El Tribunal Supremo ha reconocido, después de 3 años el derecho de las viudas del amianto a cobrar las pensiones que les corresponden por la muerte de los portuarios afectados por la enfermedad laboral.
Esta sentencia favorece a más de una treintena de familias de portuarios afectados por la enfermedad de la asbestosis, derivada de la manipulación del amianto.
Seguridad Social
En este sentido cabe destacar que con esta sentencia conseguida por el Colectivo Ronda, la familia de A.G.G es la primera víctima que ve ratificados sus derechos por el Tribunal Supremo.
En el auto se confirma que A.G.G falleció como consecuencia de una enfermedad profesional.
Además, reconoce el derecho de la viuda del estibador y de la hija a percibir las prestaciones de viudedad y orfandad que la Seguridad Social había denegado, por no considerar que el fallecimiento del cabeza de familia, en 1999, fuese debido a una enfermedad profesional.
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