pone especial énfasis en la necesidad de integrar los diversos estudios en una estructura de dos niveles, en la que el primero conduciría a un título de grado, y el segundo de postgrado (Masters y Doctorados). El acceso al segundo nivel conllevaría la necesidad de completar estudios de primer nivel de una duración mínima de 3 años. El primer nivel debería además proporcionar un título relevante para el mercado laboral europeo, mientras que el segundo debería conducir a la especialización con la obtención del título de Master y/o Doctor.

Entre las reuniones llevadas a cabo en España, hace ya siete años se planteaba la necesidad en nuestro país de definir un primer título (Graduado) que habilite para el ejercicio profesional, con una duración en una banda de créditos a determinar.

En ese sentido se apuntaba ya la necesidad de:

  • Realizar un esfuerzo por definir, en las carreras que no cuenten con título intermedio, los objetivos curriculares básicos que capacitan para el ejercicio profesional, afín de configurar un título de graduado homologable.
  • Hacer especial hincapié en la precisión de los objetivos profesionales, ya que los estudiantes esperan de ese primer título una habilitación para el mercado laboral.
  • Reservar para el segundo título, ya de postgrado, la caracterización de especialidad.

En estos momentos la preocupación que se plantean las universidades es definir el enfoque de estos estudios y unificarlos; podrían servir como modelo organizativo los actuales Títulos Propios de las Universidades.

Basándose en las nuevas titulaciones universitarias, se conciben diferentes modelos de formación, dependiendo de la aplicación que se quiera conseguir. En estos momentos, las cinco universidades españolas que imparten la titulación Oficial, superior en Prevención de Riesgos Laborales, ha aplicado los siguientes criterios:

Primer ciclo: Conduce a titulación de GRADO, se ha descartado esta formación para la obtención del titulo en Prevención de Riesgos Laborales, ya que esta titulación prescinde de todas la materias consideradas como de especialización.

Segundo ciclo: Conduce a Titulación de POSTGRADO, es en la actualidad la que se considera como la más idónea para la formación en prevención de riesgos laborales, el alumno adquiere las mismas competencias generales atribuidas a los profesionales actuales. Existen 3 vertientes planteadas:

-Titulo Master:

1º-Especialización.

2º-Profesional. No se contempla investigación.

-Titulo Doctor:

3º-Doctorado, formará a tecnólogos e investigadores capaces de asumir las iniciativas de apoyo a la investigación. Esta opción requiere de Profesorado Doctorado, en estos momentos es difícil conseguir este perfil, pero mejoraría el nivel investigador en esta materia.

La preocupación general del colectivo actual de técnicos, respecto a la nueva formación universitaria en Prevención Riesgos Laborales, no debería suscitar tanta inquietud, ya que muchos rumores que están circulando son totalmente erróneos, pero reavivados por la poca claridad e información que la administración ha adoptado respecto a este tema.

Si se podrá, seguir ejerciendo como tal, es decir, como técnico superior en prevención de riesgos laborales, después de salir al mercado laboral la primera promoción de titulados universitarios; la respuesta es “sí” rotundo, en estos momentos podrán convivir los dos sistemas de formación, al seguir intactas las competencias generales atribuidas a los profesionales, está situación podría verse modificada en el momento que la Autoridad Educativa asuma el 100% de esta formación superior, pero en ningún caso se plantean incompatibilidades en el desempeño de las tareas y competencias profesionales de los técnicos superiores anteriores a esta formación, y que está autorizada por la Autoridad Laboral.

Resumen del artículo técnico publicado en PW Magazine nº 17.
Puedes encontrar el artículo completo en el nº 17 de la Revista PW Magazine (www.pwmagazine.com)

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Iván Santolalla Arrendó, Alberto Martín del Moral

Iván Santolalla Arrendó, Alberto Martín del Moral – Master Técnico Superior en las 3 especialidades

Fuente Prevention World Magazine nº 17

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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