Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Pedir explicaciones al ministerio #171075 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    Este es un tema recurrente en todos los foros de prevención y, sinceramente, no entiendo las quejas. Cualquier estudiante que elija la FP para ser prevencionista tiene una oportunidad maravillosa para hacer prevención con sólo 1800 horas de formación, es decir, sin tener que realizar un bachillerato y una carrera universitaria. En estas 1800 horas, además se incluyen los créditos de idiomas y otros que no tienen que ver con la prevención. Sin embargo, los que hacen el master de postgrado de 600 horas para ser prevencionistas, han tenido que dedicar muchas más horas previas a obtener una titulación universitaria, con lo cual el balance de horas es superior en este segundo caso.
    La queja, en todo caso, tendría que venir por parte de los universitarios que, teniendo una carrera y un máster de prevención adecuados para desempeñar la prevención bajo sus aspectos de seguridad, higiene y ergonomía + psicosociología, ven como otros titulados cuya formación universitaria no es acorde a ninguna de estas disciplinas, con sólo realizar el máster ya son técnicos de prevención. Esto si es injusto, y para muestra una pregunta: ¿un químico, un físico, un biólogo con un máster de higiene, no tendrán una formación más correcta que un licenciado en historia para ser prevencionista con la especialidad de higiene?. Los únicos que lo han sabido hacer bien, han sido los médicos, que han mantenido su status.
    Saludos

    en respuesta a: ¿firma en la evaluacion de riesgos? #168695 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    Caray, vaya modo de alargar una pregunta y de entrar en guerras personales. Te respondo desde mi experiencia personal, si te sirve o si os sirve bien, y sino, olvidarme, pero no quiero entrar en guerras personales.
    Siempre he firmado mis informes técnicos, sean de prevención o sean de otras actividades profesionales anteriores. Un informe lo hace una persona y si esta persona está orgullosa de él es lógico que lo firme, ¿no?. Algo parecido hacen los artistas.
    Ahora bien, si tu u otros no queréis o quieren firmarlo, por algo será, y en este caso, quizá será mejor que te/os dediques a otra cosa.
    De todos modos, piensa que, aunque no lo firmes, tu serás el autor y en caso de juicio, que puede que esto sea lo que te dé miedo, un juez siempre pedirá que el autor del informe (lo haya firmado o no) ratifique el contenido del mismo. Además le podrá preguntar otras cosas, algunas de ellas incluso “rídiculas” (si es que a veces los jueces hacen una preguntas “que pa qué”), como por ejemplo, ¿le une alguna vinculacíón comercial o económica con el actor (jodó si es quien mi paga), o ¿ha realizado el informe según métodos aceptados?, etc…
    Yo hasta añadiría que si dan miedo las responsabilidades que se derivan de los informes de los técnicos de prevención, los hagáis por duplicado y que tanto el que lo hace como quien lo recibe, firmen todas y cada una de las hojas y lo guarden en lugar seguro. Un informe firmado únicamente en la última página, puede ser fácil de manipular.
    Saludos

    en respuesta a: Videos formativos PRL para adminsitrativos #167431 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    El INSHT tiene un video sobre trabajos administrativos con PVD. Si no lo han “reeditado” es un poco viejo, pero quizá te sriva.
    Saludos

    en respuesta a: Servicio propio #169521 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    A efectos prácticos, la constitución de un servicio de prevención propio es tan sencillo como comunicar por escrito a los trabajadores a través de sus representantes la constitución de dicho servicio. Alguna mutuas tienen modelos de dicho documento. Información mínima que debe contener: especialidades asumidas, responsable y técnicos de dicho servicio. Desconozco si en alguna comunidad autónoma es obligatorio registrar este SPP. Si es obligatorio en algunas comunidades registrar el CSS (Comité de SEguridad y Salud)
    Saludos

    en respuesta a: AUDITORIA #169422 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    Cuando te auditan, realmente lo que hacen es comprobar que tu sistema de gestión cumple la legislación vigente y algunos aspectos requieren la visita “in situ”, pero si visitada una parte de las delegaciones se observa que se sigue el sistema en todas ellas, no es necesario visitar cada una de las delegaciones. Imagínate una empresa con 1000 centros de trabajo, ¿cómo pueden llegar los auditores a todos ellos? Otra cosa es que en la sede corporativa tengan la documentación completa de todas las delegaciones y en este centro los auditores soliciten documentación de algunos centros no visitados.

    en respuesta a: Botiquin portatil #169303 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    No exageremos, puede ser conveniente tener un botiquín en el coche y también es cierto que hoy se considera centro de trabajo todo aquel lugar en el que se realiza una actividad laboral, pero seamos pragmáticos, si un poste de teléfono es un lugar de trabajo, no pongamos botiquines en todos los postes de teléfono.
    Con esto me surge una duda grave, en lugar de coche de empresa, ¿no deberíamos darles una autocaravana?, lo digo por el retrete.
    Saludos

    en respuesta a: Reconocimientos medicos antes de inciar trabajo #259198 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    Soy técnico de prevención y este escrito corresponde a mi opinión. Sería interesante que un experto en derecho laboral concretase la respuesta. De todos modos, creo que todos estaremos de acuerdo en que un candidato a un puesto de trabajo no es trabajador de esta empresa hasta que ha firmado el contrato laboral y éste entra en vigor. Es en este instante cuando se deberían aplicar todos los requisitos que exije la ley de prevención de riesgos laborales (y otras leyes): reconocimiento previo a la exposición, información sobre los riesgos del puesto de trabajo, formación específica sobre prevención de riesgos laborales, etc. y esto además percibiendo su sueldo y dentro del horario laboral. Si el reconocimiento previo indica que no se es apto para el puesto de trabajo, el empresario está en su derecho de prescindir de los servicios de este trabajador en el plazo de algunos días (no recuerdo exactamente cuántos días son) y no está obligado a proporcionarle otro puesto de trabajo, puesto que la vacante que debe cubrir es esta y no otra.

    Evidentemente, durante el proceso de selección no existe relación laboral y los derechos del candidato son los que corresponden a cualquier ciudadano, entre estos figuran la condifencialidad de sus datos sensibles (estado de salud, religión, ideas políticas, imagen,…). Por tanto el candidato puede negarse a muchas cosas y el empresario puede negarse a contratarle, que para esto está haciendo un proceso de selección para el que tendrá más candidatos. Si yo creo que puedo optar a un trabajo interesante y me piden un reconocimiento médico, un test psicotécnico, un perfil curricular concreto, idiomas, informática, vestir correctamente, no presentar tatuajes ni piercings visibles, etc…. deberé “pasar por el tubo” o el empresario sé que no me contratará y estará en su derecho. Otra cosa es que en el reconocimiento médico, el médico comunique a la empresa cualquier patología, en este caso podré ejercer mi derecho a demandar al médico por pasar información confidencial, pero si me niego al reconocimiento, es totalmente lícito que el empresario “piense” que sufro alguna patología y no me quiera contratar.

    Por otra parte debemos saber que no solamente el puesto de trabajo se ha de adaptar a las características del trabajador, sino que además cada puesto de trabajo tiene unos requisitos que debe cumplir el trabajador (yo quiero ser piloto de avión y como no sé pilotar me rechazan y no es justo, que me forme la empresa, carallo). Por tanto es correcto rechazar a un aspirante que no cumple ciertos requisitos y no por ello existe discriminación.

    Ah, ¿no es discriminación que para ciertos trabajos pidan una altura mínima?

    Saludos

    Manuel

    en respuesta a: taller de confección #296611 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    Encontrarás información en la siguiente GÜEB:

    Saludos. Manuel

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