• Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Noticias
  • Tiempo de lectura:2 minutos de lectura

El objeto de la seguridad industrial es la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o desecho de los productos industriales.

El Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales define las condiciones que deben reunir estos establecimientos, clasificando el riesgo intrínseco del establecimiento en función de valores de carga de fuego y de la ubicación del establecimiento industrial en relación con el entorno.

De acuerdo con esta clasificación, se determinan los niveles de protección, tanto activa como pasiva, que permiten detectar, contener y extinguir un posible incendio en la industria en cuestión.

Aunque ya existían regulaciones específicas para algunos sectores industriales en el ámbito de protección contra incendios, se consideraba imprescindible una regulación básica, general, que abarcara el conjunto de establecimientos industriales: industrias, almacenamientos industriales, talleres y servicios auxiliares de la actividad industrial, entre otros.

El Real Decreto establece que el Reglamento será de aplicación, tanto a los nuevos establecimientos industriales que se construyan o implanten, como a los ya existentes que realicen modificaciones de importancia.

El Reglamento está delimitado a las industrias, tal como se definen en la Ley de Industria, los almacenamientos industriales, los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al transporte de personas y transporte de mercancías, y los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los puntos anteriores. Asimismo, permite el desarrollo específico para determinadas instalaciones que pudieran presentar un alto nivel de riesgo.

Esta legislación complementa el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y la Norma Básica de la Edificación, que regula las condiciones de protección contra incendios en los edificios, excluyendo expresamente los edificios industriales. La seguridad contra incendios en casos como el del Palacio de Deportes no está incluido en el nuevo reglamento, sino que quedaría enmarcado en la Norma Básica de la Edificación.

0 0 votos
Valoración

Geoscopio

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Suscribirme
Notificar de
guest
:arrow: 
:D 
:? 
8-) 
:cry: 
:shock: 
:evil: 
:!: 
:geek: 
:idea: 
:lol: 
:x 
:mrgreen: 
:| 
:?: 
:P 
:oops: 
:roll: 
:( 
:) 
:o 
:twisted: 
:ugeek: 
;) 
 
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios