De las 200 páginas que contiene el IV Convenio General del Sector de la Construcción firmado en octubre pasado, 125 abordan cuestiones de Salud Laboral. Eso, hace apenas unos años, era impensable. Ahora, es absolutamente necesario. Así lo hemos defendido desde FECOMA, y el resultado es evidente: hemos conseguido introducir un capítulo específico de Salud Laboral en los convenios de Construcción, Madera, Corcho, Ferralla, Derivados del Cemento, Cemento, Tejas y Ladrillos, y Yesos, Cales y Escayolas.

La negociación colectiva de los convenios es el camino para fortalecer la participación de los trabajadores y trabajadoras en sus centros de trabajo y es fundamental que un instrumento tan potente como éste garantice medidas encaminadas a evitar los accidentes y las enfermedades laborales.

Con esa idea, en FECOMA hemos conseguido plasmar una serie de derechos comunes a todos los convenios y otros relacionados con los procesos productivos de cada sector. Un ejemplo de estos derechos comunes son las Comisiones Paritarias de Seguridad, Salud y Medio Ambiente, llamadas a ser una herramienta fundamental para el cumplimiento de lo pactado y para el estudio y diagnóstico de la salud laboral y el medio ambiente en cada uno de los diferentes campos. Otro de los aspectos reflejados en los Convenios es la Planificación de la Acción Preventiva, regulando los pasos a dar para llevarla a cabo y marcando las pautas para que sea una realidad la participación de los Delegados de Salud Laboral.

Otro gran eje común ha sido la vigilancia de la salud con la obligada aplicación de los Protocolos Médicos editados por el Ministerio de Sanidad y Consumo para cada uno de los riesgos presentes en el puesto de trabajo. Así como la obligatoriedad del Servicio de Prevención de entregar al trabajador al finalizar la relación laboral su historial clínico laboral. También la formación en prevención ha supuesto en el caso del Convenio de la Construcción, más de dos años de enorme trabajo. Se han dispuesto de unas horas mínimas de formación inicial y específica, además de concretar las materias objeto de dicha formación. Se ha incluido, además, una artículo dedicado conjuntamente a las prendas de trabajo y a los equipos de protección individual, pues consideramos que ambas deben seguir los mismos criterios. Un logro importante es que ante la presencia de cualquier contaminante físico, químico o biológico detectado en la evaluación de riesgos, aún cuando no se supere el valor límite ambiente vigente, el empresario estará obligado a entregar los equipos de protección individual a aquellos trabajadores que lo soliciten.

Se han ampliado los derechos de los Delegados de Salud Laboral, entre otros con la ampliación del crédito horario y se han aumentado las competencias del Comité de Seguridad y Salud. En algunos convenios, como el 25 del Convenio de Tejas y Ladrillos, se ha definido el acoso moral y previsto actuaciones para estos casos.

La clave para hacer avanzar nuestros derechos en materia de salud laboral ha sido la decisión firme de no dar por finalizadas las negociaciones colectivas hasta no tener cerrados los nuevos capítulos. Librando esta batalla en el marco del convenio hemos conseguido que a partir de ahora, exista una disposición cada vez mayor, de todas las partes, a hablar de estos temas como algo inherente a las relaciones laborales, y obligatorio en las mesas de negociación. Lo que se ha hecho hasta ahora es importante pero lo es más lo que queda por hacer.

Comisiones Paritarias de Seguridad, Salud y Medio Ambiente ¿Qué deben hacer?

Desarrollar, vigilar el cumplimiento e interpretar los contenidos del capítulo.

Proponer la realización de estudios, análisis y diagnósticos de las condiciones de trabajo, e implantación de la actividad y gestión preventiva en el ámbito sectorial.

Desarrollar planes de formación específicos para los trabajadores y trabajadoras.

Marcar criterios para la evaluación de riesgos, la planificación de la prevención, la organización de la prevención, la vigilancia de la salud y los sistemas de formación e información.

Mediar en las empresas en materia de seguridad y salud.

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Revista Por Experiencia – ISTAS, Vicente Sánchez, Responsable de Salud Laboral de FECOMA

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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