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16 julio, 2015 a las 08:42:21 en respuesta a: ALMACENAMIENTO EN ESTANTERÍAS METALICAS #433274 Agradecimientos: 0
Esas protecciones son para golpecitos que se puedan dar con una carretilla o traspalet eléctrico. Los equipos de manutención tiene mucha fuerza y son capaces de arrancar esas protecciones con facilidad.
Si quieres proteger los pilares deberías concienciar a los trabajadores que manejan las carretillas explicándoles que pueden dañar la estructura y pueden quedar sepultados, hay varios vídeos en internet con accidentes que puedes utilizar.
MECALUX tiene un documento donde explica la inspección de seguridad que debería realizarse periódicamente con una plantilla en su pág 31. Yo haría que los propios conductores la realizaran mensualmente para que tengan conciencia de la gravedad de los daños existentes.
Entra o regístrate para ver los enlaces 7 julio, 2015 a las 09:03:22 en respuesta a: R.D. 598/2015 (modifica al R.D. 39/97 – R.D. 485/97 …) #433254 Agradecimientos: 0Lamento decirte que se te han adelantado
Muchas gracias Vintces CC
Entra o regístrate para ver los enlaces No se si te será válida esta respuesta pero lo intentaré:
Mira en el INSHT en metodología de toma de muestras
Las específicas del Amianto:
Entra o regístrate para ver los enlaces 7 julio, 2015 a las 07:07:59 en respuesta a: Señalización pulsadores de alarma #433214 Agradecimientos: 0@ventamina wrote:
@Histófenes wrote:
La señal corresponde con la EN ISO 7010:2012 que anula la UNE 1115:1985 , por lo que actualmente en Europa está vigente la primera.
Un saludo
España es Europa también, y NO, AQUI en entornos LABORALES, la norma en vigor es la dice el RD de señalziación, (que remite a la GUIA) esto es: norma UNE 23035.
La UNE 23035 sigue en vigor pero se apoya en la UNE 1115:1985 que ha sido anulada
Un abrazo.
Entra o regístrate para ver los enlaces @Yanou wrote:
Si son cámaras en las que se puede entrar a pie y no disponen de ningún cristal que permita la entrada de luz de alguna luminaria exterior sí que deben tenerla, como todos los lugares de trabajo.
INSTRUCCIÓN IF-12 INSTALACIONES ELÉCTRICAS
3.1.4. Alumbrado de emergencia. Deberá instalarse un sistema de alumbrado de emergencia fijo, adecuado para garantizar el manejo de mandos y controles así como para la evacuación del personal cuando falle el alumbrado normal. Deberá ser capaz de mantener una iluminación de 5 lux durante una hora.Entra o regístrate para ver los enlaces 6 julio, 2015 a las 10:58:54 en respuesta a: Realización de partes de accidente #433248 Agradecimientos: 0@trabajoyseguro wrote:
No se puede modificar esa valoración de gravedad de la que da el parte de baja el médico de la mutua. es responsabilidad suya y no de la empresa.
Histofones, ¿no se puede?, o ¿no se debe?, que pasa si en vez de irte a la mutua vas al hospital?, quien rellena el DELTA, esperas que la mutua diga algo?, son preguntas.
Los partes comentados anteriormente lo rellenó un administrativo adscrito a un SPP, dos de ellos, y otro un administrativo de RRHH. Quien es responsable?. esto da para mucho Histofones, como para hacer aseveraciones tan rotundas.ORDEN TAS/2926/2002 dice sobre la casilla del Grado de la Lesión:
“las casillas que figuran en esta rúbrica son las mismas que figuran en el Parte Médico de Baja, por tanto se marcará el mismo grado que figura en dicho Parte.”
Ni para mucho ni para poco, y no asevero sino que pongo lo que dice esa Orden. Independientemente de donde sea atendido el trabajador necesitas el parte de Baja y sólo te lo darán en la Mutua. Y además, ¿Eres tan “guay” como para modificar lo que dice un parte médico de Baja?. Pues en ese caso rotundamente eres responsable de ello. Además, la gravedad de la lesión es valoración médica, y está asociada al posible fallecimiento del accidentado, no de su lesión por muy “grave” que nos parezca. A mí me costó entenderlo pero es así.
Un saludo afectuoso
Entra o regístrate para ver los enlaces 6 julio, 2015 a las 07:55:38 en respuesta a: Realización de partes de accidente #433245 Agradecimientos: 0@trabajoyseguro wrote:
Eso si habla primero conmigo antes, no vaya a ser que califiques de grave algo que es leve, “una pierna cortada, tres dedos, una caída de 3 metros”, ejemplos muy reales de calificaciones leves, unos cabo en fallecimiento, otro en IPT, y el otro ya veremos. No esta escrito con pesimismo, esta escrito con una descripción de la realidad, esa que a mi día tras día me dicen que aplique, debes ser realista, si lo tengo que hacer así, no avanzamos, y cuando viene un gran marrón, entonces te dicen …………………………… para que me sirve este servicio si ahora el lio lo tengo yo ……..
La gravedad la dicta el médico, no el técnico, y las valoraciones de leve, grave o muy grave son diferentes a las que puedas tener tú o yo como técnico. No se puede modificar esa valoración de gravedad de la que da el parte de baja el médico de la mutua. es responsabilidad suya y no de la empresa.
En el resto de comentarios totalmente de acuerdo.
Tendrás que garantizar que sea posible evacuar por esa salida si fuera necesario durante los trabajos de entrada de material que propones. Piensa que deben estar expeditas en todo momento.
@ventamina wrote:
@Histófenes wrote:
Hay que viajar más….
En Centroeuropa en invierno se agradece lavarse las manos con agua templada, pero creo que con los calores del verano en España no apetece nada.
Un saludo.
Pues depende, prueba a ducharte en Burgos a las 5 de la mañana y verás si te apetece o no que salga el agua templada.
¿Cuándo? Pues para mi cuando sea preciso ducharse por la actividad laboral (usan productos químicos, limpieza, agente biológicos, sudoración por actividad física continuada) y el agua salga del grifo a <20ºC o cuando así lo indique el convenio colectivo o la negociación colectiva. Sinceramente, para lo que cuesta un termo eléctrico, veo absurdo esta cuestión (salvo que hablemos del puesto de trabajo del socorrista de una piscina).
Yo creo que si no eres un gorrión, dudo que te puedas DUCHAR en los LAVABOS.
Todo lo que no sea pulpo como animal de compañía, lo de la temperatura y lo del temo, estoy de acuerdo contigo.
Un saludo
Hay que viajar más….
En Centroeuropa en invierno se agradece lavarse las manos con agua templada, pero creo que con los calores del verano en España no apetece nada.
Un saludo.
Hola:
Tienes las metodologías del INSHT:
MTA/MA-036/A00: Determinación de cuarzo en aire – Método del filtro de membrana / Difracción de rayos X
MTA/MA-056/A06: Determinación de sílice libre cristalina (cuarzo, cristobalita, tridimita) en aire – Método del filtro de membrana / Difracción de rayos X
MTA/MA-057/A04: Determinación de sílice libre cristalina en materia particulada (fracción respirable) en aire. Método del filtro de membrana / Espectrofotometría de infrarrojos – Año 2004Pero lo mejor es el asesoramiento del Laboratorio en cuestión de tipo de soporte y filtro, y caudal.
Es fácil de usar pero hay que masticarlo despacito para digerirlo…
Entra o regístrate para ver los enlaces 22 junio, 2015 a las 06:07:49 en respuesta a: Señalización pulsadores de alarma #433218 Agradecimientos: 0La señal corresponde con la EN ISO 7010:2012 que anula la UNE 1115:1985 , por lo que actualmente en Europa está vigente la primera.
Un saludo
Entra o regístrate para ver los enlaces 15 junio, 2015 a las 16:27:05 en respuesta a: ascensor en tienda señalizar no usar en caso de emergencia #433132 Agradecimientos: 0Discrepo sobre la inexistencia de legislación.
RD 486/1997 de lugares de trabajo:
ANEXO I-A
10. VÍAS Y SALIDAS DE EVACUACIÓN
7º Las vías y salidas específicas de evacuación deberán señalizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Esta señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y ser duradera.RD 485/1997 Señalización
Artículo 4. Criterios para el empleo de la señalización
c) Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.Por tanto, si en las medidas de emergencia o plan de evacuación es necesario definir una salida o un ascensor como no adecuado como salida de evacuación deberá señalizarse.
También en el documento siguiente
hace mención a obligatoriedad indicada en el CTE. Habrá que buscar dónde aparece dicha obligación.Un saludo
Entra o regístrate para ver los enlaces Protección térmica: Debe evaluarse, mira la NTP 940 si no la has visto ya.
Ya hace tiempo que no tengo este tipo de “instalación” pero creo que funciona muy bien el sistema de tres capas, de dentro hacia fuera:
1- capa ajustada y no de algodón o similar que absorben la humedad y enfrían el cuerpo. Hace de segunda piel y si es posible en dos piezas de manga y pierna larga. fibras naturales de lana o acrílicas las más usadas.
2. Capa para conservar el calor corporal y aislar la humedad que absorbe de la primera capa enviándola a la externa. no tiene que ser tan ajustada. Suele ser de fibra sintética tipo polar.
3. Capa externa holgada para no presionar las dos anteriores y protege del frió y si es necesario del agua.Debes evaluar bien el tipo de aislamiento térmico para evitar que el trabajador sude al realizar el trabajo (el sudor no lo absorbería la ropa y enfriaría al trabajador) y el nivel de confort sea adecuado.
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