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Técnicos del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Andalucía, que elaboraron un informe tras el accidente que se produjo en el viaducto que se construía en el tramo La Herradura-Taramay de la A-7, han señalado que en su análisis no pudieron constatar falta de medidas de seguridad en la obra.

En la séptima sesión del juicio que comenzó en febrero en el Juzgado de lo Penal 1 de Motril (Granada), los técnicos, que han realizado su pericia a propuesta de una de las defensas, han considerado además que el plan de seguridad de la obra era suficiente, y han indicado, en la línea de lo que ya han señalado testigos o peritos anteriores, que lo correspondiente al uso y mantenimiento de la cimbra constaba en su manual de instrucciones.

Asimismo, ya a instancias de parte, en concreto de otra de las defensas, ha ofrecido su testimonio otro experto en prevención de riesgos laborales, en calidad de perito, que ha sostenido que el plan de seguridad, que elaboró la UTE -contratista principal- era el adecuado, y que igualmente remitía al manual de instrucciones para aclarar lo relativo a la cimbra,han informado fuentes del caso.

Según ha dicho, todos los riesgos que podrían derivarse de la obra era previsibles y se habían tomado medidas para evitarlos, pero lo que no era de prever es que la cimbra se colapsara, que es precisamente lo que pasó, causando el fallecimiento de seis obreros. Según ha mantenido, la estructura, que sostenía al viaducto durante la construcción, era segura, incluso cuando avanzaba -en torno a 15 o 20 centímetros la hora-.

En la jornada de este miércoles también estaba citado otro perito de parte, que ha sido inspector de Trabajo durante 40 años y que ahora, ya jubilado, trabaja en una consultoría de riesgos laborales. Su función, puesto que ha sido propuesto por la defensa del que fuera coordinador de seguridad de los trabajos, ha sido la de explicar precisamente las funciones de esa figura, necesaria cuando son varias empresas las encargadas de ejecutar una obra.

Como anécdota, durante un momento del interrogatorio a los peritos, concretamente cuando el juez, ha llamado la atención al letrado que representa a la acusación popular de CCOO, una persona que se encontraba entre el público se ha levantado de la Sala y se ha marchado dando un portazo, y un segundo individuo ha gritado -juez mamón-, a lo que otro hombre en el público le ha dicho que midiera sus palabras y mostrara respeto.

Las sesiones continuarán con el testimonio del guardia civil que instruyó el atestado del accidente, que declarará mediante videoconferencia, y el de otros dos peritos propuestos por las defensas. Asimismo, está previsto que las partes informen de sus conclusiones definitivas, en las que podrían modificar sus peticiones de pena iniciales, y que sea el turno de los informes de acusaciones y defensas. El juicio quedará entonces previsiblemente visto para sentencia.

En la primera jornada, que arrancó el pasado febrero, declararon los once procesados, entre los que se encuentran el ingeniero director del proyecto o el que fuera coordinador de seguridad de la obra, ambos designados por el Ministerio de Fomento. Todos coincidieron en destacar lo imprevisible del siniestro puesto que, según aseguraron, todas las revisiones pertinentes a la maquinaria, incluida la autocimbra desplomada, estaban al día.

Las obras fueron promovidas por Fomento y adjudicadas a la UTE, que suscribió con una empresa un contrato de ejecución de obras para la realización de los trabajos de los viaductos de hormigón en el tramo de autovía adjudicado y a su vez la empresa contratista subcontrató con una mercantil portuguesa diversas unidades de obra. Para la realización del viaducto Río Verde que se desplomó se hizo uso de una autocimbra para la ejecución de los tableros que constituirán en su día las calzadas de la autovía.

La Fiscalía pide penas de hasta cuatro años de cárcel para los once imputados. Diez de los once acusados, entre ellos el ingeniero director del proyecto, se enfrentan a una condena por la posible comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores, seis de homicidio imprudente, y otros tres de lesiones imprudentes, por los que, además de la pena de prisión se enfrentan a inhabilitación para el ejercicio de sus respectivas profesiones si están relacionadas con la construcción.

Para el capataz de la empresa de montajes, el Ministerio Público solicita tres años y seis meses de prisión, puesto que no se le imputa el primero de los delitos mencionados.

El sindicato UGT, personado como acusación popular, pide un total de 52,5 años de prisión y 45 de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión para diez imputados. Los acusa concretamente de seis delitos de homicidio imprudente, tres de lesiones imprudentes y nueve contra la seguridad e higiene en el trabajo, por el que además solicita una multa de 144.000 euros.

CC.OO., también acción popular, ha solicitado 288 años de cárcel para los imputados por la posible comisión de seis delitos de homicidio imprudente, tres de lesiones imprudentes y otros nueve contra la seguridad y la salud laboral. Además, pide para cada uno de ellos 21 años de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, así como 86.400 euros de multa.

Fue en noviembre de 2005, cuando se produjo la caída de la autocimbra desde una altura de unos 67 metros aproximadamente, siniestro que produjo el fallecimiento de seis personas y lesiones de diversa consideración en otras cinco.

Ese día se produjo una avería en uno de los cables eléctricos del sistema de accionamiento para el desplazamiento de la autocimbra, y, a pesar de ello, los trabajadores permanecieron sobre el mecanismo, que no se desalojó, durante las labores de reparación. Después de una media hora desde que se registró el fallo eléctrico se produjo el colapso de la autocimbra, precipitándose al vacío.

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telecinco.es

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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