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Ante el vacío legal actualmente existente la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) propone una nueva regulación legal de la prevención de riesgos laborales para el trabajo autónomo.

Sería necesaria la constitución de una Subcomisión específica en la Mesa Tripartita para la Siniestralidad Laboral, y la convocatoria de programas de formación adecuados.

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), en la reunión de su Comisión Ejecutiva celebrada el pasado día 18 de Diciembre tomó el acuerdo de dirigirse a los máximos responsables de la Administración laboral y a las Organizaciones Sindicales con el fin de exponer la necesidad de afrontar inmediatamente una nueva regulación legal que acerque la prevención de riesgos laborales también a los trabajadores por cuenta propia, colectivo que queda fuera de los sistemas actualmente regulados.

Esta necesidad era ya urgente anteriormente pero lo es más aún ahora, cuando se ha establecido el acceso voluntario de los autónomos a las prestaciones por accidente laboral y enfermedad profesional, esta medida no hace sino confirmar una realidad evidente: el trabajador autónomo, como trabajador que es, se encuentra expuesto a los mismos o similares riesgos que el trabajador dependiente.

Para ello, UPTA ha aprobado un documento introductorio que será remitido en los próximos días al Ministro de Trabajo, Grupos Políticos y Organizaciones Sindicales con el fin de abrir un debate en esta materia que debería abocar a la constitución específica de una Subcomisión en el seno de la Mesa Tripartita para la Siniestralidad Laboral, al objeto de redactar una propuesta definitiva.

También UPTA considera que, sin esperar a ese momento, deben ya abrirse vías para que los autónomos puedan acceder con regularidad a los sistemas de formación y de prevención, así cómo comenzar una campaña de información sobre las condiciones en que los autónomos pueden acceder a las nuevas prestaciones previstas en materia de contingencias profesionales.

A juicio de la dirección de UPTA, la seguridad y salud del trabajador autónomo debería regularse en un norma específica, ya que son diversas las peculiaridades que encierra la prevención de riesgos en este colectivo. Junto con las medidas propias de autoprotección enunciadas como deberes de los trabajadores autónomos, se debería articular un eficaz sistema formativo y de control en el que, por la naturaleza de la prestación, debería tener un importante papel la Administración laboral.

A pesar de que no existen estadísticas oficiales, sin embargo diversas fuentes aseguran que durante el año 2002 se produjeron más de 300 accidentes laborales mortales entre los autónomos españoles, en especial en los sectores de construcción y transporte, razón de por sí suficientemente justificativa de las medidas legales que se proponen.

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Ania

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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