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La Federación de Construcción, Madera y Afines (FECOMA) de CCOO-PV ha presentado dos denuncias ante la Fiscalía de Valencia para que investigue si existen responsabilidades penales en los accidentes laborales que tuvieron lugar el pasado 13 de mayo en Bétera y Valencia, en los que perdieron la vida dos trabajadores.

Uno de los accidentes tuvo lugar en Bétera al caer un trabajador, Francisco Z.M., desde una altura de una tercera planta, según el escrito de denuncia presentado por el sindicato, que señala que la caída al vacío del obrero se produjo por falta de medidas de seguridad durante la instalación de un montacargas en la fachada del edificio.

El sindicato estima que la obligación del empresario de proteger a los trabajadores “va más allá y se ha de extender a todos y cada uno de los trabajos que el trabajador desarrolle en cualquiera de las zonas de la obra”.

Para CCOO es “evidente” que los trabajos en los bordes de los forjados han de tener un especial tratamiento en cuanto a las medidas de seguridad para evitar que los obreros puedan caer al vacío durante la realización del trabajo.

En el escrito ante la Fiscalía, el sindicato señala que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a “evaluar los riesgos, actuar sobre lo que no se puede evitar, aplicar la técnica y sustituir lo peligroso”, y el Real Decreto 1627/97 enumera los trabajos que implican riesgos especiales, entre ellos las caídas de altura.

Para el sindicato, en este caso se han vulnerado “muy gravemente” las normas “más básicas” de seguridad en trabajos con riesgos de caída al vacío. El otro accidente se produjo en la rehabilitación de un patio interior durante los trabajos de pintura y colocación de bajante, al caer el trabajador José Manuel G.C., de 44 años, contra el suelo.

CCOO considera que la empresa que realizaba los trabajos de restauración y pintura en una finca de Valencia es “responsable” de la muerte del trabajador “por no suministrar equipos y medios auxiliares seguros y adecuados para realizar esos trabajos en lugares de difícil acceso, como son los patios interiores”.

Del mismo modo, la finca promotora de las obras está obligada a supervisar la ejecución y aplicación de las medidas de seguridad de la empresa adjudicataria “siendo responsable, si no lo hace, de los siniestros que tengan lugar”.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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