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El padecimiento del matrimonio ilicitano formado por José María Hita y Pilar Garrigós empezó, de forma repentina, en abril del 2000, cuando el marido tuvo que ser ingresado en el Hospital General aquejado de malestar generalizado y de pérdida de fuerza en los miembros. Tras veinte días de hospitalización, José María fue dado de alta al evidenciarse una recuperación parcial. Pero, el 3 de julio de aquel año tuvo que ser ingresado de nuevo. El cuadro clínico había empeorado y su déficit motor lo llevó a una parálisis generalizada.

Tres días después, su desgracia se completaba con la hospitalización de su esposa. Pilar sufría la misma sintomatología. Después de de muchas indagaciones se les diagnosticó a ambos una polineuropatía sensitiva motora axona desmielinizante, provocada por un agente tóxico denominado N-Hexano, componente del adhesivo Cement 1304, que el matrimonio utilizaba para el pegado de cortes de zapato, en su domicilio. El tóxico les afectó a través de la inhalación de los vapores de la cola mientras trabajaban.

Tanto la letrada del matrimonio, Aurora Salido, como el fiscal están de acuerdo en las causas que provocaron la enfermedad paralizante así como en acusar al empleador de la pareja, Manufacturas Lozamed S. L, y al fabricante del adhesivo tóxico, Inadyp S.L., como responsables directos.

De hecho, tanto la acusación particular como el representante del Ministerio Público consideran que ambos industriales han cometido dos delitos de lesiones por imprudencia grave, pero acusan de un delito contra los derechos de los trabajadores por incumplir las normas de prevención de riesgos laborales soló a la gerente de Manufacturas Lozamed, industria empleadora directa del matrimonio.

A pesar de la coincidencia en la calificación, fiscal y acusación particular discrepan en las penas a imponer. Mientras la letrada de la pareja solicita que se condene a la gerente de la fábrica de calzado a dos años de prisión y diez meses de multa por el delito contra los trabajadores, y dos años más para cada uno de los delitos de lesiones imprudentes, pena esta última pedida también para el fabricante de cola, el fiscal se ha mostrado más magnánimo.

Solicita 36 fines de semana para ambos por los dos delitos de lesiones imprudentes, y rebaja a nueve meses la multa para la gerente de Manufacturas Lozamed, además de los dos años de prisión, por el delito contra el derecho de los trabajadores.

Ambos consideran que esta última no facilitó los equipos de protección personal preceptivos a los perjudicados, infringiendo de esta manera la normativa laboral. Tampoco informó a los trabajadores del peligro que corrían. En cuanto al dueño de la industría de adhesivos incumplió la normativa en cuanto al etiquetado y al las fichas de datos de seguridad de los productos.

Donde discrepan las partes es lo fundamental para los afectados, en el resarcimiento. Mientras su abogada pide indemnización por las secuelas, además de la correspondiente a la baja y a la hospitalización, el fiscal sólo solicita un total de 51.850 euros por los dos últimos conceptos.

Esta cantidad representa algo menos del 10% de la cantidad exigida por la pareja, que asciende a un total de 556-920 euros.

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La Verdad

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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