Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 1,343)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: Es accidente de trabajo? #433331 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Javi90 wrote:

    Si de camino al trabajo pasas por el colegio “X” para dejar a tus niños en el colegio, no se trata de una interrupción, sino de algo habitual que haces siempre, por lo tanto, es tu trayecto habitual y sí que debería considerarse como in itinere.

    Por el contrario, si yo decido pasar a ver a unos colegas o irme al centro comercial a gastarme el dinero en ropa, sí que se trata de una interrupción y es algo no habitual, que no debería ser considerado como accidente in itinere.

    Curiosa esta percepción. Conozco personas que nunca interrumpirán su trayecto casa-trabajo-casa para dejar o recoger los hijos del colegio, pero en cambio si que cada día cuando salen del trabajo, se paran en el bar a tomar unas copas con los amigotes, en este caso, como es “lo habitual”, si se accidentan, ¿sería accidente de trabajo? A mi me parece que por muy habitual que sea no es accidente in itinere.

    El tema de los accidentes en itinere no deja de ser curioso, además, siempre estás expuesto a lo que dice el trabajador. En caso de duda, que decida la mutua y si el trabajador no está conforme, que reclame.

    en respuesta a: Formación SPP vs SPA #433036 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @De locos wrote:

    @Man0706 wrote:

    Este debate surge cada cierto tiempo…

    ¿Por qué en lugar de tanta preocupación por el tipo de entidad que imparte esta formación, no empezamos a preocuparnos por la capacidad de quien la impate? Y no me refiero a que la imparta un TSPRL cualquiera, sino aquel que tenga los conocimientos y habilidades formativas necesarias.

    Yo siempre he preferido la seguridad real a la legal, cuando ambas no van de la mano; pero en este caso me importa, y mucho, los aspectos meramente legales, sea la formación buena o no.
    Y esto es así porque, la obligación empresarial de proporcionar formación a sus trabajadores es la obligación más “opinable” y más subjetiva a la hora de evaluarse.
    Por ello, es la que muchos abogados con mala sangre y bastantes fiscales y jueces utilizan para condenar a la empresa o a sus responsables; no teniendo estos -precisamente por su subjetividad- muy buena defensa; ya que suele usarse el criterio -a toro pasado- de que si ocurrió el accidente, se demuestra que el trabajador no estaba formado.

    Por eso, a mí me parece muy importante que, habiendo hecho las cosas bien, no venga luego un juez a decirme que todo lo que hice puede estar bien, pero no vale porque no lo hizo un SPA.

    En conclusión, más allá de la claridad de criterio en cuanto a la formación PRL de nivel básico (ya explicada), me resulta muy importante discutir que la formación del artículo 19 tenga que ser impartida exclusivamente por el SPA o por medios propios.
    Yo considero que la formación preventiva es competencia exclusiva de los Técnicos superiores, pero no en su impartición, sino en su definición, necesidad, objetivos, contenidos, personal objeto de ella, duración, etc.; pudiendo derivar su impartición física a quien dicho TSPRL considere como más adecuado, no teniendo por qué ser un TPRL (aunque sí deba estar supervisado por aquél).
    Creo que ése es el espíritu de la ley, y creo que es la forma lógica de que la seguridad real sea compatible con la seguridad legal.

    Estoy totalmente de acuerdo contigo de Locos. La realidad es la que tu explicas, pero nosotros como competentes en esta materia, ¿no tendríamos que dar un paso más y exigir que no solamente se cumplan los aspectos legales (papeles y firmas) sino que el técnico que imparta la formación realmente sea experto en el tema?

    Es que he visto cada “técnico” de prevención que… daba pena. No solo impartiendo ya clases sin tener la más mínima aptitud para ello, sino en otras muchas actividades preventivas.

    Tenemos que poner en valor esta profesión y solo con papeles y firmas no lo vamos a conseguir.

    Saludos

    en respuesta a: Formación SPP vs SPA #433033 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Este debate surge cada cierto tiempo…

    ¿Por qué en lugar de tanta preocupación por el tipo de entidad que imparte esta formación, no empezamos a preocuparnos por la capacidad de quien la impate? Y no me refiero a que la imparta un TSPRL cualquiera, sino aquel que tenga los conocimientos y habilidades formativas necesarias.

    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Aitor- TSPRL wrote:

    @llumeres wrote:

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Pero eso sí, que nuestra Armada Invencible gane el mundial, porque yo soy español, español, español!!!

    Toda una declaración de racionalidad, si señor…

    Es que la ironía es nuestro deporte nacional más laureado y se tiene que notar…

    Cuidadín, cuidadín, la ironía requiere de una inteligencia que no está al alcance de todos, el fanatismo futbolero es algo, digamos, “más habitual” 😉

    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @llumeres wrote:

    @Man0706 wrote:

    Lamentable, pero ¿y los muertos de las fábricas chinas, indias… para que tengamos el último móvil o ropa de marca?

    Somos todos cómplices…

    Puede que ya toda la ropa se confeccione por niños semiesclavos indios y ya los consumidores no tengamos elección; pero hasta donde yo se el fubol es absolutamente prescindible y por tanto no pasa nada si el mundial de Qatar es un fracaso; es más visto lo visto sería algo muy sano.

    Estamos hablando de accidentes mortales, no de algo prescindible o imprescindible. Tanto da morir construyendo un estadio de futbol que un hospital, el resultado es el mismo, lo que es necesario es trabajar con seguridad. Por cierto, la vida sería muy aburrida si solo aceptásemos lo “imprescindible”.

    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Lamentable, pero ¿y los muertos de las fábricas chinas, indias… para que tengamos el último móvil o ropa de marca?

    Somos todos cómplices…

    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Yo lo hago tal como indica Aitor

    en respuesta a: ¿Para qué vale una auditoría legal? #432725 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @De locos wrote:

    Seguro que todos sabemos para qué dbería valer una auditoría legal; pero lo que se comenta aquí es que la realidad dista mucho del objetivo oficial.

    Yo creo que quizás no hiciera falta que las auditorías se hicieran directamente desde la administración; bastaría con que además de un informe final, hubiera que expedir un certificado de idoneidad o un “favorable”, que fuera condición necesaria para poder seguir operando; de tal forma que en caso contrario, la empresa se viera obligada a parar. Entre medias, todos los colores, al igual que una inspección eléctrica dispone plazos de resolución de deficiencias.

    Eso lograría que las empresas se lo tomaran en serio. Además, propongo que se hiciera a la totalidad de las empresas, independientemente de que tuvieran SPA o no. Así además se favorecería enormemente la disposición de medios propios frente a los ajenos, verdadero cáncer de la prevención.

    Si en ocasiones no se para la actividad de una empresa en situaciones de riesgo grave e inminente, ¿crees que se pararía por la falta de unos papeles?

    La auditoria legal fue un invento del gobierno de España de turno que nunca se ha sabido para que sirve, salvo para beneficio de unos pocos.

    ¿Cuánto dura una auditoria financiera, contable, en una gran empresa? ¿Cuántos errores sonados se han cometido en estas auditorias por grandes auditoras? Y siempre se audita lo mismo con independencia de la actividad de la empresa, entonces, ¿cómo se puede defender que una auditoria de prevención se realice en la mitad de tiempo o menos, por empresas con menos técnicos y que “tocan todas las teclas”, que hoy auditan una química y mañana un banco… Con auditores “jovenzuelos” (no pretendo ser despectivo, pero es que un auditor de veintitantos años te venga con un curriculum que si lo analizas con detalle te das cuenta que necesitaría haber vivido tres vidas como la suya full time para que lo que escribe sea cierto…) que no han tenido nunca en sus manos instrumentos de medida…

    Vamos, como que yo no me creo nada de lo que refleja un informe de auditoria.

    Y como en muchas ocasiones, no de ja de ser más que mi opinión.

    en respuesta a: Accidente mortal en aerogenerador #427839 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Refloto este hilo con este sistema de evacuación en vertical. Podría valorarse su transporte e instalación in situ en el momento de realizar los trabajos de mantenimiento. Con una polea y un motor, dos personas podrían montar este sistema en pocos minutos y así asegurar una evacuación de emergencia. La retirada sería igualmente sencilla, descolgando la trompa hasta el suelo.

    ¿qué os parece?

    Este sistema es muy viejo y me parece que se prohibió en España. No me convence mucho ya que estás expuesto al descenso del que esté dentro del tubo. Si alguien se asusta a mitad del recorrido, es complicado seguir avanzando. Por otra parte, el sistema que yo probé, tiene que ser el usuario el que regule la velocidad de descenso abriendo o cerrando brazos y piernas, pero si bajas muy rápido para “presumir” delante de los colegas, corres el peligro de abrasarte/erosionarte los brazos, sobre todo si vas en manga corta.

    No obstante, veo que en el primer vídeo se desciende siguiendo un recorrido helicoidal, quizá sea una mejora respecto al que probé.

    Por el perfil de trabajador de aerogenerador, si que me parece que podría ser útil, pero debería estar instalado el cacharro en cada torre permanentemente y solo serviría para la evacuación de personas conscientes.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    en respuesta a: ¿Para qué vale una auditoría legal? #432716 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    La auditoria legal solo sirve para cumplir un punto de la ley y… para beneficio de unos pocos.

    Saludos

    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    No me voy a andar por las ramas, eso suena a “escaquearse” de una tarea que no le gusta hacer.

    La misma ley dice en el punto 2 del mismo artículo: “En el ejercicio de las competencias atribuidas…:

    “e.- Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, de manera que no se altere el normal desarrollo del proceso productivo.”

    Por tanto, que vaya a revisar el botiquín antes o después de hacer esta tarea.

    en respuesta a: Síndrome de Burnout. no sé que hacer #432640 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Aitor- TSPRL wrote:

    El problema de este tipo de situaciones es muy peculiar. Aparte de que una ERL psicosocial es algo muy general y se hacen como se hacen… tenemos el ámbito individual, desde el que el enfoque debe estar muy claro.

    Yo no puedo darte muchas pautas sin conocer el problema de primera mano y por supuesto, sin escuchar previamente a todas las partes, pero te sugiero:

    – Ponerte en contacto con la Autoridad Laboral de tu provincia, específicamente con el departamento que se encargue de este tipo de situaciones, es muy probable que éste exista y te pueda brindar una buena ayuda.

    – Acredita todos los problemas que entiendas te ha generado esta situación mediante visita a psiquiatra y psicólogo, con informes periódicos de seguimiento. Guarda las facturas de todo, los gastos es algo que podrás reclamar.

    – Busca un abogado que tenga experiencia en estos temas.

    – Sal del contexto nocivo ya.

    Por otro lado, esto no es un proceso unilateral y depende también de la vulnerabilidad de la persona, su forma de afrontar las cosas, de su personalidad, etc… por lo que siempre cabe la posibilidad de que haya simulación o exageración. No digo que sea este tu caso, pero siempre se tendrá que descartar este punto.

    Mi consejo para tí, como psicólogo, es que fortalezcas tus potenciales cuanto antes y empieces a quitar estrés:

    – Haz una dieta sana y equilibrada.
    – Duerme todo lo que puedas y de calidad.
    – Haz ejercicio físico aeróbico, al menos 30´diarios de carrera, bici, nadar, etc… combinado con anaeróbico intenso en ciclos cortos: crossfit o entrenamiento funcional.
    – Respeta la pauta de medicación, pero valora el utilizar cuanta menos y menos tiempo, mejor.
    – Empieza a buscar otro trabajo.
    – Apunta lo que crees que ha fallado y analízalo. Valora aquello que podría tener que ver contigo y plantea un cambio. Especialmente si se han repetido patrones y situaciones del pasado, a veces somos de una manera que no cuaja y eso debe cambiarse.

    Suerte y ánimo.

    Aitor

    Estoy totalmente de acuerdo contigo Aitor, pero esta solución que propones, que comparto y que en alguna ocasión también he recomendado, aunque no tan detallada ni brillante como tu lo has hecho ahora, cambia radicalmente cuando, por poner un símil taurino que le viene como anillo al dedo, en lugar de ver el toro desde la barrera, lo ves desde el ruedo.

    En cualquier caso, que piense en su salud, que es lo más importante.

    en respuesta a: Formación art. 19 por un SPA #432613 Agradecimientos: 1
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @FORMADOR PRL wrote:

    Buenas,

    Esta duda existencia-metafísica-filosófica sobre el artículo 19 ,también la tengo sin resolver, y sospecho que el problema lo generan los redactores de dicha ley.

    Me explico, creo que es un problema de leer entre líneas y dejar abierto y mal legislado el tema de la formación.

    La ley prevención de riesgos laborales está redactada en español pero para nórdicos y alemanes,es decir,el artículo dice algo así como ” El empresario garantizará la formación de sus trabajadores….impartida por …MEDIOS PROPIOS Y SERVICIOS AJENOS”

    Un alemán lee el final de dicho artículo como : IMPARTIDO POR SU SERVICIO PREVENCIÓN PROPIO O SU SERVICIO PREVENCIÓN AJENO.

    Un español lee: SE GASTARÁ EL DINERO CONTRATANDO CON UN TSPRL ,AUTOESCUELAS,CENTROS DE FORMACIÓN O LOS DE LOS RECONOCIMIENTOS.

    Creo que hasta que no redacten la ley matizando ,estará el debate abierto, a quien debe realizar la formación.

    Eso sí ,si la legislan como el reglamento de los servicios de prevención ,y obligan a tener todas las disciplinas ,crearán otro monopolio en cubierto que acaban repartiendose entre 4 SPA .

    Lo que ha comentado Ventamina ,es la manera más correcta de interpretación y a mi me ha ocurrido algo similar pero no con la formación sino con los reconocimientos médicos y mediciones higiénicas ,puesto que la inspección y el instituto regional ,me preguntaban a modo requerimiento , que porque las mediciones higiénicas y los recos ,los hacía con 2 SPA ,DISTINTOS y que les enseñará los conciertos que tenía.

    Lo cual era más lógico que con solo uno.Si tengo que controlar la exposición a un tóxico y por ende la salud de los trabajadores , y el que me realiza las mediciones es el mismo que el reconocimiento,podría surgir la picaresca (aunque no dude en del cogido deontológico de nadie,puesto que creo no hay políticos en esto jajaja) pero creo que es más correcto.

    Muy interesante tu aporte sobre españoles y nórdicos, pero para mí, el quid de la cuestión está en el “garantizará la formación” y cuando ésta no puede ser garantizada por estos medios propios o servicios ajenos, ¿quién la da?

    Parece que se está “recrudeciendo de nuevo” el debate sobre las radiaciones de los móviles, pero si no tenemos claro sus daños, ¿cómo podemos garantizar una formación segura en el uso de móviles? O quizá mejor poner el ejemplo con los productos químicos, ¿conocemos los riesgos de todos los productos químicos que usamos?

    Claro que si entendemos el “garantizará” como la reparación o sustitución de un producto defectuoso, en este caso la formación, entonces se abren otras posibles soluciones.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    en respuesta a: Formación art. 19 por un SPA #432610 Agradecimientos: 2
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Todos venimos con los mecanismos biológicos para la empatía “de serie”, sólo hay que tenerlo en cuenta.

    Permiteme que por una vez discrepe de tus comentarios, hay elementos demasiado tóxicos que no incorporan este gadget ni en opción. 😆

    en respuesta a: Formación art. 19 por un SPA #432605 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @A J S wrote:

    Este debate me suena de otras veces, pero…..seguimos siempre con lo mismo

    La experiencia no evita o impide que la formación tenga que incidir en los procedimientos de trabajo, siempre. En mi caso particular, soy electricista y luego ingeniero, y en todos los cursos de riesgo eléctrico explico e incido sobre las 5 reglas de oro. Otra cosa es que no te detengas tanto con veteranos, o que a estos se las “recuerdes” con fotos de accidentes y de las lesiones que pueden producir su incumplimiento.

    La experiencia no garantiza nada, yo he descubierto en una empresa puntera en investigación del sector aeronáutico, con investigadores de gran nivel, que se estaban “chupando” cancerígenos como si tal cosa. Un “simple” técnico superior de prevención tuvo que ponerse a explicar el significado de los pictogramas de las etiquetas, las fichas de datos de seguridad, los VLA’s e intentar concienciarlos de que no siguieran con las prácticas a las que estaban acostumbrados desde la facultad.

    Respecto a la formación que puede impartir el SPA, se puede adaptar tanto como se quiera, y personalizar al máximo, pero ¿está dispuesta la empresa a pagar ese coste?. ¿Está dispuesta a pagar el precio/hora de coste de un técnico, que primero determine el nivel de formación que requiere un empleado nuevo, y que luego se la imparta?

    De acuerdo con tus afirmaciones, pero me parece que te olvidas de formular una pregunta: ¿dispone el SPA de técnicos suficientemente cualificados para impartir formación relacionada con los riesgos en investigación puntera?

    Y de todos modos no olvidemos que algunas profesiones llevan implícito el conocimiento de sus riesgos laborales propios, no así los del centro de trabajo.

    Por repescar debates anteriores, ¿tiene la empresa la obligación de formar a un camionero en conducción de vehículos pesados cuando la DGT ya le ha concedido la licencia que le permite dicha conducción?. Lo que si está obligada la empresa es a informarle y formarle sobre los riesgos específicos que puedan existir en la empresa cuando este camionero entre en la misma, por ejemplo: prohibido circular y aparcar en algunas zonas porque el encofrado del pavimento no soporta cargas elevadas.

    Es cierto que es un debate eterno, así como también es cierto que mucha formación se dirige únicamente a obtener un documento firmado para tranquilizar conciencias.

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 1,343)