Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • Autor
    Entradas
  • #4267 Agradecimientos: 0
    xikioriginal
    Participante
    0
    diciembre 2004


    Necesito realizar una evaluacion de riesgos sobre una empresa de tauromaquia. Tengo que evaluar los peligros del matador de toros, del novillero, el rejoneador, el banderillero, los mozos de espadas, los puntilleros. Agradeceria que alquien me mandara informacion. GRACIAS.

    #99173 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
    Participante
    0
    marzo 2004


    Si te refieres al matador de toros como al torero, no le afecta la LPRL pues no es trabajador por cuenta ajena. Para los demás el riesgo más evidente es el clasificado como “accidentes causados por seres vivos”, en este caso, de cuatro patas aunque no se descartan tampoco los de dos patas por si a alguno se sale mal la faena

    #99174 Agradecimientos: 0
    clerks
    Participante
    0
    septiembre 2004


    Creo que tienen riesgos biológicos, que al estar al aire libre les pueden picar las abejas, mosquitos, etc… jeje Bromas aparte, creo que los que mejor te pueden decir (y tú observar) eso son los propios trabajadores…

    #99175 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Creo que este es uno de los tajos más fáciles de evaluar poniéndote delante de la pantalla, con el respetable a tu lado, en sol o sombra, con el oído bien afinado y la bota de vino a tu vera:

    – Heridas punzantes.
    – Golpes, cortes.
    – Caídas, tropezones.
    – Lesión de tobillo, rodilla, espalda, en caídas, movimientos bruscos sobre arena…
    – Riesgo de insolación… o pulmonía.. según esté al sol o a la sombra…

    Etc…

    Un chiste de toros:

    Saludos

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #99176 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Los toreros, novilleros etc (rejoneadores, puntilleros, banderilleros, picadores, mozos de estoque, etc)Estan integrados en el Régimen general de la Seguridad Social, son pues trabajadores por cuenta ajena con cobertura plena en las prestaciones de la seguridad social y a los que les es de aplicación sin salvedades, la Ley de Prevención de riesgos laborales.

    Sin duda hacer la evaluación de riesgos de este colectivo es una auténtica faena…así que valor y al toro.

    #99177 Agradecimientos: 0
    Runpro
    Participante
    0
    febrero 2005


    Riesgo por punzonamiento:
    Probabilidades: Alta
    Exposición: Alta
    Severidad: Alta
    Valoración del riesgo: Intolerable.

    Hala, no se torea hasta que os pongan armadura con certificado CE.

    Riesgo por caída de objetos (desde el graderío):
    Probabilidades: Depende de los cojones del torero, tirando a media
    Exposición: Media
    Severidad: Alta
    Valoración del Riesgo: Importante

    Hala, no se torea hasta que se cubra la plaza con una bóveda de cristal contra impactos.

    #99178 Agradecimientos: 0
    El Soro
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Otia!!
    Vaya gana de cachondeo que tiene la peña……

    De todas formas es que el tema se las trae, un riesgo muuuuuu (jeje)común para estos trabajadores es

    ¡PELIGRO DE MUERTE!

    Lo siento, pero como he dicho antes con esto se pueden hacer muchas bromas, aunque es muy serio y respetable.

    Suerte!

    #99179 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Pues si aplicas bien la ley de PRL y cumplen con las medidas preventivas propuestas les dejas sin trabajo.

    Principio básico: eliminar los riesgos que se puedan evitar. Elimiral los riesgos en su origen.

    Riesgo: accidentes causados por seres vivos.
    Condición anómala: ponerse delante de un toro. Probabilidad: 5. Consecuencia: 4/5.
    Acción correctora: No ponerse delante de un toro.

    Esa es mi evaluación, le pese a quien le pese. Así es la PRL, y donde no se pueda aplicar, que no se aplique, pero si se aplica, hay que aplicarla bien.

    Te ha tocado bailar con una fea.

    Saludos.

    #99180 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Yo creo que se parte de un enfoque erroneo, en este caso. No se puede eliminar el riesgo porque digamos que en este caso el “riesgo” forma parte de el objeto mismo del “proceso productivo”: el arte del toreo como espectaculo y por tanto como industria. Es pues inherente a las “condiciones de trabajo”. Este un riesgo asumido profesional, social y culturalmente en nuestro pais.

    Lo cual no quita de que no se procure ejercer el trabajo “con seguridad ” (y esto abarca no solo a los matadores y novilleros que es donde más “temeraria” parece su ejercer sino al colectivo en general”. Y esta seguridad se materializa en medidas de prevención y -sobre todo- protección- para “no añadir grave riesgo al “normal de la lidia”” Nótese la expresión que se utiliza en el artículo 27 sobre prevención de riesgos del convenio colectivo nacional taurino:
    “el normal de la lidia” (el riesgo).
    Así pues asumido este “riesgo normal de la lidia” lo que el prevencionista debe hacer no es eliminarlo (porque se acaba la industria, como algunos han apuntado) sino evitar su agravamiento más allá de lo asumible.
    Por cierto que en el referido Convenio colectivo se apuntan algunas medidas preventivas generales y se hace especial mención al control y vigilancia de las medidas preventivas en referencia a la normativa de prevención de riesgos laborales a las que se pueden añadir las técnicas generales de prevención : vigilancia de la salud y aptitud médica para trabajar, protección personal o colectiva, instalaciones adecuadas, etc :

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    #99181 Agradecimientos: 0
    turquy
    Participante
    0
    agosto 2007


    Tu has dado en el clavo, pero con ese “mote” es logico.Pero si se estudia el reglamento, se ve que es un tema que ha preocupado y ha mejorado en la medida de lo posible en un “trabajo” en el que el riesgo forma parte esencial. Pongo por ejemplo las escuelas taurinas (hoy no torea cualquier maletilla sin formacion ni cabeza). Otro ejemplo son las enfermerias que en general estan bien dotadas o las ambulancias en los pueblos pequeños.
    Se me olvidaba otro ejemplo, los encierros serios
    como Panplona o San Sebastian de los Reyes, han mejorado una barbaridad. Lo que no ha mejorado nada es la seguridad para los espectadores de las Ventas, si se le hace un ligero analisis hay que tirarla o reducir el aforo a la mitad.

    #99182 Agradecimientos: 0
    MVISE
    Participante
    2
    0
    diciembre 2006

    Iniciado

    La verdad es que alucino con algunas situaciones. Para mí, ponerse delante de un morlaco de 600 kg con dos pitones como punzones, responde exactamente a la definición de “riesgo grave e inminente”,y si me apurais, de imprudencia temeraria. Vaya contradicción. ¿Alguien conoce algún caso de torero corneado en que la Inspección haya actuado o haya metido las narices?… Qué país, señores

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • El debate ‘ corrida de toros’ está cerrado y no admite más respuestas.