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El Tribunal Supremo ha confirmado indemnizaciones por importe cercano a los 200.000 euros para tres mujeres por contacto con amianto al tener que lavar la ropa de sus maridos, trabajadores de las fábricas de Uralita de Getafe y Valdemoro, y sufrir por ello daños derivados de este material.

La sala primera del Tribunal Supremo ha confirmado dichas compensaciones tras la demanda interpuesta por un grupo numeroso de perjudicados en ejercicio de la acción de responsabilidad civil extracontractual derivada de los daños ocasionados a trabajadores y a familiares de estos producidos por el amianto.

De esta forma, ha estimado en parte el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por ambas sociedades y ha declarado la falta de competencia de la jurisdicción civil para fijar indemnizaciones para los trabajadores y sucesores de los trabajadores ya fallecidos, al entender que su conocimiento corresponde a los tribunales del orden jurisdiccional social. Únicamente estima competente a la jurisdicción civil para confirmar las reclamaciones que formularon tres perjudicadas, ya que en estos casos sufrieron los daños derivados del amianto como consecuencia de su exposición al manipular la ropa de trabajo de sus maridos y, en consecuencia, estas perjudicadas se sitúan al margen de relación laboral alguna.

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