La Sala ha dado la razón a la viuda del fallecido y ha revocado una sentencia anterior de un Juzgado de lo Social que desestimó la demanda que presentó contra la empresa en la que trabajaba el fallecido y contra la mutua y el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El TSJ dice que este trabajador se sintió indispuesto en su lugar de trabajo el 29 de julio de 2008 y que sufrió el infarto hacia las siete de la tarde, cuando regresaba hacia su domicilio.
Añade que tras realizar unos trabajos profesionales al aire libre, sobre las 15 horas, “comentó a sus compañeros que sentía mucho calor, por lo que se sentó para refrescarse y beber agua”.
Sobre las 18:30 horas, media hora antes de finalizar la jornada, afirma la sentencia, abandonó el centro de trabajo, y media hora después padeció el infarto de miocardio que le causó la muerte.
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