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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, ha condenado al sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) a readmitir a una trabajadora que denunció un caso de acoso laboral. El tribunal ha revocado una sentencia anterior de un juzgado cordobés, que sólo declaró improcedente el despido de Ana María Galán, una de las abogadas del sindicato y representante de UGT ante el Observatorio Local de Empleo. Ahora, el TSJA considera que la letrada sufrió hostigamiento en el trabajo para dejar libre su puesto a otra persona. Contra la sentencia cabe recurso ante el Supremo, aunque sólo para que se produzca la unificación de doctrina del Alto Tribunal.

La sentencia es una carga de profundidad contra altos responsables del sindicato en Córdoba ya que habla abiertamente de nepotismo. El fallo condena a MCA (el sindicato de metal y construcción) y a UGT de Andalucía por hechos cometidos por los responsables del sindicato en Córdoba, Jesús Comino (secretario provincial) y Manuel Jiménez (responsable de MCA en la provincia).

El TSJA reconoce como hechos constitutivos de acoso moral en el trabajo (el llamado mobbing) a las decisiones adoptadas por los responsables del sindicato en los meses anteriores a la decisión de prescindir de sus contratos. En los hechos probados, figura que la abogada fue sustituida por una cuñada del secretario del sindicato de metal y construcción, también abogada de profesión.

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Diario de Jérez

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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