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El Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid y la Audiencia Provincial han condenado a penas que suman los quince años de prisión e inhabilitación para desempeñar su actividad profesional a varios empresarios de Madrid por delitos cometidos tras incumplir la normativa de seguridad laboral, según informó hoy el sindicato CC.OO.

A través de un comunicado, la formación sindical pone de manifiesto que un juez de Madrid ha condenado a tres años de prisión a un empresario como autor de un delito de homicidio imprudente y otro contra los derechos de los trabajadores.

Según la sentencia, el condenado es responsable de no haber facilitado medidas de seguridad al trabajador fallecido, así como de no haberle dado formación especial previa para la tarea que tenía encomendada. Igualmente, le culpa de no controlar directa o indirectamente el modo en que la víctima realizaba su trabajo.

Por otro lado, la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas de dos años de prisión e inhabilitación para su actividad profesional al gerente de una empresa, así como al jefe, al encargado y a los arquitectos de las obras en las que trabajaban varios empleados accidentados, como responsables de que éstos no llevasen cinturones de seguridad ni casco en el momento de la caída que sufrieron, y de que el andamio sobre el que trabajaban no tuviese barandillas.

Responsables penalmente

En su comunicado, CCOO asegura que con estos fallos queda demostrado que, frente a algunas sentencias conocidas recientemente que condenaban a los afectados por accidentes laborales, existen otras muchas que demuestran que los empresarios que no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desarrollen su tarea en condiciones de seguridad y salud son responsables penalmente.

Además, el sindicato cita fallos del Tribunal Supremo que se han pronunciado en estos mismos términos. Así, señala que un fallo dictado en 2000 por el alto tribunal condenó a un empresario por ordenar a sus empleados que suprimieran sus derechos. Otra resolución, de 2002, afirma que la ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a proteger a los trabajadores para garantizar su seguridad y la salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

Por su parte, la Fiscalía General del Estado ha determinado que los fiscales “deben extremar su celo para evitar que se repitan conductas que cuestan tantas vidas y que provocan graves lesiones, muchas veces eludibles si se adoptasen las debidas precauciones”, concluye la nota de CC.OO..

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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