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El perito de toxicología Rafael Cabrera Bonet, médico y técnico del Instituto Nacional de Toxicología de Madrid, declaró por videoconferencia desde Madrid en el juicio del caso Ardystil, que las muertes y las enfermedades contraídas por los trabajadores de empresas dedicadas a la aerografía textil, estuvieron provocadas por la “multicausalidad de pequeñas cantidades de productos químicos”.

Cabrera, quien declaró en calidad de perito ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, precisó que el cambio de la fórmula de uno de estos productos –denominado Acramin FWN– contribuyó en mayor medida a la “responsabilidad del cuadro clínico” presentado por los operarios afectados.

Al respecto, explicó que los trabajadores enfermaron a partir del cambio de la fórmula, en octubre del año 1991, lo que contribuyó a “añadir algo importante en el ambiente de trabajo”, ya que a partir de esa fecha se detecta una “evidencia epidemiológica que no se produjo en años anteriores con antiguos productos” empleados en la estampación textil.

Los hechos juzgados ocurrieron entre los meses de febrero a noviembre de 1992 cuando un total de seis personas fallecieron por el uso de productos químicos combinados utilizados en la estampación textil de varias empresas de Alcoy, Cocentaina y Muro de Alcoy (Alicante), sin los conocimientos para hacerlo y en unas condiciones de trabajo insalubres, según el escrito inicial del fiscal. Por estas condiciones, también resultaron afectadas otras 67 personas de neumonía, hiperreactividad bronquial, fibrosis pulmonar y bronquitis obliterante con neumonía organizada (BONO).

El perito del Instituto Nacional de Toxicología, consideró también que “no se hubiera producido ningún caso” si se hubieran tomado las medidas higiénicas y de prevención –colectivas y personales– adecuadas a los productos y al tiempo de exposición de los trabajadores. Entre las medidas que deberían haberse adoptado, según dijo, se encuentra la instalación de “focos de extracción localizados, ventilación general que renovara el aire y medidas personales como son las mascarillas con filtro depurador”.

Cabrera indicó, durante la séptima sesión del juicio, que en las muestras analizadas por el Instituto Nacional de Toxicología se encontraron sustancias como el disolvente llamado 1.1.1. tricloroetano, así como decano, sileno, cloro o ácido acético. El perito explicó que el ácido acético en combinación con el 1.1.1. tricloroetano, libera cloro y fosgeno, agentes que producen un “efecto irritante en la piel y las mucosas en general que si es absorbido generan un cuadro de narcosis que puede afectar también al hígado y los pulmones”.

Por su parte, el 1.1.1. tricloroetano, ante un foco calorífico –como estufas– y ante una temperatura superior a los 260 grados desprende fosgeno y cloro, según explicó Cabrera. Estas sustancias volátiles “podían pasar a los trabajadores” a través de la inhalación, como consecuencia de ser lanzados al ambiente por los aerosoles producidos con las pistolas de aerografiar. Según dijo, esta práctica suponía un “riesgo más importante” si los trabajadores fumaban, ya que “la candela del cigarro puede alcanzar una temperatura elevada” para descomponer el 1.1.1. tricloroetano.

Cabrera apuntó que los análisis de las muestras recogidas por la Administración –durante la investigación por las muertes de los trabajadores– en las empresas de aerografía textil “no revelaron tóxicos por encima de los límites legales permitidos entonces”. Estas muestras, según remarcó, se tomaron “en condiciones idóneas” de trabajo “no reales”, por lo que registran una “bajada en las concentraciones de las extracciones” y no toman en cuenta el tiempo de exposición real de los trabajadores.

El perito toxicológico afirmó que sus conclusiones están basadas en hipótesis, ya que “es imposible recrear las mezclas supuestas y el ambiente de trabajo que se daba en un laboratorio”. Esta prueba, según indicó, se le solicitó al instituto norteamericano Nayos pero nunca llegó a realizarse.

A lo largo de esta séptima jornada, también declararon como peritos, el jefe del gabinete técnico de Seguridad e Higiene en el Trabajo de Alicante, Tesmistocles Quintanilla y el técnico del mismo gabinete, José Sáiz, quienes declararon que visitaron las empresas de aerografía textil tras los primeros fallecimientos para “recomendar la instalación de ventilación focalizada de 0,5 metros por segundo”.

Así mismo, los dos peritos del gabinete de Seguridad e Higiene en el Trabajo coincidieron en afirmar que “ningún” trabajador empleaba las mascarillas pese a que les había advertido a los empresarios su uso, en el periodo de transición desde que se recomendó la instalación de extracción localizada y su definitiva instalación.

Difícil localización

En cuanto a la empresa Ardystil –en la que se registró el fallecimiento de cinco de las seis personas muertas por el síndrome Ardystil– los técnicos declararon que intentaron visitarla tras recibir la solicitud de apertura, fechada el 27 de noviembre de 1990, pero que no la pudieron localizar. Por ello, no fue hasta diciembre de 1991 cuando acudieron, tras solicitar a su dueña un plano para ubicar la empresa.

Los técnicos también coincidieron en afirmar que no conocían este tipo de estampación textil hasta que se dieron los primeros casos del síndrome Ardystil, y que las muestras tomadas indicaron que los límites de toxicidad estaban por debajo de lo legalmente establecido. El juicio se reanudará mañana viernes 21 de febrero, con las declaraciones del resto de peritos.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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