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La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres empresarios por un accidente laboral ocurrido en una carpintería metálica donde era «práctica habitual» trabajar sin seguridad y donde los aprendices menores de edad realizaban trabajos peligrosos prohibidos por la ley.

La sentencia de la Audiencia, confirma la condena de un año y cuatro meses de prisión impuesta a los tres dueños de la empresa y al encargado del taller por el accidente sufrido por un joven de 21 años, cuyas piernas quedaron aplastadas al caer sobre él una viga durante una operación de volteo.

El accidente ocurrió el 11 de agosto de 2008 en una empresa de Arahal donde los dueños «exigían» a sus trabajadores y alumnos con contratos de formación un sistema de trabajo «inseguro» por razones «de conveniencia productiva, que hacían primar sobre las de seguridad». La carpintería metálica no les facilitaba información sobre los riesgos de manipulación de cargas, destinaba al puente-grúa a trabajadores «sin cualificación ni experiencia» y permitía que el trabajador quedara debajo de la zona de posible caída de una carga, además de incumplir la legislación que prohíbe el trabajo peligroso a menores, según la sentencia del juzgado penal 7 de Sevilla, ahora confirmada por la Audiencia.

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La Razón

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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