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  • #4527 Agradecimientos: 0
    namef
    Participante
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    marzo 2005


    Dentro de nuestras instalaciones se encuentran dos empresas pertenecientes al mismo empresario, yo soy trabajador designado de una de ellas, lo que me gustaría saber es si puedo dar formación a la otra empresa.Gracias

    #100689 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    No puedes darla.

    #100690 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    De acuerdo con Fuga23, legalmente sólo tiene validez la formación que des a tu empresa.

    Un saludo.

    #100691 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Ust4ed puede dar formación a quien quiera, siempre q

    #100692 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Usted puede dar formación a quien quiera siempre que se lo autorice su empresario, su empleador y la formación recibida la certifica o acredita el empresario de la empresa que emplea al “alumno”, y será su responsabilidad que esa formación que usted imparta sea la adecuada a su propia formación y condiciones.

    #100693 Agradecimientos: 0
    deli
    Participante
    0
    diciembre 2001


    Poder darla claro que si, dejémos las tonterias aparte, la formación se puede impartir, se debe impartir y además es obligatoria. En caso de accidente tendrán mas problemas solo si no se ha dado, y la voluntada de darla prevalece.

    Y ahora seguid vosotros

    Y pregunto yo: ¿Por que no puede darse?

    #100694 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Lo que no entiendo.

    ¿por qué no se aprovecha más la modalidad de servicio de prevención mancomunado?

    #100695 Agradecimientos: 0
    deli
    Participante
    0
    diciembre 2001


    Ahí les has dado.

    #100696 Agradecimientos: 0
    SERGALCHA
    Participante
    0
    mayo 2008


    el trabajador designado es como si fuera servicio de prevencion propio, luego la formacion a esa empresa distinta a la tuya se la deberia dar su trabajador designado si existe, o su servicio de prevencion ajeno.Un saludo

    #100697 Agradecimientos: 0
    Spencer_T
    Participante
    1
    0
    mayo 2008

    Iniciado

    Se podrá impartir formación, lo que no exime al empresario que tenga un SPA, SPP u otra modalidad según lo establecido en el Reglamento 39/97.

    #100698 Agradecimientos: 0
    NOACCIDENTENT
    Participante
    0
    septiembre 2007


    Claro que se la puede dar siempre que sea un tecnico competene para darla (al menos nivel basico)o conozca especialmente la materia a dar.¿que pasa que una academia que de formacion de prevencion a los trabajadores en un tema concreto no es valida la formacion que imparte?

    #100699 Agradecimientos: 0
    itomotril
    Participante
    0
    mayo 2011


    hola
    en mi opinion lo mas impotante es saber la modalidad preventiva que tiene la empresa a la que tu no perteneces (SPP, SPA, etc)…. y ese servicio de prevención será quien tenga que “asumir” en el Plan de Prevención de la empres la formación que tu has impartido…. poder dar la formación si que puedes (partiendo de la base de lo del técnico competente y todo eso), el tema es que el empresrio y el servicio de prevención de esa segunda empresa la asuman en el PdP…. evidentemente, en caso de accidente, la inspección de trabjo de podrá decir que no era adecuada ni suficiente

    #100700 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Entiendo que no puede por una cuestión legal. La formación en los riesgos propios del puesto de trabajo la da el servicio de prevención acreditado y contratado para ello (o el trabajador designado de esa empresa)

    Estoy de acuerdo en que la formación que pueda dar un técnico competente puede ser (y de hecho suele ser) de mucha mejor calidad que la que muchas veces dan los SPA, por poner un ejemplo. Pero tengo mis dudas respecto a que la Inspección de Trabajo lo vaya a aceptar.

    Si alguien tiene referencias de lo que ha podido suceder en algún caso, sería bueno conocer cómo ha actuado la Inspección.

    Un saludo.

    #100701 Agradecimientos: 0
    GESPRO
    Participante
    0
    octubre 2002


    El puede dar formación perfectamente si está capacitado para ello en esa otra empresa aunque no sea el trabajador designado de la misma. Otra cosa es que a mayores esa empresa tenga que tener adoptada una modalidad preventiva, que lógicamente también tiene que tener.

    Mi pregunta es para todos los que contestáis que no puede darla, ¿por qué no y dónde lo dice?

    Un saludo.

    #100702 Agradecimientos: 0
    MVISE
    Participante
    2
    0
    diciembre 2006

    Iniciado

    Art. 19 LPRL: …”La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos…”. Por tanto, o la da un SPA o alguien perteneciente a la empresa. Entiendo que si no perteneces a una empresa, la formación que des no tiene validez legal.

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