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    Ismael36
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    marzo 2008


    La figura del técnico en prevención es relativamente nueva en la cultura de este país y ya se sabe que hay intereses económicos en las empresas que las diferenciarán siempre entre llevar bien el tema preventivo o llevarlo mal.
    ANte este panorama y suponiendo que las inspecciones son bastante blandengues todavía, el técnico en prevención puede verse aprisionado entre este panorama en cuanto a ser tambien un pasota y dejárse llevar por miedo a no perder el puesto de trabajo.

    QUiero pensar que en el panorama español debe haber un buen número de técnicos , sobre todo de servicios de prevención integrados en la propia empresa que por miedo y poca decisión profesional acaten las reglas de empresarios que fabrican todo tipo de argucias para no cumplir las normas completa e íntegramente.
    Pocos técnicos por no decir ninguno, se juegan el puesto reclamando esas medidas de seguridad a instancias superiores y es grave.
    La independencia y seriedad de esta figura profesional necesitaría de algún tipo de estudio profesional y de alguna herramienta para tener más independencia del empresario.

    ¨¿cómo está el tema de denuncias a técnicos de prevención?
    ¿Existe una herramienta,procedimiento para que si un técnico hace saber a un empresario que no se ha complido una norma de seguridad y lo denuncia aún trabajando en la propia empresa, sea intocable por este empresario en cuestión de despido o despido encubierto?.
    ¿Existe algún tipo de contrato para esta figura laboral, el cual se le garantice un tiempo más o menos largo para realizar su trabajo sin presiones ni nada por el estilo?
    qué opináis?

    #105727 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Por esa razón (y por otras) las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales recaen sobre el EMPRESARIO (que no quiere decir que los técnicos, en determindas circunstancias, no las puedan tener también).

    #105728 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Al respecto lo que esta legislado es:

    LEY 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. BOE nº 269, de 10 de noviembre.

    CAPÍTULO IV Servicios de prevención

    Artículo 30: Protección y prevención de riesgos profesionales

    4. Los trabajadores designados no podrán sufrir ningún perjuicio derivado de sus actividades de protección y prevención de los riesgos profesionales en la empresa. En ejercicio de esta función, dichos trabajadores gozarán, en particular, de las garantías que para los representantes de los trabajadores establecen las letras a), b) y c) del artículo 68 y el apartado 4 del artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Esta garantía alcanzará también a los trabajadores integrantes del servicio de prevención, cuando la empresa decida constituirlo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo siguiente.

    REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29-03-1995), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Artículo 56. Despido improcedente.

    3. En el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.

    4. Si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponderá siempre a éste. De no efectuar la opción, se entenderá que lo hace por la readmisión. Cuando la opción, expresa o presunta, sea en favor de la readmisión, ésta será obligada.

    Artículo 68. Garantías.

    Los miembros del comité de empresa y los delegados de personal, como representantes legales de los trabajadores, tendrán, a salvo de lo que se disponga en los convenios colectivos, las siguientes garantías:

    a) Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el comité de empresa o restantes delegados de personal.

    b) Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas.

    c) No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, por tanto, de lo establecido en el artículo 54. Asimismo no podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación.

    #105729 Agradecimientos: 0
    Balizaman
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    diciembre 2007


    Si, estoy de acuerdo con que la legislación protege legalmente el trabajador designado/técnico del SPP. Pero el empresario, incumpliendo toda esa legislación que pones y más, al final despide a ese trabajador designado/técnico del SPP.
    Luego se determinará si es procedente o improcedente, l legalidad del mismo, y la cuantía de la indemnización y la sanción al empresario. Pero el que deja de tener un sueldo mensual para pagar la hipoteca y demás créditos es al que han despedido de manera injusta.
    No digo que ese trabajador trague con todo por no ser despedido, pero la realidad está ahí, sucede casi a diario.
    Suerte que estoy en un SPA, que si no a mí me echan a patadas de más de un sitio.

    SaludoSsSsSsSsSs

    #105730 Agradecimientos: 0
    berbo
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    agosto 2004


    Siempre que el técnico cumpla con su función, de acuerdo al legislado y, siempre bajo este argumento, no existe motivo por serio que sea para el empresario, de despido para el primero. Siempre cabe ante esta posibilidad de defensa del técnico. Aunque aún no conozco caso alguno al respecto.

    #105731 Agradecimientos: 0
    Balizaman
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    diciembre 2007


    Insisto, el que va a la calle es el técnico, el que se tiene que buscar u abogado y otro curro es el técnico despedido, y mientras lo encuentra o no, el banco sigue pasando las facturas religiosamente.

    También insisto en que no puede tragar con todo para que no lo echen a la calle, pero… el miedo está ahí.

    SaludoSsSsSsSsSs

    #105732 Agradecimientos: 0
    HALB
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    febrero 2005


    Interesante pregunta, aunque no seria menos interesante hacerse la misma pregunta respecto a la independecia de los tecnicos que estan en un SPA, que si bien no se juegan el puesto directamente se juegan la renovacion de los contratos.
    A una empresita que pague 15 horas no se le cambia ni una coma de la evaluacion, si la empresa para 60000€ al año???….todos sabemos que la cosa cambia…o no es asi???

    #105733 Agradecimientos: 0
    Ismael36
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    marzo 2008


    Yo soy nuevo en este campo pero he visto trabajar a algún técnico en prevención durante años.

    La cuestión es, que veo a esta figura desprotegida en cuanto a que puede estar presionado por el empresario en un servicio de prevención integrado. Aunque esto fuese así, si la inspección de trabajo fuese más dura e indagadora en los diversos aspectos de prevención y particularidad e la empresa, él hecho de verse presionado disminuiría, pero no es así.
    Por tanto o se hacen las inspecciones más duras, o se ponen instrumentos legales al servicio del técnico para garantizar su independencia del empresario.
    Si nos paramos a pensar, el técnico en prevención tiene mucha responsabilidad, y si se ve presionado no ejercerá nunca su cometido como tal.
    Me gustaría saber qué instrumento o pasos tienen los técnicos en prevención una vez detectan una falla de prevención de la cual una vez comunicada al responsable superior, se desentiende en cuanto a responsabilidades.

    #105734 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    Mi opinión es paralela a la de Icm75. Como téncico de prevención (antes en SPA, ahora en SPP)siempre he tenido claro que ante la identificación de un riesgo debe proponerse una medida preventiva/correctora, que se adecue a la situación. Igualmente tengo claro que la decisión de poner en marcha dicha medida es del empresario, que por ende asume también la responsabilidad.
    Nunca he tenido miedo por sugerir la adopción de medidas correctoras, y claro que he tenido clientes (cuando trabajaba en SPA) que me han “sugerido” que quitara o no incluyera cosas en mis informes.
    Siempre he tratado de imponer mi criterio como un criterio técnico, y en beneficio de trabajadores y empresa. Hay quien me ha hecho caso y quien no, pero yo no he cambiado ese criterio. Mientras estuve en un SPA, nunca perdí un cliente por esta razón (siempre que ocurrió fue por motivos económicos)
    Desde que trabajo en un SPP, como miembro de la empresa debo someterme a una jerarquía, y está claro que no puedo hacer lo que quiera, pero igual que antes en lo referente a la necesidad de adoptar medidas preventivas/correctoras, las propongo allí donde las considero necesarias, y la empresa las adopta o las desestima, en función de muy variados criterios, pero asumiendo la responsabilidad de la decisión.
    Creo que la famosa INTEGRACIÓN de la prevención también tiene mucho que ver con esto. Cada uno debe adoptar su papel dentro de la organización, y asumir sus funciones y responsabilidades.
    Sobre denunciar a quien no adopta las medidas que yo sugiero, sinceramente no creo que sea mi rol.

    #105735 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
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    91
    enero 2004


    Maestro

    Cuestión muy interesante la que planteas, y de la cual si soomos inteligentes podremos sacar todos alguna enseñanza. Por mi parte será un tema a seguir. Dicho esto, no estoy de acuerdo que los problemas sean en los SPP integrados en las empresas, no al menos en lo que yo conozco, al revés entre los técnicos que conozco, los que padecen estos problemas son los de los SPA. Mi trabajo lo desarrollo en un SPP, y claro que tengo algún que otro problemilla popr estar en descuerdo los gestores, pero de ahí a que como técnico me replantee los informes va un mundo y que peligre mi puesto, pues otro mundo. De los 16 que estamos en el SPP, el que se deja, llamésmolo mangonear, no es por miedo a perder nada, es por otros motivos. En cambio recientemente se incorporó con nosotros un Prevencionistas que venía de seis años en un SPA, y este nos cuenta que ahí si pueden perder el trabajo, por no estar de acuerdo con los informes.
    Reitero interesante tema, y haber si sacamos algún debate interesante sobre las responsabilidades que ya se están pidiendo a los técnicos, como en los juzgados de Santander y Granada.

    #105736 Agradecimientos: 0
    MVISE
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    diciembre 2006

    Iniciado

    Hola, compañeros. Yo soy el SPP en mi empresa, y quisiera hacer dos comentarios:

    1. Si se endurecen las inspecciones, ¿no será aún más presión para el técnico? Hay una inspección, llega una sanción… ¿y qué piensa el empresario? “Esto es culpa del técnico: a la p… calle, chaval”.

    2. Si los técnicos también somos trabajadores, nos ampara la Ley PRL. Por tanto, tendremos nuestro puesto evaluado. ¿La posibilidad de acabar ante un juez no supone un riesgo psicosocial? Yo entiendo que sí. Por tanto, hay que eliminar o reducir el riesgo. ¿Se puede reducir el riesgo? Si la respuesta es sí, que alguien me indique las medidas preventivas. Si la respuesta es no, habrá que eliminarlo el riesgo. ¿Solución? Me dedico a otra cosa, y admiro a todos los técnicos por su valor.

    #105737 Agradecimientos: 0
    Ziredna
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    agosto 2006

    Iniciado

    Por experiencia personal tiro más hacia el punto de vista de Zalo e Icm… Aparte que, repito experiencia propia, los SPP con los que me he encontrado por regla general me parecen mucho más serios que los SPA, aunque sea sólo porque son verdaderos conocedores de su empresa y su sector, y no como algunos SPA que mandan al mismo/cualquier técnico a hacer cualquier cosa…

    Y sobre lo que dice Mvise, “Si se endurecen las inspecciones, ¿no será aún más presión para el técnico? Hay una inspección, llega una sanción… ¿y qué piensa el empresario? Esto es culpa del técnico: a la p… calle, chaval”
    Si la culpa es del técnico (pe. no ha identificado un incumplimiento legal), pues sí, como en cualquier otro departamento, a la p*** calle. Te aseguro que si el técnico ha informado al empresario y este se ha negado a realizar/aplicar las medidas propuestas y por eso le han sancionado, no echarán al técnico, lo que harán es hacerle un poco más de caso la próxima vez. Otro tema sería si aceptando las responsabilidades y presiones que tiene un técnico no debería tener un puesto mejor remunerado. Pero bueno, no conozco de ningún gremio que se queje de lo poco que cobra teniendo encuenta todo lo que hace…

    #105738 Agradecimientos: 0
    Ismael36
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    marzo 2008


    Lo dicho, yo pienso s

    #105739 Agradecimientos: 0
    Ismael36
    Participante
    0
    marzo 2008


    Lo dicho, yo pienso que si partimos de la base que la primera entidad más directa que le corresponde en la identificación de riesgos es el técnico en prevención, y si la administración se moja en cuanto a reducir los siniestros laborales y muertes seriamente, no tendrán otro remedio que escuchar a los técnicos y hacerles algún tipo de herramienta para su mayor independencia del empresario.
    O claro está, unirse en alguna organización para hacer más peso y tener unas normas de proceder propias.
    No se puede estar siempre con la espada de damocles.
    Otro tema preocupante son los inmigrantes, sque por lo general no tienen cultura preventiva en su país de origen y aqui con tal de llevar 40 euros a casa , hacen el trabajo sin exigencias repercutiendo a los españoles de origen que se callan por no ser los que protestan.
    EL Ministerio de trabajo se tendría que poner las pilas ¡ya¡¡

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