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Unión de Mutuas ha organizado, en colaboración con el Colegio de Gestores Administrativos de Valencia y la Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS, una jornada sobre el Encuadramiento de los autónomos en la que se ha analizado la problemática de la inscripción de este colectivo de trabajadores en el sistema de la Seguridad Social, dada la variedad de supuestos existentes.

A la jornada, celebrada en el el Colegio de Gestores Administrativos, han acudido un centenar de profesionales del derecho, empresarios, directores de recursos humanos y asesores laborales.

La ponencia ha corrido a cargo del director de Administración de la Tesorería de la Seguridad Social en Valencia, Moisés Magallón, quien en su intervención ha destacado la importancia de realizar un correcto encuadramiento y alta en el régimen correspondiente ya que determina “el devenir de las empresas y los trabajadores”, y delimita el campo de “aplicación, la obligación de cotizar y el derecho a la protección”.

El director de la TGSS ha abordado cuestiones tan relevantes como el encuadramiento en la Seguridad Social de los trabajadores fijos discontinuos y fijos periódicos, la contratación del cónyuge, los pensionistas con trabajos por cuenta propia, las empresas atípicas, la figura de los falsos autónomos y el encuadramiento de societarios.

En cuanto a los trabajadores fijos discontinuos y fijos periódicos, son trabajadores contratados para realizar trabajos, fijos y periódicos, dentro del volumen normal de activad de la empresa, por lo tanto, ha señalado Magallón, “el contrato será siempre de carácter indefinido” y en los periodos de suspensión de la actividad laboral, al estar en situación legal de desempleo, “percibirán la prestación que corresponda”.

Sobre la contratación indefinida, por parte del trabajador autónomo, como trabajador por cuenta ajena de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, el director de Tesorería de la Seguridad Social, ha puesto de relieve la existencia de la “bonificación del 100%” de la cuota empresarial “durante 12 meses”. Si bien la norma se refiere también a los cónyuges del trabajador autónomo, la Inspección de Trabajo y la Tesorería vienen entendiendo que no cumple los requisitos de trabajador cuenta ajena, por lo que no acepta el encuadramiento en régimen general.

En el transcurso de la jornada también se han abordado las dudas que está generando el trabajo por cuenta propia de los pensionistas, que puede llevarse a cabo, en determinadas circunstancias, siempre que no supere el importe del salario mínimo interprofesional. Pero, entre los trabajadores activos, “se ha extendido la idea errónea” de que cualquier trabajo por cuenta propia con previsión de ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional no obliga al alta en RETA, y eso no es así, ha explicado Magallón, ya que “si hay ejercicio de actividad hay alta en RETA, con independencia del resultado económico”.

Respecto a la figura de los falsos autónomos, Moisés Magallón ha señalado las sanciones a las que se exponen las empresas y la actividad que realiza la Inspección de Trabajo por detectar a este tipo de trabajadores, es decir, aquellos que están dados de alta como autónomos pero en realidad mantienen una relación laboral ordinaria con una empresa.

Con la contratación de falsos autónomos la empresa corre un riesgo importante y “puede salirle muy caro” -ha señalado Magallón- ya que deberá hacer frente a las sanciones, más el abono a la S.S. de las cuotas íntegras con carácter retroactivo, más el recargo correspondiente.

También el director de la TGSS ha aportado datos del Ministerio de Empleo, con fecha de marzo de 2018, según los cuales en España hay un total de 18 millones y medio de trabajadores dados de alta en la S.S., de los cuales el 75’8%, es decir, 14 millones, pertenecen al Régimen General y 3 millones doscientos treinta mil, es decir el 17’4%, a RETA. Al sistema especial agrario pertenecen el 4’1% de los trabajadores, al de Hogar el 2’3% y los trabajadores del mar y carbón representan el 0,4%.

En cuanto a empresas inscritas en la Seguridad Social a nivel nacional, hay un total de 1.307.311 empresas de las que el 86’5% son microempresas, el 11’3% son pequeñas, el 1’8% son medianas y el 0’4% son grandes.

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