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14 julio, 2017 a las 08:05:56 en respuesta a: Atenuacion SNR en el ruido recibido con utilización de EPI. #436720 Agradecimientos: 0
Watchmen,
El pico se valora siempre con la curva atenuación L(C) no L(A)
Creo que es importante que leas la explicación que está en la página 71 de la guía técnica de ruido cuando menciona el ruido de impacto porque menciona que para ruidos de pico de bajas y medias frecuencias debe sumarse 5 dB al valor atenuado L(C)Debes tener también en cuenta que realizar una medición puede no ser suficiente para valorar una exposición al ruido. El estudio debe realizarse siguiendo el apéndice 5 que está basado en una norma ISO 9612:2009 y recomienda realizar al menos 3 mediciones, si entre ellas no existe 3 dB de diferencia en cuyo caso es necesario realizar otras 3. También debes calcular las incertidumbres para valorar correctamente, pero entiendo que esa es otra historia.
Entra o regístrate para ver los enlaces Los trabajadores deben conocer que es un simulacro siempre:
– Mucho antes de realizarlo, avisando que vais a realizar un simulacro, normalmente esto se realiza para que asuman que deben realizarlo correctamente, y se busca que interioricen las acciones que deben hacer más que identificar posibles fallos en el protocolo que se ha diseñado.
– Durante el simulacro, para que siempre tengan presente que no es real, que es un simulacro. En cualquier llamada, o comunicado verbal debe indicarse que es un simulacro, porque si durante el simulacro sucede una emergencia real, debe activarse de verdad.En las medidas de emergencia debería haberse tenido en cuenta que pueden existir lo que denominas TES, y sus particularidades de evacuación.
Y mi recomendación es que en el simulacro NO EXISTAN RIESGOS, eso de riesgos innecesarios…
Tienes una guía reciente de este año “Sugerencias para la preparación y realización de un Simulacro de emergencia” en
Entra o regístrate para ver los enlaces 13 julio, 2017 a las 09:09:30 en respuesta a: Obra sin proyecto: ¿quién firma la evaluación específica? #436726 Agradecimientos: 0Está explicado en la guía del INSHT:
Si tu sistema de gestión es un SPA, un técnico superior de PRL legalmente no tiene ninguna función preventiva.
Pero si el CSS aprueba el documento de gestión preventiva de la obra con la información que le facilita ese supertécnico superior de PRL, pues creo que legalmente daría validez a lo que le entrega la contrata.
Entra o regístrate para ver los enlaces 13 julio, 2017 a las 08:57:20 en respuesta a: Atenuacion SNR en el ruido recibido con utilización de EPI. #436722 Agradecimientos: 1Si miras en la guia técnica del antiguo INSHT, se utiliza L(C) en vez de Laeq.
Tienes un ejemplo en la página 70 de la guíaEn dicha página el L(A’)=L(C)-SNR que podríamos aproximar a L(A’)=Laeq – SNR como tu calculas
Para la atenuación de picos, es recomendable que utilices los valores L, M, H del protector de acuerdo con el ejemplo que aparece al final de la página 71 de la guía anterior. El valor límite para Lpico es de 140 dB(C), valor de exposición superior 137 dB(C) e inferior de 135 dB(C)
por lo que los 93 que has calculado que te darían estarían por debajo de esos valores.Si quieres puedes utilizar la aplicación VICTOR de ASEPEYO
Entra o regístrate para ver los enlaces 6 julio, 2017 a las 07:01:47 en respuesta a: NUEVO R.D. Instalaciones contra incendios #436644 Agradecimientos: 0Sólo cuando la instalación no esté regulada su inspección por reglamentación específica.
Si, yo también entiendo que debe ser un organismo de control acreditado.
6 julio, 2017 a las 06:54:32 en respuesta a: FDS producto no peligroso con pictogramas de peligro #436707 Agradecimientos: 1Tienes una FDS que refleja dos reglamentaciones diferentes. La directiva 67/548/CE (correspondiente a sustancias) y la directiva 1999/45/CE (correspondiente a mezclas) están derogada desde 1 de junio de 2005, son las directivas que ha derogado el nuevo reglamento CLP.
El nuevo Reglamento CLP ha modificado el sistema de clasificación de sustancias y en vuestro caso seguramente ha pasado de no ser peligroso a estar incluida dentro de dos categorías.
Yo te recomendaría que solicitaras de nuevo dicha FDS para que te entreguen una actualizada, la fecha de actualización debe aparecer al inicio, donde se incluyan los escenarios de exposición.
3 julio, 2017 a las 12:44:07 en respuesta a: Revisión estanterias de carga manual y cantilever #436695 Agradecimientos: 0Mira si te sirve la UNE-EN 15635:2010
En el apartado 9 especifica los elementos a revisar
Si quieres puedes leerla en inglés
la app que te han indicado desarrolla esta une de acuerdo a lo que han indicado en su web, pero sólo para estanterías de carga paletizada:
Esta aplicación contiene un cuestionario de revisión de las condiciones de seguridad de estanterías metálicas de carga paletizada (estanterías de acero de largueros y puntales regulables en altura) y de su entorno inmediato, basado principalmente en lo indicado en la norma UNE-EN 15635.Entra o regístrate para ver los enlaces 12 mayo, 2017 a las 17:55:36 en respuesta a: número grúas en residencias (ratio) #436547 Agradecimientos: 0Mira la metodolgia del indice MAPO.
Los requisitos creo que son de 1 por cada 8 pacientes dependientes en un sector o planta4 mayo, 2016 a las 15:47:36 en respuesta a: AUTO GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS #434790 Agradecimientos: 0@activ activ wrote:
Hola, creo que no habéis entendido bien lo que yo realizo. Trabajo en una consultaría de empresas, (no tengo por que decir esa información, si solo quería hacer unas preguntas ) Soy técnico superior en prevención de riesgos profesionales, y estoy aprendiendo con los pocos meses que llevo desde que lo acabé y que mejor que hacerlo desde abajo (Eso para callar muchas bocas desde el principio del hilo, ya que habéis juzgado mi formación). O el que me lo dijo ya nació aprendido y con experiencia???. Lo que hago es trabajar con una plataforma privada similar a prevención10, lo que no es gratuita por supuesto. Yo hago toda la toma de datos y la visita técnica a los empresarios que no les interesa hacer una auto gestión ellos mismos por falta de tiempo, buscan una asesoría para orientarlos y hacer este plan mano a mano. MI consultaría, es también una academia de formación bastante importante donde hacemos los cursos que solicitan en tema de prevención y de todo tipo.
Dónde está la ilegalidad si ellos mismos son formados para llevar después de realizar el plan de prevención su propia auto gestión a través de la plataforma , que yo misma me dedico a formar y a explicarles de que consta cada evaluación.No se que clase de mensajes me habeis escrito muchos de vosotros pero solo preguntaba por unas dudas, no he llamado a nadie para que me juzgue o me diga que me va a denunciar por estafa. Pensaba que este foro era algo serio con gente seria.
Estimada Raquel, lo acabas de “arreglar” con este comentario porque parece que actúas como un SPA sin serlo, como te han indicado antes.
Un abrazo
En la página de CREA:
Tienes varias aplicaciones multimedia que creo que pueden ayudarte, pero no creo que encuentres algo fácil y sencillo, sencillamente porque no es ni fácil ni sencillo aplicar el 1215.
Es mi apreciación.
Un saludo
Entra o regístrate para ver los enlaces 29 octubre, 2015 a las 12:32:55 en respuesta a: Empresario titular no cumple obligaciones #433782 Agradecimientos: 0@De locos wrote:
Me cago … de la inspectora de trabajo que dijo eso. Luego se quejan de su insostenible situación, con un sueldo fijo por hacer … mejor me callo.
Si, mejor nos callamos que en vez de la zanahoria nos dan con el palo…
29 octubre, 2015 a las 12:27:51 en respuesta a: Aplicación fórmula Nivel de exposición diario equivalente #433786 Agradecimientos: 1Herramientas informáticas:
Del año 2014 la herramienta audito
Del 2009 la herramienta OHSAS 2009
Entra o regístrate para ver los enlaces 20 octubre, 2015 a las 13:38:56 en respuesta a: PERIODICIDAD EVALUACIÓN DE RIESGOS #433749 Agradecimientos: 0@Yanou wrote:
Histófenes, el tiempo máximo de almacenamiento de la documentación preventiva es “forever and ever”..
Para respuesta a esa pregunta:
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