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La Fiscalía considera que la Inspecció de Treball y la Generalitat deben paralizar más obras por infracciones laborales y aumentar el control, tras constatar la «lentitud» de la vía penal, que suele tardar más de dos años en juzgar los accidentes, y comprobar que ningún empresario ha ido a prisión por la muerte de un trabajador.

La fiscal coordinadora de estos asuntos en la Fiscalía de Cataluña, Raquel Amado, dio ayer la voz de alerta ante los últimos accidentes laborales en la comunidad, que han costado la vida a diez trabajadores.

Amado, para quien las penas contempladas por el Código Penal -hasta 4 años de cárcel- son adecuadas, reconoce la «lentitud» de la justicia para dar una respuesta penal ágil a estos casos, no por culpa muchas veces de los jueces, sino por la dificultad de determinar al responsable o responsables de los accidentes.

«El proceso penal no da una respuesta inmediata y por ello pierde su efecto disuasorio», opina la fiscal, quien también piensa que «falta conciencia», no sólo entre patronos sino también entre trabajadores, de que un accidente laboral puede ser un delito.

Por todo ello, la fiscal es partidaria de una labor preventiva que pasa porque la Inspecció de Treball y la Generalitat destinen más personal a controlar «en la calle» las obras y que, si es necesario, las paralicen ante cualquier infracción laboral. Amado también apoya la sugerencia del sindicato Comisiones Obreras (CCOO) de que la Policía haga una labor inspectora en los centros de trabajo.

Según datos de la Fiscalía, el pasado año se abrieron 41 causas por accidentes laborales -39 de ellos con víctimas mortales- considerados como delictivos. De estos 41 asuntos, siete ya han sido archivados al no apreciar el juez delito y sólo en uno la fiscalía ha podido formular escrito de acusación, informa Efe.

El resto de diligencias, 33, continúan instruyéndose lentamente, en muchos casos por la complejidad del asunto derivado de la dificultad de encontrar a los responsables del accidente, ya que en las obras suelen intervenir una o varias empresas subcontratadas.

Fuentes judiciales han indicado que, entre que la Inspecció de Treball inicia un expediente administrativo por un accidente o una infracción laboral, y la fiscalía recibe noticias del caso, pueden pasar un promedio de seis meses, retraso que no se puede achacar a los inspectores de trabajo sino a las mencionadas dificultades que surgen para determinar posibles responsabilidades. A esos seis meses se debe añadir el tiempo de instrucción fiscal y judicial de la causa, por lo que pueden transcurrir más de dos años hasta la celebración de juicio.

Hace un año, la Inspecció de Treball se comprometió a remitir a la fiscalía todas las infracciones laborales graves, aunque no se produjeran muertos o heridos, pero los fiscales, por distintos motivos, no han recibido ningún caso.

Además, hasta ahora, y según las mismas fuentes, no se tienen noticias de que algún empresario o responsable de la muerte de un trabajador haya ido a prisión.

Recientemente, un juzgado de Barcelona ha impuesto una pena de tres años de prisión a un arquitecto y a un contratista por la muerte de un albañil, condena que podría suponer el ingreso efectivo en la cárcel de los acusados, aunque la sentencia aún no es firme al haber sido recurrida ante la Audiencia. Esta condena, sin embargo, es inédita en accidentes laborales ya que la tendencia hasta ahora supone un alto índice de sentencias absolutorias de acusados por la muerte de trabajadores o la conversión de la causa de delito a una simple falta, que comportaba la imposición de penas leves.

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El Mundo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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