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La Sala Social del Tribunal Supremo ha recordado en una sentencia que las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y el lugar de trabajo se presumen accidentes laborales, salvo prueba en contrario, según establece la Ley General de la Seguridad Social.

El alto tribunal ha estudiado el caso de una trabajadora de un centro de hemodiálisis de un hospital público que solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social la declaración de incapacidad por accidente de trabajo tras sufrir una taquicardia en su horario laboral.

Denegada la solicitud por la entidad gestora y rechazada la demanda en las instancias judiciales precedentes, la trabajadora recurre ante la Sala Social del Tribunal Supremo alegando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que consideró accidente de trabajo la crisis cardíaca de un conductor.

Los magistrados del Tribunal Supremo declaran que la afección padecida por la trabajadora del centro de salud “se inserta entre las modalidades a las que la doctrina jurisprudencial viene confiriendo el carácter de accidente de trabajo”.

En este punto, el fallo recuerda varias sentencias del Tribunal Supremo en las que se atribuye el carácter de accidente laboral a los episodios de hipoxia cerebral, angina de pecho, dolor retroexternal y las relativas a infarto de miocardio sufrido en tiempo y lugar de trabajo.

Según la sentencia, estas lesiones tienen la consideración de accidente laboral, pues el artículo 115.3 de la Ley General de la Seguridad Social presume que, “salvo prueba en contrario, son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y el lugar de trabajo”.

Sin lugar a dudas

Por tanto, el artículo 115.3 “establece una presunción que requiere prueba en contrario que evidencie de forma inequívoca la ruptura de la relación causal entre el trabajo y la enfermedad”.

En concreto, la resolución judicial afirma que “debe tratarse de enfermedades que no sean susceptibles de etiología laboral o que esa patología pueda ser excluida mediante prueba en contrario”.

En el caso estudiado, los magistrados de la Sala Social aclaran que, “en principio, no puede descontarse la influencia de los factores laborales en la formación o el desencadenamiento de una crisis de taquicardia como la sufrida por la trabajadora”.

Dentro de la jornada

Son numerosas las sentencias que han declarado como accidente laboral el infarto de miocardio sufrido durante la realización del trabajo. Una resolución de un juzgado de primera instancia de Pamplona va más allá y declara que esta contingencia tiene el carácter de accidente laboral incluso cuando los daños “se hayan manifestado poco o largo tiempo después del accidente”. Al fallo del juzgado de Pamplona -que estudió el caso de un médico que sufrió un infarto durante la guardia- se suma uno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que calificó como accidente de trabajo la lesión vascular de un trabajador que se encontraba fuera de su domicilio por razones laborales. La resolución judicial admitía la reclamación del trabajador al entender que “si bien es cierto que en el momento en que el empleado sintió el dolor eran horas de no prestación de servicios, estaba dentro de su jornada laboral”.

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Diariomedico.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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