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Yo veo más problema con el tema de la TPC que con lo del REA. ¿Tendrán que obtenerla las/los limpiadoras/es que vayan a “pasar el cubo y la fregona” para limpiar un final de obra, o una caseta? …
Pues a mí no me los dejan pasar sin el REA y todo lo demás. Por eso digo que tengo miedo cuando exijan la TPC… Recuerdo una discusión que tuve con la persona que nos pedía la documentación y no se apeó del burro: le daba igual cuál era nuestro convenio, ellos se regían por el de construcción y a la obra no entraba nadie si no se tenían todos los papeles.
Saludos.
Yo llevo la PRL de una empresa de limpieza y para realizar una limpieza de final de obra me lo piden continuamente. Y ya veremos a ver qué pasa con la TPC…
18 septiembre, 2009 a las 14:01:00 en respuesta a: % Trabajadores validan el Informe Psicosocial #344970 Agradecimientos: 0Yo trabajo en una empresa de limpieza. Tenemos unos 400 centros de trabajo y más de 1.000 trabajadores. ¿Algún consejo para realizar la evaluación psicosocial?
24 noviembre, 2008 a las 11:43:28 en respuesta a: Método de evaluación empresa de limpieza #76966 Agradecimientos: 0Gracias por vuestras respuestas, compañeros. El marrón ha venido por una denuncia de una trabajadora muy polémica que no se lleva bien con las compañeras. Yo entiendo que 3 meses para hacer un trabajo serio en materia psicosocial es muy poco tiempo. Así lo que se fomenta es el mero cumplimiento formal, pero esa es otra historia…
21 julio, 2008 a las 09:18:02 en respuesta a: FORMACION A DIRECTIVOS DE LA EMPRESA #92426 Agradecimientos: 0Disculpad que me salga un poco de madre, pero siempre pensé que lo que decía el RD 39/1997 iba a misa. Y ahí, los únicos cursos básicos que marca son 30 h y 50 h. ¿A santo de qué viene ahora el Convenio de la construcción a sacar el de 60 h, una tarjeta profesional y no sé cuántas parafernalias más? Sí, ya sé que la Ley de PRL y los RD marcan mínimos, pero vaya manera más absurda de complicar las cosas. Si en cada sector productivo les da por implantar cursos de 56 h, 100 h o 2.546,77 horas, y que sólo las puedan impartir entidades acreditadas por nosequéfundacionlaboraldedeshollinadores ¿dónde vamos a parar?
Pues que la minusvalía le viene precisamente de eso, de la adicción a las sustancias psicoactivas. A ver qué medidas preventivas le pongo. No me haría mucha gracia verme ante un juez y que me metan un puro por culpa de un inconsciente.
3 junio, 2008 a las 14:45:06 en respuesta a: Reconocimientos en minusválidos #97791 Agradecimientos: 0Hola Pierote
En mi empresa se procura conocer a los trabajadores que se contratan (aunque hay alguna que otra joya); y cuando son minusválidos se les solicita el certificado (es necesario por temas de Seguridad Social). Lo que ha pasado alguna vez es que se nos ha colado alguno que no ha dicho que es minusválido, con lo que imagínate el problema que puede surgir si esta persona sufre un accidente y se descubre que era discapacitado…
3 junio, 2008 a las 11:56:07 en respuesta a: Reconocimientos en minusválidos #97785 Agradecimientos: 0Otra duda: en el comunicado que envía el servicio de vigilancia de la salud, sobre un trabajador discapacitado, pone: “Apto condicionado a su grado de disminución del X %”. ¿Cómo sé qué tipo de disminución es? Si he de tomar las medidas preventivas oportunas he de conocer el tipo de discapacidad, ¿no debería informar vig de la salud sobre esto? ¿Y no choca esto con el derecho a la intimidad del trabajador?
Vaya, ya aflora la política por este foro… A algunos se les nota el plumero 🙂
El compañero Man0706 ha puesto sobre la mesa un tema interesante. Yo lo vivo en mis “propias carnes”; llevo la PRL de una empresa de limpieza, y no veas los edificios que nos encontramos a veces; limpiar algunos cristales exige diseñar verdaderas obras de ingeniería preventiva. Un caso flagrante son las azoteas y cubiertas donde no existe protección perimetral alguna; o sea, una caída al vacío limpia y despejada. Y el propietario dice que no pone una barandilla ¡¡porque estéticamente no queda bien!! Y del diseño ya ni hablemos… Qué país
Art. 19 LPRL: …”La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos…”. Por tanto, o la da un SPA o alguien perteneciente a la empresa. Entiendo que si no perteneces a una empresa, la formación que des no tiene validez legal.
La verdad es que alucino con algunas situaciones. Para mí, ponerse delante de un morlaco de 600 kg con dos pitones como punzones, responde exactamente a la definición de “riesgo grave e inminente”,y si me apurais, de imprudencia temeraria. Vaya contradicción. ¿Alguien conoce algún caso de torero corneado en que la Inspección haya actuado o haya metido las narices?… Qué país, señores
4 abril, 2008 a las 12:00:49 en respuesta a: La posición del técnico en prevención y su independencia de criterios #105736 Agradecimientos: 0Hola, compañeros. Yo soy el SPP en mi empresa, y quisiera hacer dos comentarios:
1. Si se endurecen las inspecciones, ¿no será aún más presión para el técnico? Hay una inspección, llega una sanción… ¿y qué piensa el empresario? “Esto es culpa del técnico: a la p… calle, chaval”.
2. Si los técnicos también somos trabajadores, nos ampara la Ley PRL. Por tanto, tendremos nuestro puesto evaluado. ¿La posibilidad de acabar ante un juez no supone un riesgo psicosocial? Yo entiendo que sí. Por tanto, hay que eliminar o reducir el riesgo. ¿Se puede reducir el riesgo? Si la respuesta es sí, que alguien me indique las medidas preventivas. Si la respuesta es no, habrá que eliminarlo el riesgo. ¿Solución? Me dedico a otra cosa, y admiro a todos los técnicos por su valor.
Gracias por la respuesta; mi duda venía a la hora de adecuar al 1215: entiendo por tanto que para que la máquina quede adecuada no basta con que un técnico PRL haga la evaluación y se implanten las medidas correctoras oportunas según anexo I, también se necesita el certificado de un técnico competente en electricidad, en este caso, para toda la instalación eléctrica (el doble aislamiento, por ejemplo).
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