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La Seguridad Social revisará todos los expedientes en materia de prestaciones por incapacidad temporal, muerte y supervivencia tramitados como contingencias comunes por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, siempre que haya indicios de la existencia de una enfermedad profesional, según informó el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en un comunicado.

Esta revisión está incluida en una resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, que publicará el BOE en los próximos días y que viene a complementar el decreto que aprobó el Gobierno en 2005 que devolvía al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la capacidad de determinar la causa de una incapacidad temporal cuando los trabajadores no estaban de acuerdo con la Mutua.

Por este decreto, el INSS modificó cerca del 40% de los expedientes de incapacidad temporal de las Mutuas hasta agosto de este año, debido a que muchos trabajadores consideraban que lo que muchas veces las Mutuas declaraban incapacidad temporal por enfermedad común, eran en realidad incapacidades causadas por contingencias profesionales.

Así, la resolución de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social mejorará la protección de los trabajadores ante la determinación de la contingencia causante de una incapacidad temporal, un aspecto fundamental, según el Ministerio de Trabajo, puesto que influye en el alcance, el contenido y régimen de gestión de la protección dispensada.

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Terra España

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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