- Este debate tiene 8 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 21 años, 8 meses por Crisprev.
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Si hago una evaluación ergonómica,de un puesto de trabajo, d un despacho, donde el trabajador esta en una mesa con su silla, es obligatorio el uso de Reposapies, o es solo Recomendable.?????
Gracias
A mi juicio este no es un tema obligatorio, dado que si el funcionario no cuenta con reposapies, puede desempeñar sus funciones.
Lo importante es dejar claro en el informe que es RECOMENDABLE el uso de este elemento que ayuda a prevenir la ocurrencia de molestias fisicas que pueden constribuir en la degeneración de la masa musculo esqueletica y dar origen a una enfermedad producto del trabajo, con todas las implicancias correspondientes.
Un abrazo
RECOMENDABLE.
Yo pienso que dependera del tiempo que se encuentre en la mesa, de las caracteristicas del trabajador o del trabajo que realice.
Ademas el RD 488/97sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización, indica como disposicion minima:
“Se pondrá un reposapiés a disposición de quienes lo deseen”
La normativa suele ser interpretable, pero en este caso el texto legal dice:
“Se pondrá un reposapiés a disposición de quien lo desee”, es decir, que si el trabajador lo requiere es obligatorio. Además, si tú como técnico lo crees necesarios y lo haces constar en la evaluación de riesgos también lo será.
Depende del trabajador. El uso de reposapiés no es obligatorio. Según el R.D. 488 sobre pantallas de visualización se debe poner un reposapiés a disposición de quienes lo deseen.
El reposapiés es adecuado en aquellos puestos en que la altura de la mesa es fija y la persona que lo ocupa es de baja estatura y no alcanza, estando correctamente sentada, lo que provoca una presión molesta en los muslos. En estas situaciones es deseable que se utilice un reposapiés que sea regulable en altura e inclinación y de material antideslizante.
ES RECOMENDABLE
Como Terapeuta Ocupacional, además de TSPRL, recomiendo siempre el uso de reposapies cuando el ángulo del fémur respecto a la horizontal con el suelo es mayor de 90º, lo que es lo mismo que decir cuando el muslo esté inclinado hacia abajo. Esto supone una mayor actividad en la musculatura lumbar, concretamente el Psoas Ilíaco y el Cuadrado Lumbar y es la causa de los dolores de espalda y molestias de la gran mayoría de los trabajadores que usan PVD.
Por ello, si aprecias que el muslo está inclinado hacia abajo y la silla no permite apoyar bien los pies sin que se comprima la corva, te recomiendo que pongas reposapies.
Además, si el trabajador lo solicita, el empresario tiene obligación de proporcionarlo.
un saludo.
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/No es obligatorio, si recomendable dependiendo del tiempo que esté sentado, persona que lo ocupa…si quieres saber algo sobre ello creo que hay NTP de ergonomía para puestos en oficinas que como sabes son descargables desde la web del inhst.Espero servirte de ayuda.
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