Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD #293263 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Que yo sepa no tienen que estar a no ser que alguna de las representaciones del comité lo solicite, ya que sólo es obligatoria la asistencia paritaria de represntantes de la empresa y los delegados de prevención.

    Por lo que creo que se les puede vetar la entrada.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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    en respuesta a: coordinador siendo graduado social #293488 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Has hecho muy bien. La empresa seguro que sólo quería cubrir de cara a inspección el puesto de un corrdinador de seguridad y salud, pero….

    Date cuenta de que la ley marca la obligatoriedad de realizar un estudio de seguridad y salud en cada obra, y que en caso de haber 2 o + empresas contratistas, hace falta designar a un coordinador durante el proyecto de obra y la ejecución de la misma.

    El coordinador SS debe ser un TECNICO COMPETENTE designado por el promotor e integrado en la dirección facultativa de la obra. No veo porque no puede ser unTSPRL, aunque lo usual es que sea ingeniero, arquitecto, aparejador: es su campo.

    Hasta aquí bien.

    Ahora piensa conmigo: el coordinador hace eso–> coordinar aquí y allá, pero funciona más a nivel de coordinación con encargados. Pero quizás sea mejor tener en la obra, aparte de al coordinador SS, a un TSPRL que estudiando y conociendo el plan de SS, vigile que se apliquen las medidas preventivas y trabaje a pie de obra junto con los obreros.

    Bajo esta fórmula trabajo yo en un constructora: Soy TSPRL y Terapeuta ocupacional y hago la PRL en las oficinas de la empresa y visito obras realizando la PRL y aplicando el plan de SS.

    Así que ofréceles eso y descargarás responsabilidades y podrás aprender mucho y una vez que empieces, te aseguro que con experiencia de base no te faltará trabajo, aunque seas titulado en lo que sea.

    Espero que te ayude.

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    en respuesta a: Servicio de prevención propio #293522 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Según la LPRL, a partir de 500 trabajadores es obligatorio el constituir un SPP (250 si es actividad peligrosa) Pero también debe garantizarse que la prevención sea la adecuada considerando la situación de lso diversos centros de trabajo en relación con la ubicación del SPP. Por ello, debería centralizarse el SPP en el centro con mayor número de trabajadores y desde ahí coordinar la prevención con el resto de centros.

    Yo situaría un técnico superior/ medio en cada uno de los centros dependiendo directamente del SP central. El plan de PRL se organizará con las visitas y corrdinaciones desde el SP central que sean pertinentes.

    Se deben contratar todas las especialidades que no se asuman por el SP, de manera que se cubran los 4 centros.

    Además, con ese nº de trabajadores les corresponden 5 delegados de prevención, yo situaría dos en el centro con mayor nº de trabajadores y uno en los tres restantes.

    También deben contar con comité de seguridad y salud ( a partir 50 trabajadores) con reuniones trimestrales.

    Yo creo que es en estas reuniones del comité se deberán reunir los técnicos del SP + los delegados de prevención y los miembros del comité de seguridad y salud, juntándose todas las personas encargadas de la PRL.

    ASí creo que se puede organizar una adecuada estructura de PRL.

    Espero que te ayude.

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    en respuesta a: Coste de evaluacion inicial de riesgos #293569 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Para Jorgar y Arturogonzález: soy TSPRL contratado por la empresa constructora que alquila las oficinas y hago tareas de preventor en la oficina de la empresa y en obra, y la pregunta era ¿cuanto cuesta hacer una evaluación inicial de riesgos? y no ¿quién puede hacer la evaluación inicial de riesgos?

    Conozco al dedillo el dichoso RSP 39/97 y debo deciros que estoy en vistas de obtener ya la 2ª especialidad de PRL, con lo que podríamos formar en la empresa un Scio de Prevención, o bien crear uno ajeno (con j) y entonces ofertar dichos servicios preventivos.

    Compañeros, os agradezco el interés.

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    en respuesta a: Propuesta de prácticas en Empresa #293637 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hoy es el día de los trabajos ideales: aprendes a cagarte en todo, ¡Y GRATIS!!

    Será el efecto 11 de Septiembre??

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    en respuesta a: Posibilidad de realizar prácticas en una empresa #293633 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    De acuerdo con James, eso es explotación

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    en respuesta a: PANIFICADORAS #293705 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Considera los riesgos por agentes sensibilizantes: levaduras, harinas, moho, hongos.

    Riesgos de quemaduras derivados del uso de hornos, elementos metálicos calientes, materia prima caliente.

    Riesgos de incendio y explosión por conducciones de hornos de gas, proximidad de combustibles a focos de calor.

    Valora estrés térmico, corrientes de aire, ventilación y renovación de aire.

    Valora también el nivel de luz, limpieza y orden general, descansos de los trabajadores, etc.

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    en respuesta a: REPOSAPIES #293946 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Como Terapeuta Ocupacional, además de TSPRL, recomiendo siempre el uso de reposapies cuando el ángulo del fémur respecto a la horizontal con el suelo es mayor de 90º, lo que es lo mismo que decir cuando el muslo esté inclinado hacia abajo. Esto supone una mayor actividad en la musculatura lumbar, concretamente el Psoas Ilíaco y el Cuadrado Lumbar y es la causa de los dolores de espalda y molestias de la gran mayoría de los trabajadores que usan PVD.

    Por ello, si aprecias que el muslo está inclinado hacia abajo y la silla no permite apoyar bien los pies sin que se comprima la corva, te recomiendo que pongas reposapies.

    Además, si el trabajador lo solicita, el empresario tiene obligación de proporcionarlo.

    un saludo.

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    en respuesta a: LUCES DE EMERGENCIA #295455 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    ¿Y…?

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    en respuesta a: REDES #293740 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    las redes deben sujetarse al forjado del nivel donde se trabaje mediante ganchos semicirculares embebidos en el mismo al hormigonar.

    Tamabién se puede dejar un cajetín embebido en el forjado al que sujetar un listón horizontal paralelo al forjado donde se sujeta el extremo inferior de la red. Para más datos consulta la NTP- 124 sobre redes de seguridad.

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    en respuesta a: VIGILANCIA DE LA SALUD #293748 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    No. Aunque la ley establece que los reconocimientos médicos son voluntarios, excepto cuando sea necesario evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud, cuando el estado del trabajador pueda constituir un riesgo para él mismo o terceras personas o cuando así lo establezca alguna disposición legal.

    Por ello, a efectos prácticos, sí podrían negarse en base a esa voluntariedad, pero también pueden alegar que quieren ser evaluados ya que es un derecho al que no pueden renunciar.

    Por ello el empresario no puede negarles los exámenes de salud pertinentes.

    En el caso de una oficina, donde se trabaja fundamentalmente con ordenadores, hay que realizar una valoración oftalmológica, osteomuscular, además de evaluación ambiental: corrientes de aire, iluminación, etc.

    Un saludo.

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    en respuesta a: escaleras #294354 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Esa información en concreto viene reflejada en el R.D. 486/ 97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los centros de trabajo:

    – Las escaleras tendrán una anchura mínima de 1 metro, excepto en las de servicio, que será de 55 centímetros.

    – Los peldaños de una escalera tendrán las mismas dimensiones. Se prohiben las escaleras de caracol excepto si son de servicio.

    – Los escalones de las escaleras que no sean de servicio tendrán una huella comprendida entre 23 y 36 centímetros, y una contrahuella ( altura ) entre 13 y 20 centímetros. Los escalones de las escaleras de servicio tendrán una huella mínima de 15 centímetros y una contrahuella máxima de 25 centímetros.

    – La altura máxima entre los descansos de las escaleras será de 3,7 metros. La profundidad de los descansos intermedios, medida en dirección a la escalera, no será menor que la mitad de la anchura de ésta, ni de 1 metro. El espacio libre vertical desde los peldaños no será inferior a 2,2 metros.

    – Las escaleras mecánicas y cintas rodantes deberán tener las condiciones de funcionamiento y dispositivos necesarios para garantizar la seguridad de los trabajadores que las utilicen. Sus dispositivos de parada de emergencia serán fácilmente identificables y accesibles

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    en respuesta a: Vigilancia de la salud #294103 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    Super Gran Maestro

    Del empresario, sin duda.

    El artículo 22 de la LPRL que citas especifica que la vigilancia de la salud es voluntaria, EXCEPTO:

    – Cuando el resultado del reconocimiento del estado de salud sea obligatorio para determinar el efecto de las condiciones de trabajo sobre la salud.

    – Cuando el estado de salud del trabajador pueda resultar peligroso para sí mismo o terceras personas.

    – Cuando así lo determine alguna disposición legal.

    Por lo tanto, creo que el caso que comentas es responsabilidad del empresario, no pudiendo negarse el trabajador a realizar el reconocimiento. El empresario puede no contratar al trabajador, si es un examen previo a incorporación, o adscribirle a otro puesto diferente.

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    en respuesta a: Vestuario de un albañil #294144 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Por lógica es obligatorio el casco, el calzado de seguridad según que casos. Es recomendable facilitar, a cargo de la empresa, mono de trabajo y peto en caso de trabajos peligrosos que exijan que los trabajadores sean fácilmente visibles: transporte de cargas elevadas, trabajos nocturnos, proximidad a vías de circulación, trabajos en excavaciones, etc.

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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    La principal pega que yo veo es que a nivel práctico debería realizarse un seguimiento en obra de la aplicación del plan de seguridad y salud. Si no se vigila la aplicación del plan, pocas personas se preocupan de hacerlo.

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