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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social 7 de Granada que condenaba al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por mobbing a una doctora de un hospital granadino, “tras el hostigamiento y acoso sufrido en su puesto de trabajo”, y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que señaló que dicha baja por estrés laboral se debía a una enfermedad común, según informó en un comunicado el Sindicato Médico de Granada.

La sentencia, emitida por la Sala de lo Social, confirma la calificación del juzgado como accidente laboral y establece que “sólo la presión laboral a la que se vio sometida la demandante por parte de su jefe inmediato, había sido el desencadenante del proceso patológico sufrido por aquella”, recordando que “ha quedado acreditado que el jefe del servicio impidió a la doctora su participación el resto de facultativos en las actividades propias del servicio, un aislamiento profesional que le provocó la imposibilidad de acceder a su desarrollo formativo, investigador y docente”.

El fallo judicial da por probado que tanto la dirección del centro hospitalario como la junta facultativa del mismo, exigieron al jefe de servicio que modificara su conducta, aunque, según el Sindicato Médico, “dichos requerimientos se produjeron después de que la demandante hubiese enfermado por el acoso que venía sufriendo”.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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