Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: . #431724 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Habiendo leido por encima los mensajes, solo añadir una cosilla: Un buzo u hombre rana lleva “gafas” estancas… ¿trabaja 8 horas seguidas?
    nada más, creo que esta bastante claro.

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    en respuesta a: Descarga de casetas de obra o contenedores #431765 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @Don Prevencio wrote:

    Habría que verlo, pero puede hacerse desde una plataforma elevadora, o desde un castillete del andamio apoya en el suelo, en fin habría que verlo, pero en cualquier caso el operación tiene que tener controlado suficientemente el riesgo. . . 😉

    Gracias muchacho, pero no se dispone de nada de eso y ver un camión con su plataforma y encima un container no creo que sea dificil imaginarselo. Al lado un camión grúa. El operario pone el brazo con las eslingas sobre el container y seguidamente se sube al techo del container, ¿cómo? como los monos y luego coloca los extremos de las eslingas en cada enganche, baja al suelo e iza el container. Luego lo coloca con en su sitio con ayuda de uno o dos operarios que con las manos (no iba a ser menos) giran y posicionan el container en el aire.

    Todo una muestra de PRL!!!!

    ¿sabeis algo para evitarlo?

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    en respuesta a: Formación manejo de plataforma elevadora #431712 Agradecimientos: 1
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Buenas noches,
    la formación en uso de Plataformas elevadoras las imparten los SPA, las empresas alquiladoras de Plataformas, la Fundación Laboral de la Construcción y entidades formadoras especialistas en estas áreas.
    Yo soy monitor teorioco-practico de varias empresas de formación de plataformas. No digo nombre para que no me tachen de publicidad, pero en googlo pones “formación PEMP” y seguro que encuentras algo.
    Por otro lado, comentarte que he entendido que la persona sube con una PEMP y luego pasa al techo del contenedor, sujeto a un punto seguro y procede al corte de barandillas ¿no?
    La norma dice que de la PEMP solo se puede salir cuando esta en el suelo.
    Un saludo

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    en respuesta a: Empresario como recurso preventivo? #430783 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @ICM75 wrote:

    @carlosgonzalez wrote:

    ICM:
    Las instrucciones especificas …. Pero si después de todo eso, te lees en el anexo III del RD 614/01, disposiciones generales, y sigues en tus trece, pues “hijo” alla tú. Yo desde luego lo tengo claro, al igual que otros muchos.
    Un saludo

    No me voy a poner a discutir a ver quien la tiene mas larga.

    Conozco alguno de esos procedimientos/normas internas y principalmente persiguen una cosa: tener un cabeza de turco con el “apellido” prevención para eventualmente tener a quien echarle la culpa, no hacer las cosas bien.

    Para hacer las cosas bien, en este caso, no hace falta inventar nada, ya esta inventado y legislado: RD 614/2001, y es bastante mas “sencillo” de cumplir por las empresas instaladoras: trabajadores autorizados, trabajadores cualificados y jefes de trabajo según sea cada caso, pero sobre todo mucho mas efectivo por una sencilla razón, porque estos agentes son trabajadores con CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS sobre lo que tienen entre manos, y no conocimientos generales en prevención de riesgos que es lo que tienen la mayoría de recursos preventivos que se suelen aceptar por dichas compañías “ejemplares”

    Pero nada oye, tu, y esos otros muchos, seguid cubriendo los expedientes.

    ICM75, una cosa es más larga que otra cuando mide más que la otra, así de sencillo, pero si te empeñas….

    No me dices nada concreto ni argumentas nada “cientifico” (por cierto “medible” – “me lo has puesto a huevo”) en tus argumentos, y al final no se porque me pones con un grupo de gente…¿????? pero a mi tampoco me gusta discutir de lo trivial.
    Un saludo

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    en respuesta a: Empresario como recurso preventivo? #430782 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @De locos wrote:

    @carlosgonzalez wrote:

    @De locos wrote:

    Carlos,
    ¿Tú trabajas habitualmente en obra?

    Yo solo te digo una cosa: Si en tus ámbitos de decisión, los eléctricos trabajan “normalmente” en tensión, entonces no estáis aplicando la ley, más concretamente, los principios de acción preventiva. Cuando digo trabajos en tensión, me refiero -tal y como señala la normativa- a trabajos con partes en tensión ACCESIBLES, y no a trabajos sobre instalaciones que estén en tensión, que es muy distinto.
    Ahora que ya recuerdo quien eres, no dudo que tengas experiencia de campo; pero ya sabes, la experiencia siempre es un grado, pero solo uno; ya que puede haber sido una “mala” experiencia (!Cuántas veces grandes ignorantes me dijeron que siempre se había hecho así!)

    De Locos, vayamos por partes:

    a) La definición de trabajos en tensión está sobradamente expuesta y clara en el RD614/01, por lo que una cosa es lo que entiendas (tu o yo) y otra muy diferente esa definición, por tanto no entro en este tema.

    b) Respecto a aplicar la LPRL y sus principios de la acción preventiva, etc. etc. te dire que:

    b1) mi decisión no está el trabajar en Tensión, ¡ojo!. Siempre que se pueda se deberá trabajar sin tensión. ¿ok?

    b2) Pero en primer lugar: el RD 614/01 contempla los trabajos en tensión (anexo III), luego el legislador se contradice, según tú ¿no? ya que el legislador dijo en el art. 15 de la LPRL sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro….

    b3) se realizan trabajos en tensión “por que los medios tecnicos y los procedimientos lo permiten” y ” existen procedimientos sobradamente ensayados y probados”, etc. etc.

    Respecto a lo otro, estoy totalmente de acuerdo que primero debe recibirse una formación y luego adquirir una experiencia, lo contrario sería contradecir los articulos 18, 19 y otros tantos que hablan de información y formación. Tengo la sana costumbre de hablar de lo que sé tanto por diablo como por viejo.

    Un saludo

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    en respuesta a: Antología del disparate preventivo #430569 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Muy buenos los videos que has puesto Aitor.

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    en respuesta a: s #430382 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @klander wrote:

    Hay varias obras.

    Hola Klander, yo no soy arquitecto, pero me parece una muy buena idea esta forma de realizar forjados, ganando aislamiento y aligerado peso ¿no?

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    en respuesta a: ***** #430507 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @Manuel Rodríguez de Lena Rodríguez de Lena wrote:

    Buenas tardes, me han ofrecido un trabajo a media jornada en ***** combinando tareas de técnico con labores comerciales.Me ofrecen 500 euros + 100( por el uso de mi vehículo), no śe si alguien ha trabajado con esta empresa, y si es así me gustaría conocer su opinión ya que las condiciones de entrada me parecen penosas. Gracias y un saludo

    Pues como no se qué empresa es “******”, no puedo añadir nada concreto, pero por lo que dices, 500 euros por 2 son 1000 euros a jornada completa, lo que ahora es más que normal…. aunque nos parezca poco, pero a muchos ya les gustaría tener un trabajo, lo primero, y cobrar, lo que sea, lo segundo…..

    Respecto de los 100 euros de vehiculo puede pasar dos cosas, una que hagas más km (+-400 al mes) en cuyo caso ya pierdes, o que no llegues a los 400 km/mes, cosa dudosa si te mueves un poquillo….. Eso de los km debe ser por km realizado…

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    en respuesta a: Chupito en la comida #430838 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Hombre, ya que hablas de derecho, costumbre y norma, que no te quito la razón, según tengo entendido precisamente la costumbre es lo que hace que una imprudencia sea solo eso, una imprudencia y no pase al rango de imprudencia temeraria….. ¿o no? a parte de otras apreciaciones que ahora no vienen al caso.

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    en respuesta a: Antología del disparate preventivo #430567 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Todos hemos tenido la ocasión de presenciar situaciones absurdas….
    por ejemplo recuerdo otra en la que un TSPRL decia que la escalera manual no se podia apoyar en la fachada de un edificio a nivel calle porque no sobresalia un metro en la parte alta del edificio (7 u 8 plantas) 😯 😯 😯

    Pero tal vez Aitor se refiera a seleccionar aquellas que sean “el no va más”….

    Recuerdo una de estas, muy pero que muy llamativa, en la que “la CSS” de la obra de reforma de unos aseos en un establecimiento, dijo a los albañiles que para alicatar una pared no hacia falta que tuviesen el casco puesto. El PSS que habia aprobado la CSS unos días antes, ponia que era obligatorio el casco en todos los trabajos dentro del ambito de aplicación del citado PSS. Pues bien, no acababa de decirlo cuando una de las baldosas recien puesta cae sobre la cabeza de uno de los trabajadores que si llevaba el casco….. en fin, son estas situaciones que cuando suceden no hace falta decir nada!!!!!

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    en respuesta a: Chupito en la comida #430836 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Esta claro que la “costumbre” no justifica la realización de tareas laborales donde se añadan riesgos por ello, si no todo lo contrario.

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    en respuesta a: Antología del disparate preventivo #430565 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Muy bueno Aitor…¡Que barbaridad!

    Pues no puedo poner fotos pero un técnico de PRL comentó a un hotelero en una visita que debia quitar un pilar de la planta sótano del hotel porque al abrir la puerta de un almacen se encontraba ese pilar y reducia la anchura minima de paso…. 😮 😮 😮 😮

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    en respuesta a: Propongo una iniciativa formativa #429674 Agradecimientos: 1
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Buenos días a todos:

    No he abandonado la iniciativa del curso de electricidad para TPRL, solo he tenido un espacio de tiempo en el que no he podido. Pronto colgare material nuevo. Un saludo a todos.

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    en respuesta a: Chupito en la comida #430833 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    Lo que os voy a contar es autenticamente cierto (lo digo porque parece lo contrario). resulta que en una obra del norte de la peninsula, hace ya unos años, un trabajador que se encontraba desplazado durante unos meses, presentó la factura de una “casa de citas”, argumentando que el en su localidad tenia la costumbre de “hacer eso” todos los viernes. El tema llegó al juez, quien dió la razón al trabajador….

    Por tanto, la costumbre es la costumbre, ¿o no?

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    en respuesta a: ACCIDENTE EN HORARIO NO LABORAL #430649 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
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    enero 2003


    Experto

    @carloss wrote:

    Un accidente en “horario no laboral” en principio no goza de presunción de laboralidad. Es decir (ocurre en lugar de trabajo pero no en tiempo de trabajo) la relación con el trabajo hay que demostrarla. Esto incluiría explicar qué hacía ese trabajador en el “trabajo”, bajo subordinación de quién y haciendo qué cosa y porqué. Lo que finalmente, (aclarado adecuadamente estos puntos) el accidente sería calificado como laboral. Es de suponer que el trabajador no está (pongamos un domingo por la tarde, fuera de turno) por amor al arte en el curro.
    Si fuera este el caso (dudoso) efectivamente no sería laboral y (podría) operar la responsabilidad civil siempre y cuando no fuera el propio accidentado quien, con su comportamiento, produjerá o aumentara el riesgo en cuyo caso pudiera incluso que tener que responder él de los daños causados.

    No carece de sentido común, entre otros, tu exposición. Pero…. ¿que puñetas hace un trabajador en la empresa fuera de su horario?
    vistelo como quieras, pero cualquier persona pensará: ¿horas extraordinaria?… ¿trabajo en negro?…. ¿pelota nº 1?…. ¿…..????

    Un saludo

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