El Derecho Penal no puede ni debe conducirse por acontecimientos que conmocionen puntualmente a la sociedad y que, mayormente, quedan reflejados, cuando no se desvirtuan o exageran, en los distintos medios de comunicación. Por ello, la funcion del Derecho Penal nunca puede ser la satisfaccion de la venganza privada ni la asuncion por el Estado del papel de victima.

El nuevo Código Penal remitido por el Gobierno al Congreso (noviembre de 2008) incluye un endurecimiento del tratamiento de fenómenos como el “mobbing” (acoso laboral), en el capítulo dedicado a los ataques contra la integridad moral, con penas de hasta dos años de prisión. Se trata de un delito contra la integridad moral o de tortura psicologica de una persona en el ambito de la actividad laboral y de otras relaciones contractuales como son las que afectan a las relaciones juridico-publicas, esto es, las producidas en el marco funcionarial.

Una definición del acoso laboral, que engloba también el sexual, sería la acción de una o varias personas de una empresa, sociedad o institución dirigida contra un compañero de trabajo con objeto de conseguir que abandone su puesto, socavar su autoestima o elevar la de los acosadores. En resumidas cuentas: maltrato psicológico reiterado en el trabajo, ya que se persigue, sin darle tregua ni reposo, a una persona para conseguir su desmoronamiento intimo.

En España, la primera sentencia por acoso en el trabajo data de 2001. Una primera reforma del Código Penal la tipifica como delito, aunque el Gobierno quiere endurecer aún más la legislación, que castiga una práctica que afecta a numerosos trabajadores, particularmente en el ambito d ela Administracion Publica y en el de la Enseñanza en los que rigen, preponderantemente, principios de jerarquia de rigurosa reglamentacion.

Se trata de un delito autonomo que es fruto de la inquietud social generada y que viene a completar, de acuerdo con el principio de legalidad, nuestro sistema penal que adolecia de lagunas al respecto. Se sanciona a aquellos que en el marco de cualquier actividad laboral realicen contra otro de forma reiterada actos graves de acoso psicologico u hostilidad que le generen sentimientos de humillacion. Asimismo, se sanciona, en el marco de cualquier otra relacion contractual, a aquellos que provoquen situaciones gravemente ofensivas en ladignidad moral de otros. Es decir, se ampara que no se vulneren las condiciones de disfrute de los derechos derivados de cualquier tipo de relacion contractual publica o privada.

Obviamente, el acoso laboral precisa de una efectiva y seria presion psicologica sobre el trabajador o el funcionario acosado, bien sea esta de un compañero o de un superior. El acosado se encontraria en una situacion anormal de convivencia en su propio ambito profesional, seria como un exluido de la empresa o institucion.

Actualmente, las practicas de acoso que se sancionan ahora, suponen poner freno a esa carrera disparatada del éxito empresarial a toda costa y si, obeddeniendo al superior menoscabo la dignidad de otro, no importa los medios que utilice. Por supuesto, no confundamos el acoso laboral con aquellas otras situaciones que el trabajador puede sufrir por estrés profesioanl, competitividad en el seno de la empresa, la incertidumbre laboral sobre el futuro profesional y otras de indole semejante.

Compete a la disciplina preventiva de Psicosociologia Aplicada, detectar aquellas situaciones de mobbing en el propio proceso de la evaluacion de riesgos que ha de llevarse a cabo en las empresas y organizaciones. Lamentablemente, el desarrollo de dicha especialidad está aún en mantillas en las empresas e instituciones de nuestro entorno, donde parece que solo prima la seguridad del casco y una abundante burocracia documental.

El delito de acoso laboral llega y va a estar aquí y ahora. Que nadie se llame a engaño.

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Antonio Sánchez Cervera – Socio de ACERVERA Abogados – Inspector de Trabajo excedente, Auditor de Sistemas de Prevención

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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