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Ya se ha publicado en el BOE la Ley General de Salud Pública, que garantiza la universalización de la sanidad pública.

Esta nueva ley tiene como objeto principal dar una respuesta completa y actual al requerimiento contenido en el artículo 43 de la Constitución Española y, en consecuencia, tratar de alcanzar y mantener el máximo nivel de salud posible de la población.

Como puntos destacables referentes a la prevención de riesgos laborales, se establecen en el capítulo VI de la misma, (artículos, 32, 33 y 34) las acciones en materia de salud laboral para conseguir la mejor prevención de riesgos en el ámbito laboral, y en coherencia con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y complementándola se facilita la promoción de la salud en ese mismo ámbito. La promoción y protección de la salud laboral, así como la prevención de los factores de riesgo en este ámbito, deben ser contempladas en la cartera de servicios de la salud pública.

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Redacción Prevention World

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