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  • #51069 Agradecimientos: 0
    fotopere
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    octubre 2001


    Hola Compañeros. Soy representante de una distribuidora de material de construcción. Tengo un cliente que me pregunta sobre la obligatoriedad de que un albañil se vista con un mono (o funda). Aprovechando esta ocasión, me gustaria saber cuales son los elementos obligatorios permanentes de un albañil, aparte del casco y las botas de seguridad (¿los guantes?, ¿ que tipo de ropa ? creo que no puede llevar pantalones cortos. Gracias.

    #294140 Agradecimientos: 0
    padua
    Participante
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    agosto 2002


    es en el convenio colectivo donde aparece la obligatoriedad de la empresa de suministrar ropa de trabajo al trabajador. Esta ropa no tiene por que ser un mono (o funda). Si la empresa no lo facilita el trabajador si le es necesario lo compra y la empresa estaría obligada a abonarle el importe de la ropa.

    En cuanto a los elementos permanentes aparte del casco y botas de seguridad dependerá de la tarea que realice en cada momento y la herramienta que utilice. Es necesario utilizar protectores auditivos y gafas de protección para trabajos con pistoletes, sierras de cortes o algún otra maquinaria que genere niveles elevados de ruido y proyecte algún tipo de particulas. Podriamos continuar con protecciones para trabajos de soldadura, transporte de material, etc….

    #294141 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
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    87
    junio 2002


    Maestro

    Totalmente de acuerdo con Daniel, es el Convenio Colectivo Provincial (si existe) o Nacional el que marca la obligación de entregar la ropa de trabajo. Asimismo, no existen elementos obligatorios, aunque el casco y las botas deberían serlo, dependerá de la tarea que realice y lo que figure en el Plan de Seguridad y la Evaluación de riesgos de la empresa, en lo que respecta a las protecciones a emplear durante esa tarea.

    #294142 Agradecimientos: 0
    james
    Participante
    0
    febrero 2002


    En mi opinión la ropa debe facilitarla la empresa, entre otras razones para que sea homogenea, en color, forma, diseño, incluso por el anagrama, no tiene por que comprarla el trabajador, existen un monton de sentencias que determinan que el importe que establece el convenio de Plus Ropa de Trabajo, corresponde al mantenimiento de la ropa, es decir, lo que corresponderia al lavado para entendernos. En cuanto a l uso de una ropa adecuada, totalmente de acuerdo, creo que es conveniente y asi se paso se eliminan espectaculos clasicos de según que obras, camisetas, cuando no, sin ellas, pantalón cortado, ya no corto, y ni siquiera botas de seguridad, zapatillas deportias y cascos pintarrajeados, eso no es ni serio ni demuestra seguridad en ningún caso.

    #294143 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
    0
    agosto 2001


    No hay obligatoriedades tan específicas, los trabajadores han de disponer de ropa de trabajo

    adecuada a las condiciones de trabajo que desempeñe en cada momento.

    El buen prevencionista es el encargado de determinar la idoneidad de los equipos que deben usarse en cada momento.

    Un saludo.

    #294144 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Por lógica es obligatorio el casco, el calzado de seguridad según que casos. Es recomendable facilitar, a cargo de la empresa, mono de trabajo y peto en caso de trabajos peligrosos que exijan que los trabajadores sean fácilmente visibles: transporte de cargas elevadas, trabajos nocturnos, proximidad a vías de circulación, trabajos en excavaciones, etc.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

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