Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #73352 Agradecimientos: 0
    MVISE
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    diciembre 2006

    Iniciado

    Buenas tardes, os expongo una problemática a ver si alguien me puede aconsejar qué hacer o le pasa lo mismo y nos contamos las penas. 🙂

    Como empresa de servicios efectuamos actividades en centros de trabajo ajenos, nos es de aplicación el RD 171-2004 como empresa concurrente. Un porcentaje digamos elevado (incluyendo centros de la Administración como algún ayuntamiento) de empresarios titulares no nos hace caso cuando solicitamos información de riesgos propios del centro, medidas preventivas, medidas de emergencia o instrucciones para la concurrencia de actividades. Y de establecer medios de coordinación, menos aún. Aparte de freirlos a e-mails y cartas, ¿qué más se puede hacer, además de cesar el servicio, como me indicó en una ocasión una Inspectora de Trabajo? Entiendo que podrían acogerse (aunque lo ignoren) a la circunstancia de que los riesgos leves no hace falta comunicarlos por escrito (aunque sea recomendable), pero no tener ni consignas de emergencia …

    Algunos clientes incluso me han llegado a decir que “de prevención no tenemos nada, aquí en oficinas no hay peligro ninguno”…

    #433778 Agradecimientos: 0
    serzoman
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    3
    junio 2013

    Iniciado

    Si lo tienes por escrito, adelante. Cada tiene uno que responsabilizarse de sus obligaciones tipificadas en la normativa de aplicación.

    Si tu como concurrente, o si subcontratatas parte de tu actividad ,como principal, cumples tus obligaciones citadas en el Rd 171/2004, no tienes que tener ningún tipo de problema.

    Si el empresario titular, no cumple ni siquiera en informar de los riesgos, medidas de emergencia de su centro, cada cual con sus responsabilidades..

    #433779 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
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    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @serzoman wrote:

    Si el empresario titular, no cumple ni siquiera en informar de los riesgos, medidas de emergencia de su centro, cada cual con sus responsabilidades..

    Puesss…yo no estoy tan de acuerdo. Coordinación va de eso, de hacer una actuación conjunta y consensuada ante una situación de riesgo; si una de las partes no colabora deja a la otra en calzoncillos ante un accidente.
    No hablo de papeles ni de obligaciones, hablo de los riesgos. En caso de que existan riesgos importantes, y una de las partes obvie sus obligaciones, está dejando a la otra en incertidumbre total. Le está obligando a decidir si trabaja o no en unas condiciones cuyos peligros (si los hay) no conoce.
    Ahora imaginad, qué se yo, que somos un albañil y que nos subcontratan para reparar un solado en un centro de transformación subterráneo. Queremos hacer CAE y la propietaria eléctrica pasa olímpicamente. ¿Os arriesgaríais a hacer ese trabajo? Total, les hemos pasado nuestra evaluación de riesgos de albañil, ¿no? Y si ocurre algo… ¿creéis que se va a poder argüir eso de “yo quise hacer CAE, pero la otra empresa pasó. Así que me arriesgué con el trabajo sin saber los riesgos que me iba a encontrar durante la concurrencia, total, yo ya cumplí con mi parte?”.
    Contestación de los sabios ancestros: “Manolete si no sabes torear pa’ qué te metes”. Y por lo que veo, de la ITSS también.

    Para el resto de casos (riesgos leves, medidas básicas de emergencia), yo probaría a ponerme en contacto con el servicio de prevención del cliente. Eso de que “de prevención no tenemos nada, aquí en oficinas no hay peligro ninguno”, es frase de cliente, no de quien le gestiona la prevención y que sí va a saber de qué estamos hablando (sí amigos, así se anda muchas veces, sin saber una mano lo que hace la otra). Salvo que no tengan realmente modalidad preventiva, con lo cual ya…

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #433780 Agradecimientos: 0
    MVISE
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    2
    0
    diciembre 2006

    Iniciado

    Gracias por vuestras respuestas.

    A tenor de la normativa es el empresario titular el que debe “liderar” la coordinación, pero nos encontramos en muchos casos en que ni siquiera conocemos quiénes son las otras empresas concurrentes en un mismo centro (entiendo que debiera ser el titular el que comunicara a cada empresa concurrente quiénes son las demás concurrentes), o que incluso no se sabe quién es la empresa titular (caso de que la propiedad del edificio es de una entidad pero el centro lo gestiona otra).

    Como dice Sigurdlab, el problema es cuando se produce un accidente. Todos a correr.

    #433781 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Creo que la única postura que no es razonable es la de lamentarse sin más.
    El máximo responsable de la seguridad de sus trabajadores es el empresario; por lo que si algo ocurre debido a riesgos originados por el estado de un centro de trabajo ajeno, sin duda afectará al titular de ese centro, pero también sin duda afectará al empresario de ese trabajador.

    Por lo tanto, si el otro no quiere trabajar en prevención, hazlo tú. Yo te propongo que informes a tus empleados de los riesgos típicos de un edificio de oficinas (yo también estoy de acuerdo en que no son tantos; de hecho en USA he leído que esa situación no requiere ni organización preventiva); podéis incluso echar un vistazo por donde los vuestros van a trabajar, y evaluarlo vosotros.

    Eso se llama prevención real y no de papeles. Sé que es hacer el trabajo de otros; pero es que la opción de rechazar el trabajo no es una opción real en los días que corren. Me cago … de la inspectora de trabajo que dijo eso. Luego se quejan de su insostenible situación, con un sueldo fijo por hacer … mejor me callo.

    #433782 Agradecimientos: 0
    Histófenes
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    133
    78
    junio 2012


    Maestro

    @De locos wrote:

    Me cago … de la inspectora de trabajo que dijo eso. Luego se quejan de su insostenible situación, con un sueldo fijo por hacer … mejor me callo.

    Si, mejor nos callamos que en vez de la zanahoria nos dan con el palo…

    #433783 Agradecimientos: 0
    De locos
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    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Histófenes wrote:

    @De locos wrote:

    Me cago … de la inspectora de trabajo que dijo eso. Luego se quejan de su insostenible situación, con un sueldo fijo por hacer … mejor me callo.

    Si, mejor nos callamos que en vez de la zanahoria nos dan con el palo…

    Te refieres a lo que se ha dicho en Madrid no hace mucho ¿Verdad?
    A mí no me molesta que me den palo; pero que no me vengan con estas respuestas peregrinas, porque ofenden, y denotan una separación absoluta de la realidad.
    La diferencia es que el palo que dan en temas laborales, lo podrán hacer porque conocen la materia; sin embargo, la PRL no la dominan, y el peligro es que se pongan a dar palos … DE CIEGO (como diría Matías Prats)

    #433784 Agradecimientos: 0
    yesika perez
    Participante
    0
    octubre 2015


    Hola lo más recomendable seria que te asesoraras con un ente especializado en la materia o de tener documento de obligación tramitar la manera de hacer que él tenga responsabilidad o dirígete a un abogado que te explique qué procedimiento debes realizar

    saludoss

    -_____________
    trabajando por hipermetropia

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